ARRIVE/ARAVENA
Rol
C-92-2020
Fecha
30 de julio de 2024
Materia
ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN
Resultado
No especificado
Hechos
hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, los siguientes: 1- Efectividad de existir un contrato de arrendamiento celebrado entre las partes. 2- Efectividad de haberse producido incumplimiento de contrato por la parte demandada. 3- Efectividad de encontrarse la demandada en mora en el pago de las rentas desde el mes de marzo de 2017, en adelante, y en especial el monto a que ascender a lo adeudado a la fecha.í 4- Efectividad de adeudarse los montos correspondientes a servicios b sicos, luz yá agua, respecto a la propiedad arrendada. A folio 43, a fecha 12 de julio de dos mil veinticuatro, se cita a las partes a o rí sentencia.
Fundamentos
CONSIDERANDO Y RELACIONANDO: Código: CMZSXPXNSSB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PRIMERO: Comparece el abogado don LUCAS DINALDI CASTILLO SANHUEZA, en representaci n de don ANDR S FERNANDO ARRIVE GOUGAIN, chileno, soltero,ó É comerciante, c dula de identidad N° 12.394.260-4, domiciliado en calle Pisagua N° 735,é comuna de Victoria, e interpone demanda de terminaci n de contrato de arrendamiento poró no pago de las rentas, en contra de do a BARBARA TRINIDAD ARAVENA PEREZ,ñ c dula de identidad N° 12.929.979-7, domiciliada en calle Gonzalo Diez N° 2230,é comuna de Victoria, por los fundamentos de hecho y derecho ya expuestos en la parte expositiva del presente fallo. SEGUN DO : Que, la parte demandada estando v lidamente emplazada, esta no contest laá ó demanda en tiempo y forma, no obstante ello, debe entenderse que controvierte todos los hechos en los cuales se funda la demanda de autos. TERCERO: Que, para acreditar sus pretensiones, la parte demandante rindi la siguienteó prueba: A.-Prueba documental: 1.-Contrato de arrendamiento suscrito entre las partes, respecto del inmueble ubicado en Gonzalo Diez N° 2230, Victoria. 2.-Boletas suministro el ctrico de la empresa Frontel, correspondiente al mes de abril delé a o 2024, por un monto de $192.700.ñ 3.-Listado de facturaci n de Aguas Araucan a, de fecha 23 de abril del a o 2024, por unó í ñ mono de $1.663.267. B.-Testimonial, efectuada con fecha veinticuatro de abril de dos mil veinticuatro a folio 30. 1.-Comparece do a ñ ANGELA PAZ CONTRERAS PINARES, RUT 15.508.320-4, soltera, M dico Veterinario, domiciliada en el Fundo El Carmen, Kilometro 7, Camino Victoria aé Quino de esta Comuna, quien exhibi C dula Nacional de Identidad, previamenteó é juramentada, expone al tenor de los puntos de prueba lo siguiente: AL PRIMERO: Si es efectivo, porque yo vi el contrato, me lo mostro el due o deñ la propiedad don ANDRES ARRIVE GOUGAIN, en uno de los viajes a terreno que le hice para visitar sus animales. Dicho contrato comenz a regir desde el 23 de diciembreó de 2016, hasta el d a de hoy y corresponde a una propiedad ubicada en calle Gonzaloí Diez N°2230 de esta ciudad de Victoria. - AL SEGUNDO: Si es efectivo, no le paga los arriendos desde el mes de marzo del a o 2017 a la fecha y esto tambi n me lo conto el propio due o de la propiedad donñ é ñ ANDRES ARRIVE GOUGAIN. - AL TERCERO: Si es efectivo, como ya dije anteriormente le debe desde marzo del a o 2017 a la fecha y el monto de lo adeudado supera los $ 11.000.000, y nunca señ ha allegado a cancelar algo para bajar su deuda, sino que desapareci y no da respuestaó alguna a su due o. -ñ AL CUARTO: Si es efectivo, por los propios dichos de su due o don ANDRESñ ARRIVE GOUGAIN, el cual me exilio los recibos de Luz y Agua, propiedad ubicada en Código: CMZSXPXNSSB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl calle Gonzalo Diez N° 223
Fallo
fallo cause ejecutor a, bajo el apercibimiento de lanzamiento coní el auxilio de la fuerza p blica; todo con ello expresa condenaci n en costas. ú ó En subsidio, para el caso que la demandada enervar la acci n de terminaci n delá ó ó contrato, pagando en la oportunidad legal, y puesto que esta parte no desea perseverar en dicha contrata, demanda Desahucio a do a BARBARA TRINIDAD ARAVENA P REZ, yañ É individualizada en lo principal de esta presentaci n, solicitando a esta magistratura, se sirvaó ordenar la restituci n del inmueble, dado en arrendamiento a la demandada de autos.ó Por tanto, previo citas legales, y en subsidio de la petici n principal, solicitaó ordenar que se notifique el desahucio del mismo contrato de arrendamiento a la demandada y disponer, en el caso que sta enervara la acci n de terminaci n del contratoé ó ó mediante el pago de lo debido, que se restituya la propiedad a sta parte dentro de terceroé d a totalmente desocupada desde que el fallo cause ejecutor a o desde el plazo que esteí í Tribunal lo determine. A folio 8, a fecha 15 de marzo de dos mil veinte, consta estampe receptorial con notificaci n personal a la parte demandada. ó A folio 29, a fecha 24 de abril de 2024, se realiza la audiencia de contestaci n,ó conciliaci n y prueba, con asistencia de la parte demandante y en rebeld a de la parteó í demandada. El tribunal procede a recibir la causa a prueba, fijando como hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, los siguientes: 1- Efectivid
Texto Completo (Preview)
NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Victoria CAUSA ROL : C-92-2020 CARATULADO : ARRIVE/ARAVENA Victoria, treinta de Julio de dos mil veinticuatro A folio 1, con fecha 29 de enero de 2020, comparece LUCAS DINALDI CASTILLO SANHUEZA, chileno, soltero, abogado, c dula de identidad N° 18.320.407-6, coné domicilio en calle Pisagua N° 1355, oficina 4, comuna de Victoria, en rep
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica