COMPAÑÍA MINERA SAN GERÓNIMO/
Rol
V-245-2022
Fecha
30 de julio de 2024
Materia
MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 12 de diciembre del 2022, a las 10:21:13 horas, LUIS FERNANDO PASTEN BINVIGNAT, chileno, casado, ingeniero civil de minas, C l N° 9.782.494-0. en representación de COMPAÑIA MINERA SAN GERÓNIMO, Sociedad Contractual Minera, Chilena, del giro de su denominación R.U.T. N' 78.801.520-8, con domicilio en Quebrada de Marquesa S/N, comuna de Vicuña y para estos efectos ambos domiciliados en Avda. Talca N"101 , Barrio Industr¡al Alto Peñuelas, Coquimbo, y formuló manifestación minera, denominada “COLONIA TRES 1 AL 60”, de 60 pertenencias de 5.0 hectárea de superficie cada una, abarcando un total de 300 hectáreas. SEGUNDO: Que, consta que con fecha 26 de diciembre del 2022 la manifestación fue inscrita a fojas 960 N° 369 del Registro de Descubrimientos de Minas correspondiente al año 2022. TERCERO: Que, con fecha 10 de enero del 2023, se publicó la manifestación, en el Boletín Oficial de Minería N° 43.447 del Diario Oficial. Código: HGEUXPLFQLB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 CUARTO Con fecha 17 de julio del 2023, folio 4 se solicitó la mensura de las pertenencias manifestadas originalmente, cubriendo una superficie de 297 hectáreas, publicándose la solicitud de mensura con fecha 4 de abril del 2022, en el Boletín Oficial de Minería N° 43.447, del Diario Oficial. QUINTO: Que, con fecha 2 de agosto del 2023, el solicitante acompañó acta y plano en triplicado de la operación de mensura en el folio 7. SEXTO: Que, se agregó informe del Servicio Nacional de Geología y Minería N° 1594-2024, del 28 de mayo del 2024, folio 25, el cual informó que los aspectos técnicos relacionados con la operación de mensura, su acta y plano, están correctos, la forma, las dimensiones y orientaciones de la cara superior de las pertenencias se ajustan a la ley y ellas quedan comprendidas dentro del terreno manifestado como dentro del abarcado por la solicitud de mensura informó que los aspectos técnicos relacionados con la operación de mensura, su acta y plano están correctos: la forma, las dimensiones y orientaciones de la cara superior de las pertenencias se ajustan a la ley y ellas quedan comprendidas tanto dentro del terreno manifestado como dentro del abarcado por la solicitud de mensura. informó que los aspectos técnicos relacionados con la operación de mensura, su acta y plano están correctos: la forma, las dimensiones y orientaciones de la cara superior de las pertenencias se ajustan a la ley y ellas quedan comprendidas tanto dentro del terreno manifestado como dentro del abarcado por la solicitud de mensura. SÉPTIMO: Que, con fecha 30 de mayo del 2024, folio 25, se tiene por acompañado con conocimiento el oficio ordinario 1594-2024, de fecha 28 de mayo del 2024, proveniente del Servicio Nacional de Geología y Minería, sin observaciones. OCTAVO: Que las coordenadas U.T.M de cada uno de los linderos vértices del perímetro de la concesión de explotación
Fallo
se resuelve: I. Que se aprueba el plano y acta de mensura y en consecuencia queda constituida la concesión de explotación denominada “COLONIA TRES 1 AL 60”, con un grupo de 60 pertenencias de 5.0 hectárea de superficie cada una, abarcando un área total de 300 hectáreas, en favor de COMPAÑÍA MINERA SAN GERÓNIMO, representada por don Luis Fernando Pasten Binvignat, ya individualizados. II. Publíquese esta sentencia en extracto conforme al artículo 90 del Código de Minería y artículo 43 de su Reglamento III. Inscríbase esta sentencia constitutiva dentro del plazo de 120 días que dispone el artículo 89 del Código de Minería, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de La Serena. Archívese un ejemplar del plano en el mismo Registro. IV. Remítase por el interesado el plano original y copia de esta sentencia al Servicio Nacional de Geología y Minería. Regístrese y archívese en su oportunidad. Código: HGEUXPLFQLB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Pronunciada por doña Ghsilaine Landerretche Sotomayor, Juez Titular del Segundo Juzgado Civil de La Serena. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del artículo 162 del Código de Procedimiento Civil, en La Serena a 30 de julio del 2024 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. y se notificó por el estado diario la sentencia precedente, en La Serena,
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 31 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de la Serena CAUSA ROL : V-245-2022 CARATULADO : COMPAÑÍA MINERA SAN GERÓNIMO/ La Serena, treinta de Julio de dos mil veinticuatro VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 12 de diciembre del 2022, a las 10:21:13 horas, LUIS FERNANDO PASTEN BINVIGNAT, chileno, casado, ingeniero civil de minas, C l N° 9.782.4
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