ROLLER MOBILITY SPA/I. MUNICIPALIDAD DE MACUL
Rol
C-4352-2024
Fecha
29 de julio de 2024
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, en el folio 1 comparece don Gonzalo Eduardo León Audicio, abogado, domiciliado en Avenida Nueva Tajamar N°481, oficina 701, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en representación convencional de la sociedad ROLLER MOBILITY SPA, RUT N°76.501.773-4, representada para estos efectos por don Neil Emerson Rollano Conde, ambos con domicilio en calle Las Dalias N°3076, comuna de Macul, Región Metropolitana, quien interpone demanda declarativa de prescripción extintiva por concepto de patente municipal, en juicio ordinario, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE MACUL, RUT Nº69.253.700-9, representada legalmente por su Alcalde, don Gonzalo Montoya Riquelme, ambos domiciliados en Los Plátanos N°3130, comuna de Macul, Región Metropolitana. Fundando su demanda indica que mantendría una deuda por concepto de ejercicio de actividad sin patente comercial municipal, en relación a los periodos comprendidos entre el segundo semestre del año 2017 al primer semestre del año 2023, ambos inclusive, conforme consta en antecedentes proporcionados por la misma entidad edilicia demandada. Señala que, teniendo presente que la Ley de Rentas Municipales no contiene ningún precepto que regule el plazo de prescripción respecto del tributo en comento, corresponde aplicar lo dispuesto en el inciso primero del artículo 2521 del Código Civil, norma que dispone que “Prescriben en tres años las acciones a favor o en contra del Fisco y de las Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos". Así las cosas, el monto total adeudado por cobros de patente municipal asciende a la suma de $5.551.416, de los cuales se encuentra prescrito todo lo que excede de 3 años. Refiere que el último período que corresponde ser pagado por su representada es el primer semestre del año 2021, y todos los montos anteriores a dicho período no pueden ser exigidos por la demandada de autos. Resumido lo anterior, explica que, en definitiva, el monto cuya acción de cobro se encuentra prescrito corr
Fundamentos
CONSIDERANDO: I.- En cuanto a la demanda principal: PRIMERO: Que, en el folio 1 de autos compareció el abogado don Gonzalo Eduardo León Audicio, en representación convencional de la sociedad ROLLER MOBILITY SPA, quien interpone demanda declarativa de prescripción extintiva en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE MACUL, todos ya debidamente individualizados en autos, solicitando en definitiva la declaratoria de prescripción en relación a los derechos generados por el ejercicio de actividad lucrativa sin patente comercial por los periodos comprendidos entre el segundo semestre del año 2017 y el segundo semestre del año 2020, por la suma total de $3.942.113, conforme a los argumentos de hecho y de derecho que se detallan en lo expositivo de la presente sentencia y que se tendrán por reproducidos en este considerando por razones de economía procesal. SEGUNDO: Que, en el folio 10 compareció doña Estefanía Betancourt Sáez, mandataria judicial en representación de la parte demandada ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE MACUL, quien se allanó a la demanda incoada por los periodos comprendidos entre el año 2017 y el primer semestre del año 2021, conforme a los argumentos que se detallan en lo expositivo de la presente sentencia y que también se tendrán por reproducidos en este considerando. Que, al efecto, el allanamiento debe entenderse como una manifestación de conformidad con la petición formulada, en este caso por la demandada, siendo su consecuencia principal el de poner término al proceso mediante una resolución judicial que tenga como base tal allanamiento. TERCERO: Que, sin perjuicio de lo anterior, a fin de acreditar sus asertos, la parte demandante aparejó el proceso, como consta a folio 1 de autos, con la debida ritualidad procesal y sin objeciones de la contraria, el siguiente documento: Código: XELQXPZRBXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 a) Copia simple de “Planilla de cálculo por los derechos del ejercicio de la actividad sin patente”, emitido por la Ilustre Municipalidad de Macul en el mes de julio del 2023. CUARTO: Que, de la probanza particularizada en el motivo Tercero que antecede, apreciada conforme a las reglas contenidas en los artículos 342 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y artículos 1700 y siguientes del Código Civil, unido a las confesiones espontáneas realizadas por las partes en los escritos de discusión, permiten dar por acreditado que el demandante, efectivamente, mantiene una deuda con la entidad edilicia demandada derivada del ejercicio de actividades lucrativas sin patente por el periodo comprendido entre el segundo semestre del año 2017 y el primer semestre del año 2023, ambos inclusive, por la suma global de $5.551.416, solicitando por esta vía la declaración de prescripción de los derechos devengados en el periodo comprendido entre el segundo semestre del año 2017 y el segundo semestre del año 2020, ambos inclusive. QUINTO: Que,
Fallo
en mérito de lo expuesto y de las normas legales invocadas, solicita tener por interpuesta demanda declarativa de prescripción extintiva, y que, en definitiva, se sirva constatar la prescripción solicitada dentro de los términos indicados precedentemente. Que en el folio 9 y con fecha 10 de junio del 2024, consta que se practicó la notificación de la demanda a don Gonzalo Montoya Riquelme, en representación de la Ilustre Municipalidad de Macul, en la forma dispuesta en el artículo 44 del Código de Procedimiento Civil. Que en el folio 10 comparece doña Estefanía Betancourt Sáez, mandataria judicial, abogada, en representación de la parte demandada ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE MACUL, representada legalmente por su Alcalde, don Gonzalo Montoya Riquelme, ambos domiciliados en Los Plátanos N°3130, comuna de Macul, quien contesta la demanda incoada allanándose a la misma por el periodo comprendido entre el año 2017 y el primer semestre del año 2021, solicitando resolver lo que en derecho corresponda de conformidad a lo dispuesto en el artículo 2.521 del Código Civil y peticionando, además, se le exima de la condena en costas. Que, asimismo, y en el primer otrosí de su presentación, comparece doña Estefanía Betancourt Sáez, abogada, quien en la representación precedentemente invocada, interpone demanda reconvencional de cobro de pesos en contra de la empresa ROLLER MOBILITY SPA, RUT N°76.501.773-4, representada legalmente por don Neil Emerson Rollano Conde, desconoce nacionalidad, es
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RIT« » Foja: 1 FOJA: 10 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 12 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-4352-2024 CARATULADO : ROLLER MOBILITY SPA/I. MUNICIPALIDAD DE MACUL Santiago, veintinueve de Julio de dos mil veinticuatro VISTOS: Que, en el folio 1 comparece don Gonzalo Eduardo León Audicio, abogado, domiciliado en Avenida Nueva Tajamar N°481, oficina 701, comuna de Las Condes, R
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