3º Juzgado Civil de Santiago

CLÍNICA VES9PUCIO SPA/TOLEDO

Rol

C-511-2023

Fecha

30 de julio de 2024

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: | A folio 1, con fecha 10 de enero de 2023, comparece don FELIPE ALBERTO CISTERNAS SOBARZO, con domicilio en Luis Thayer Ojeda 166, of. 1303, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, correo electr nico facister@uc.cl, para efecto de las notificaciones respectivas,ó mandatario judicial en representaci n de ó CL NICA VESPUCIO S.P.A.Í , persona jur dica del giro de su denominaci n, Rut N 96.898.980-4,í ó ° representada por don CRISTIAN FELIPE GARCIA TORRES, Ingeniero Comercial, ambos con domicilio en Seraf n Zamora N 190,í ° comuna de La Florida, ciudad de Santiago, quien deduce demanda ejecutiva en contra de MATIAS JAIR TOLEDO HERRERA, c dula deé identidad N 17414523-7, ° ignora profesi n, con domicilio en ó BOMBERO HECTOR SALAMANCA 02090, comuna de PUENTE ALTO. Funda su demanda se alandoñ que su representada es due a delñ pagar la vista é N 538876° , suscrito por el ejecutado, quien se oblig aó pagar la suma de $ 633086. Asimismo, consta en el documento que la firma de la parte suscriptora se autoriz ante Notario P blico de Santiago eló ú d a í 12/12/2022. El mencionado pagar no ha sido pagado hasta la fecha, raz n por laé ó cual mi representada se ve en la obligaci n de entablar demanda ejecutiva. ó La obligaci n es l quida o liquidable, actualmente exigible en suó í totalidad conforme a lo pactado, la acci n ejecutiva no se encuentraó prescrita y la firma del suscriptor del pagar se encuentra autorizada anteé Código: SPKTXPVXXVB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Notario P blico, conforme a lo establecido en el art culo 434 N 4 deú í ° C.P.C., lo que constituye t tulo ejecutivo respecto al mismoí . Previas citas legales pide tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de don MATIAS JAIR TOLEDO HERRERA, ya individualizado, admitirla a tramitaci n, se despache mandamiento deó ejecuci n y embargo por la suma de ó $ 633086 pesos, ordenando se siga adelante con la ejecuci n, ha

Fundamentos

fundamentos:ó ó ó Se ala queñ , entre la fecha de mora del deudor el 12 de diciembre de 2022 y el 9 de julio de 2024; fecha esta ltima correspondiente a suú notificaci n; transcurri el plazo de prescripci n de la acci n ejecutiva, deó ó ó ó conformidad a lo dispuesto en el art culo 98 de la Ley 18.092.í Pide acoger las excepciones opuestas, con costas, como expresamente lo dispone el inciso segundo del art culo 471 del C digo deí ó Procedimiento Civil. TERCERO: Que la ejecutante al evacuar el traslado de la excepci n s lo pidi

Fallo

se fallara.ó A folio 23, el 30 de julio de 2024, de conformidad a lo dispuesto en el art culo 466 inciso tercero del C digo de procedimiento Civil, se omitií ó ó recibir la causa a prueba y se cit a las partes a o r sentencia.ó í CONSIDERANDO. PRIMERO: Que con fecha 10 de enero de 2023, comparece don FELIPE ALBERTO CISTERNAS SOBARZO, abogado, mandatario judicial, en representaci n convencional de ó CL NICA VESPUCIO S.P.A,Í todos ya individualizados, quien viene en deducir demanda ejecutiva de cobro de pagar , en contra de é MATIAS JAIR TOLEDO HERRERA, Código: SPKTXPVXXVB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 tambi né ya individualizado, conforme a los antecedentes rese ados en loeñ expositivo del presente fallo. SEGUNDO: Que con fecha 14 de julio de 2024, folio 15, la ejecutada, ya individualizada, opone la excepci n del N 17 del art culo 464ó ° í del C digo de Procedimiento Civil, esto es, la prescripci n de la deuda oó ó s lo de la acci n ejecutiva, en atenci n a los siguientes fundamentos:ó ó ó Se ala queñ , entre la fecha de mora del deudor el 12 de diciembre de 2022 y el 9 de julio de 2024; fecha esta ltima correspondiente a suú notificaci n; transcurri el plazo de prescripci n de la acci n ejecutiva, deó ó ó ó conformidad a lo dispuesto en el art culo 98 de la Ley 18.092.í Pide acoger las excepciones opuestas, con costas, como expresamente lo dispone el inciso segundo del art culo 471 del C digo d

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Foja: 1 FOJA: 19 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-511-2023 CARATULADO : CL NICA VES9PUCIO SPA/TOLEDOÍ Santiago, treinta de Julio de dos mil veinticuatro VISTOS: | A folio 1, con fecha 10 de enero de 2023, comparece don FELIPE ALBERTO CISTERNAS SOBARZO, con domicilio en Luis Thayer Ojeda 166, of. 1303, comuna de Providencia, ciudad de Santia

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