Juzgado de Letras de Victoria

ZAPATA/

Rol

V-19-2024

Fecha

30 de julio de 2024

Materia

BIENES RAÍCES, AUTORIZACIÓN ENAJENAR

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: A folio 1, con fecha cinco de mayo del a o dos mil veinticuatro el abogado donñ comparece ALEX SEPULVEDA TORRES, cedula nacional de identidad Nº17.802.356-K, domiciliado en calle Calama N°1000, Victoria, en representaci n de do a BETTY ELENAó ñ ZAPATA COFRE, casada, C dula nacional de identidad N°7.059.995-3, domiciliada ené Avenida Miraflores N°1352, ciudad de Victoria, y viene en solicitar la autorizaci n paraó enajenar el bien ra z de do a BETTY ELENA ZAPATA COFRE; lo anterior conformeí ñ por los antecedentes de hecho y de derecho que pasa a exponer: Su mandante do a BETTY ELENA ZAPATA COFREñ , es casada con JUAN ALBERTO RIFFO BEKER, C dula nacional de identidad N°4.922.851-1, bajo el r gimené é de sociedad conyugal. Por sentencia de fecha 15 de julio de 2014, en causa Rol V-78-2014, del Juzgado Civil de Victoria, se declar la interdicci n de don JUAN ALBERTO RIFFO BEKER;ó ó designando como su curadora a su c nyuge do a BETTY ELENA ZAPATA COFRE. ó ñ Que la interdicci n se encuentra inscrita en el Registro de Prohibiciones eó Interdicciones del Conservador de Bienes Ra ces de Victoria a fojas 182 vta, numero 187,í correspondiente al a o 2014. ñ Que do a BETTY ELENA ZAPATA COFRE, es due a del inmueble ubicado enñ ñ esta ciudad, calle Miraflores n mero 1352, antes 1464, que consiste en el lote n mero 5ú ú del plano de la poblaci n Victoria Primera, que deslinda, seg n sus t tulos: NORTE, loteó ú í n mero 4, SUR, lote n mero 6, ORIENTE, calle Miraflores, y, PONIENTEú ú , lote n meroú 14 y con parte de los n meros 15 y 16. ú Que dicha propiedad se encuentra inscrita a su nombre a fs. 625, N°704, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Victoria, correspondiente alí a o 2008, cuyo Rol de avalu N°154-5, comuna de Victoria, tasaci n fiscal al primerñ ó ó semestre de 2024: $21.984.599. Agrega que es intenci n de su mandante enajenar dicha propiedad, para lo cualó seg n el art culo 138 inciso primero en relaci n al art culo

