Juzgado de Letras de Mariquina

TRIPAILAF/MARCO SALGADO Y CIA LTDA.

Rol

O-4-2024

Fecha

27 de agosto de 2024

Materia

Despido injustificado

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDOS: PRIMERO: Alonso Eric Mariano Tripailaf Manquehual, conductor profesional, domiciliado en sector Yeco sin número, comuna de Mariquina interpuso demanda por despido injustificado, indebido e improcedente y cobro de prestaciones laborales en contra de su empleadora, esta es, la empresa Marco Salgado y Cía Limitada, del giro de transporte, representada legalmente por don Marco Salgado Contreras, ignoro profesión u oficio, ambos con domicilio en sector Ciruelo, kilómetro 783, Comuna de Mariquina, y solidaria y/o subsidiariamente en contra de Forestal Arauco S.A., del giro de su denominación, representada legalmente por don Juan Anzieta Neumann, desconoce profesión u oficio, o por quien sus derechos represente en conformidad al artículo 4º del Código del Trabajo, ambos con domicilio sector Ciruelo sin número, kilómetro 783, Comuna de Mariquina, para que se declare que el despido del cual fue objeto es injustificado, indebido e improcedente, y que deberá pagar las sumas que más adelante se indican, o las que el tribunal, estime de justicia, en calidad de indemnizaciones y prestaciones laborales legales, con los siguientes fundamentos de hecho y de derecho que se reproducen en los mismo términos en que fueron expuestos en la demanda: I.- RELACIÓN CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS: a) Inicio de la relación laboral: Con fecha 1 de enero del año 2020 ingresé a prestar servicios, bajo vínculo de subordinación y dependencia, para la demandada, esta es, la empresa Marco Salgado y Cía Limitada. b) Función y lugar de trabajo: Mi función consistía en manejar camión de transporte de troncos en la región de Los Ríos. c) Remuneración: Para los efectos del artículo 172 del Código del Trabajo mi remuneración ascendía a la suma de $1.425.205 mensuales. En este punto cabe hacer presente que la demandada no me entregaba liquidaciones, por lo que el valor indicado anterior mente corresponde a lo depositado en mi chequera electrónica, más el 20% por concepto de cotizaciones de seguridad social. d) Naturaleza del contrato de trabajo: Al momento del despido, mi contrato de trabajo era de naturaleza indefinida. II.- TÉRMINO DE LA RELACIÓN LABORAL. El día 27 de noviembre del año 2023, mi ex empleador procedió a ponerle término al contrato de trabajo, invocando como causal la contenida en el artículo 160 N° 7 del Código del Trabajo. El contenido de la carta es el siguiente: III.-TRAMITES POSTERIORES AL DESPIDO. Debido a que consideré que mi despido era injustificado, indebido e improcedente, concurrí con fecha 29 de noviembre de 2023 a la Inspección del Trabajo de Lanco, presentando reclamo administrativo en contra de la empresa demandada, fijándose comparendo para el día 19 de diciembre de 2023, oportunidad en que la denunciada no compareció. IV.- DESPIDO INJUSTIFICADO, INDEBIDO E IMPROCEDENTE. A.- Formalidades del despido: El artículo 162 del Código del trabajo es una norma imperativa y obliga a que el empleador que le ponga término al contrato de trabajo

Fallo

FALLO FECHA Veintisiete de agosto de dos mil veinticuatro. RUC 24-4-0549132-6 RIT O-4-2024 MATERIA Aplicación General. MAGISTRADO RONNIE MATAMALA TRONCOSO ADMINISTRATIVO DE ACTA Carolina A. Chaura Montecinos HORA DE INICIO 15:30 HORA DE TERMINO 15:35 Nº REGISTRO DE AUDIO 2440549132-6-222 PARTE DEMANDANTE ( NO COMPARECE) ALONSO ERIC MARIANO TRIPAILAF MANQUEHUAL CEDULA DE IDENTIDAD N° 14.466.678-k DOMICILIO Comuna de Mariquina. ABOGADO DEMANDANTE ( NO COMPARECE) ANIBAL ROSALES ORTIZ FORMA DE NOTIFICACION rosalesanibal@gmail.com PARTE DEMANDADA ( NO COMPARECE) MARCO SALGADO Y CITA LTDA. RUT N° 77.469.220-7 DOMICILIO Kilometro 415, panamericana sur, chillena viejo, comuna de Chillan, region del Ñuble. FORMA DE NOTIFICACION victormunozabogado@gmail.com ABOGADO DEMANDADA (NO COMPARECE) VICTOR HUGO MUÑOZ MENDOZA FORMA DE NOTIFICACION victormunozabogado@gmail.com PARTE DEMANDADA SOLIDARIA (NO COMPARECE) FORESTAL ARAUCO S.A RUT N° 85.805.200-9 DOMICILIO Calle El Golf N°150, edificio piso 11, comuna de Las Condes, regions metropolitana. ABOGADO DEMANDADA (NO COMPARECE) FLORENCIA OCHOA SUAZO FORMA DE NOTIFICACION ----- PARTE DEMANDADA SOLIDARIA (NO COMPARECE) GUSTAVO ANDRES LAGOS OCHOA RUT N° 9.982.420-4 DOMICILIO Calle Moctezuma N°646, Valdivia. SENTENCIA: San José de la Mariquina, veintisiete de agosto de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDOS: PRIMERO: Alonso Eric Mariano Tripailaf Manquehual, conductor profesional

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LECTURA DE FALLO FECHA Veintisiete de agosto de dos mil veinticuatro. RUC 24-4-0549132-6 RIT O-4-2024 MATERIA Aplicación General. MAGISTRADO RONNIE MATAMALA TRONCOSO ADMINISTRATIVO DE ACTA Carolina A. Chaura Montecinos HORA DE INICIO 15:30 HORA DE TERMINO 15:35 Nº REGISTRO DE AUDIO 2440549132-6-222 PARTE DEMANDANTE ( NO COMPARECE) ALONSO ERIC MARIANO TRIPAILAF MANQUEHUAL CED

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