BANCO DE CHILE/IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA IMPRODAM SPA
Rol
C-3133-2024
Fecha
30 de julio de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folio 1, comparecen RAUL LÓPEZ DE MATURANA CABRERA, FELIPE ANDRÉS FLORES VEGA, GASPAR CORTÉS MOYA y CAMILA VIDELA CONCHA, abogados, mandatarios judiciales de SOCOFIN S.A., representada legalmente por Mario Sandoval Hidalgo, y ésta en calidad de representante convencional del BANCO DE CHILE, sociedad anónima bancaria, representado legalmente por Eduardo Ebensperger Orrego, todos domiciliados para estos efectos en calle Bandera N° 577, Piso 2, Santiago, entablando demanda en juicio ejecutivo en contra de IMPORT Y COMERCIAL IMPRODAM SpA, como deudora principal, ignora giro comercial, representada por Josip Ivo Vucina Tapia, ambos domiciliados en Avenida Nueva Providencia N° 1881, Oficina 1910, Providencia, por el cobro de la suma de $ 2.183.720, más intereses pactados, devengados y pide en definitiva se siga adelante la ejecución hasta hacer a su representada entero y cumplido pago de la suma adeudada, con costas de la causa. Funda su demanda en que su representado es dueño de un pagaré suscrito en representación de la ejecutada, conforme a mandato, y respecto del cual se encuentra en mora desde la cuota vencida en el mes de agosto de 2023. Indican que la firma del suscriptor, en la calidad en que compareció, fue autorizada por notario público, la Código: LZYHXPTXTWB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3133-2024 Foja: 15 obligación es líquida, actualmente exigible y la acción no se encuentra prescrita. A folio 6, rola notificación a la ejecutada, practicada conforme a lo dispuesto en el artículo 44 del C.P.C., con fecha 14 de marzo de 2024. A folio 3 del apremio, consta el requerimiento de pago, de fecha 15 del mismo mes. A folio 8, la ejecutada opuso las siguientes excepciones contenidas en el artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, solicitando que éstas sean acogidas, con costas; cuales son: 1.- La del N° 14, fundándola en que el mandatario obró fuera de los límites del mandato
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, como se indicó, comparecen RAUL LÓPEZ DE MATURANA CABRERA, FELIPE ANDRÉS FLORES VEGA, GASPAR CORTÉS MOYA y CAMILA VIDELA CONCHA, abogados, mandatarios judiciales de SOCOFIN S.A., ésta en calidad de representante convencional del BANCO DE CHILE, entablando demanda en juicio ejecutivo en contra de IMPORT Y COMERCIAL IMPRODAM SpA, como deudora principal, representada por Josip Ivo Vucina Tapia, por el cobro de la suma de $ 2.183.720, más intereses pactados, devengados y pide en definitiva se siga adelante la ejecución hasta hacer a su representada entero y cumplido pago de la suma adeudada, con costas de la causa. Fundan su pretensión en los argumentos consignados en la expositiva y que en esta parte del
Fallo
se declararon admisibles las excepciones opuestas, y se recibieron a prueba. Código: LZYHXPTXTWB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3133-2024 Foja: 15 A folio 20, se citó a las partes a oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, como se indicó, comparecen RAUL LÓPEZ DE MATURANA CABRERA, FELIPE ANDRÉS FLORES VEGA, GASPAR CORTÉS MOYA y CAMILA VIDELA CONCHA, abogados, mandatarios judiciales de SOCOFIN S.A., ésta en calidad de representante convencional del BANCO DE CHILE, entablando demanda en juicio ejecutivo en contra de IMPORT Y COMERCIAL IMPRODAM SpA, como deudora principal, representada por Josip Ivo Vucina Tapia, por el cobro de la suma de $ 2.183.720, más intereses pactados, devengados y pide en definitiva se siga adelante la ejecución hasta hacer a su representada entero y cumplido pago de la suma adeudada, con costas de la causa. Fundan su pretensión en los argumentos consignados en la expositiva y que en esta parte del fallo se tienen por reproducidos, a fin de evitar reiteraciones. SEGUNDO: Que, la ejecutada opuso las excepciones contempladas en los N°s 14 y 7 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, por los motivos ya expresados en lo expositivo, solicitando que se deseche la demanda de autos en su totalidad, con costas. TERCERO: Que, en orden a acreditar sus dichos, la parte ejecutante acompañó al proceso los siguientes documentos, los cuales se encuentran guard
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C-3133-2024 Foja: 15 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-3133-2024 CARATULADO : BANCO DE CHILE/IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA IMPRODAM SPA Santiago, treinta de Julio de dos mil veinticuatro VISTOS: A folio 1, comparecen RAUL LÓPEZ DE MATURANA CABRERA, FELIPE ANDRÉS FLORES VEGA, GASPAR CORTÉS MOYA y CAMILA VIDELA CONCHA, abogados, mandatarios judicia
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