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Que, como ha quedado relacionado en la parte expositiva de este fallo, que la interesada do a Betty Elena Zapata Cofrñ é, ha comparecido ante esta Tribunal solicitando la autorizaci n judicial para enajenar ó el inmueble inscrito a fs. 625, N°704, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Victoria, correspondiente al a o 2008, trasí ñ encontrarse casada con JUAN ALBERTO RIFFO BEKER, bajo el r gimen de sociedadé conyugal, respecto del cual se declar la interdicci n por demencia, designando a laó ó solicitante como su curadora de bienes. SEGUNDO: Que, el solicitante para fundamentar su pretensi n acompa a los siguientesó ñ documentos: 1) Certificado de matrimonio de la solicitante. 2) T tulo de domino inmueble inscrito a fs. 625, N°704, del Registro de Propiedad delí Conservador de Bienes Ra ces de Victoria, correspondiente al a o 2008. í ñ 3) Certificado de hipotecas y grav menes inmueble inscrito a fs. 625, N°704, del Registroá de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Victoria, correspondiente al a o 2008. í ñ 4) Certificado de Avalu fiscal del inmueble ubicado en Avenida Miraflores N°1352,ó Victoria, Nº154-5. 5) Inscripci n de fojas 182 vta, n mero 187, del Registro de Prohibiciones e Interdiccionesó ú del Conservador de Bienes Ra ces de Victoria, correspondiente al a o 2014. í ñ 6) Mandato Judicial TERCERO: Que el art culo 1.754 del C digo Civil dispone en lo pertinente: “La mujer,í ó por su parte, no podr enajenar o gravar ni dar en arrendamiento o ceder la tenencia deá los bienes de su propiedad que administre el marido, sino en los casos de los art culos 138í y 138 bis”. Por su parte, el art culo 138 del c digo Civil, prescribe en lo referente a estosí ó autos: “Si el impedimento no fuere de larga o indefinida duraci n, la mujer podr actuaró á respecto de los bienes del marido, de los de la sociedad conyugal y de los suyos que administre el marido, con autorizaci n del juez, con conocimiento de causa, cuando de laó demora se siguiere perjuicio. La mujer, en el caso a que se refiere el inciso anterior, obliga al marido en sus bienes y en los sociales de la misma manera que si el acto fuera del marido; y obliga adem s sus bienes propios, hasta concurrencia del beneficio particulará que reportare del acto”. Que adem s el 1758 del C digo Civil, establece que “la mujer que en el caso deá ó interdicci n del marido, o por larga ausencia de ste sin comunicaci n con su familia,ó é ó hubiere sido nombrada curadora del marido, o curadora de sus bienes, tendr por el mismoá hecho la administraci n de la sociedad conyugal”.ó Código: JJFFXPYJWWB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl CUARTO: Atendido el m rito de autos, en especial la prueba rendida en el proceso,é apreciada seg n lo prescribe el art culo 819 del C digo de Procedimiento Civil, se haú í ó demostrado, por un lado, que do a BETTY ELENA ZAPATA COFREñ y don JUAN ALBERTO RIFFO BE

Fallo

Por lo expuesto y lo dispuesto en los art culos 43, 138, 138 bis, 393, 394, 1754,í 1758 del C digo Civil, y 891 del de Procedimiento Civil, se resuelve: ó I.- Que, HA LUGAR a lo solicitado por do añ BETTY ELENA ZAPATA COFRE, C dula nacional de identidad N°7.059.995-3, y en consecuencia SE AUTORIZA, a laé solicitante BETTY ELENA ZAPATA COFRE, C dula nacional de identidad N°7.059.995-é 3 para que, en su calidad de curadora de don JUAN ALBERTO RIFFO BEKER, C dulaé nacional de identidad N°4.922.851-1, enajene el inmueble ubicado en calle Miraflores n mero 1352, antes 1464, de la ciudad de Victoria y que consiste en el lote n mero 5 delú ú plano de la poblaci n Victoria Primera, que deslinda, seg n sus t tulos: NORTE, loteó ú í n mero 4, SUR, lote n mero 6, ORIENTE, calle Miraflores, y, PONIENTEú ú , lote n meroú 14 y con parte de los n meros 15 y 16, inscrito a fs. 625, N°704, del Registro deú Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Victoria, correspondiente al a o 2008, cuyoí ñ Rol de avalu N°154-5, comuna de Victoria, en una suma no inferior a $21.984.599.ó (veinti n millones novecientos ochenta y cuatro mil quinientos noventa y nueve pesos) ú II.- Que dicha autorizaci n se otorga por el t rmino de seis meses a contar queó é quede firme o ejecutoriada la presente sentencia. Notif quese y arch vese en su oportunidad.í í Rol V-19-2024 Sentencia dictada por do a ñ ARACELY JIMENA VASQUEZ ACU AÑ , Juez Suplente del Juzgado de Letras de Victoria. Se deja constancia que se dio

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Victoria CAUSA ROL : V-19-2024 CARATULADO : ZAPATA/ Victoria, treinta de Julio de dos mil veinticuatro VISTO Y TENIENDO PRESENTE: A folio 1, con fecha cinco de mayo del a o dos mil veinticuatro el abogado donñ comparece ALEX SEPULVEDA TORRES, cedula nacional de identidad Nº17.802.356-K, domiciliado en calle Calama N°1000, Victoria, en

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