Juzgado de Letras del Trabajo de Curicó

URRA/AURORA AUSTRALIS S.A.

Rol

M-128-2024

Fecha

26 de agosto de 2024

Materia

Despido injustificado

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos. Que se ha tenido como hecho convenciones probatorias entre las partes las siguientes: · Descuento efectuado por concepto de AFC, la suma de $366.657.- · Existencia de la relación laboral que termina con fecha 20 de marzo de 2024. · Existencia de finiquito ratificado con fecha 22 de marzo de 2024. Que así, se han fijado como hechos sustanciales pertinentes y controvertidos para la resolución de la causa los siguientes: 1. Fecha de inicio de la relación laboral entre las partes. 2. Última remuneración mensual para efecto de base de cálculo del artículo 172 del Código del Trabajo. 3. Efectividad de haberse cumplido con la formalidad del despido. En su caso hechos en que se funda la carta de despido. Efectividad de los mismos y aptitud de los mismos para configurar la respectiva causal. SEXTO: De la prueba rendida. Que en audiencia única fijada al efecto las partes rindieron la siguiente prueba: PRUEBA DE LA PARTE DEMANDANTE: · Documental: 1. Presentación de Reclamo Administrativo, ingresado con el folio n° 07.02.2024.486, con fecha 25 de Marzo de 2024. 2. Acta de comparendo de conciliación, ante la Inspección del Provincial del Trabajo de Curicó, de fecha 04 de Abril de 2024. 3. Carta de despido de fecha 20 de Marzo de 2024, notificada a esta parte personalmente con la misma fecha. 4. Copia de finiquito fechado el día 20 de Marzo de 2024, suscrito ante Oficial del Registro Civil de Teno, con fecha 22 de Marzo de 2024, que contiene reserva de derecho. 5. Copia de Contrato de Trabajo de fecha 01 de septiembre de 2021, suscrito electrónicamente por las partes. 6. Copia de Anexo de Contrato de Trabajo de fecha 01 de diciembre de 2021, suscrito electrónicamente por las partes. 7. Copia de Contrato de Trabajo de fecha 17 de Enero de 2022, suscrito electrónicamente por las partes. 8. Copia de Anexo de Contrato de Trabajo de fecha 19 de Enero de 2022, suscrito electrónicamente por las partes. 9. Copia de Anexo de

Fundamentos

fundamentos de hecho y derecho que expone. Narra que suscribe contrato escriturado con fecha 01 de Septiembre de 2021 ingresando a prestar servicios, para la demandada AURORA AUSTRALIS S.A., bajo vínculo de subordinación y dependencia., para desarrollar la labor de supervisora de bodega de packing, desempeñadas en las instalaciones del packing que explota la demandada en su domicilio, ubicado en el camino a La Aurora, comuna de Teno. Respecto de su remuneración mensual, estaba compuesta por una remuneración variable, se integraba por sueldo ascendente a 1 IMM, más gratificación legal del 25% de lo devengado hasta el tope legal, en los términos previstos en el artículo 50 del Código del Trabajo. Además se pagaban bonos fijos y permanentes denominados bono cargo ascendente a cien mil pesos ($100.000.-), y de asistencia ascendente a sesenta mil pesos ($60.000.-) y otros variables denominados bono turno noche, bono de producción, y monto horas no trabajadas, las que si bien no figuran determinadas en el contrato, son detalladas en las liquidaciones de remuneraciones extendidas por la demandada. Agrega que los últimos 3 meses trabajados íntegramente en la empresa corresponde a los meses de Febrero, Mayo y Abril todos del año 2022, remuneraciones que en promedio arrojan un valor de setecientos catorce mil seiscientos noventa y tres pesos ($714.693.-), y no el valor reconocido para efecto del cálculo de sus indemnizaciones previstas en el finiquito, ascendente a quinientos setenta y cinco mil pesos ($575.000.-). Dado lo anterior, para efectos del artículo 172 del Código del Trabajo, su remuneración ascendía al valor de setecientos catorce mil seiscientos noventa y tres pesos ($714.693.-). En cuanto al término de la relación laboral, indica que luego de encontrarse con licencia médicas sucesivas, terminado la última el día 19 de Marzo de 2024, se reincorpora a sus funciones el día 20 de Marzo de 2024, al presentarme a su jornada inmediatamente le solicitaron asistir a una reunión con Francisco Carrasco, una de las jefaturas, quien me informa personalmente y en el acto que me encontraba despedida, entregándome la carta cuyo tenor es el siguiente: “Por medio de la presente comunicamos a Usted que con esta fecha 20.03.2024 Aurora Australis S.A. ha decidido poner términoa su Contrato de Trabajo, invocando para ello la causal del Artículo 161 inciso primero del Código del Trabajo: ‘Necesidades de la Empresa, establecimiento o servicio’. Alega que no existe fundamentación de la causal alegada para el término de su contrato, controvirtiendo la base de cálculo utilizada por la empresa para en la suscripción del respectivo finiquito y que además la indemnización por años de servicio corresponde a 3 años y no 2 como indica el empleador, solicitando además devolución de lo indebidamente descontado por concepto de AFC por el empleador. SOLICITA EN DEFINITIVA SE DECLARE: 1.- Extensión de la Relación Laboral: Que la relación laboral se inició el 01 de Septiembre

Fallo

SE RESUELVE. I. Que SE RECHAZA, solicitud de apercibimiento de la parte demandante del artículo 453 numeral 5 del Código del Trabajo por lo razonado en considerando SÉPTIMO. II. Que, SE ACOGE la demanda de declaración de despido injustificado, y cobro de prestaciones interpuesta por doña PABLINA BELÉN URRA GAJARDO, en contra de AURORA AUSTRALIS S.A., representada legalmente por don Juan Luis Mora Monsalves, todas ya individualizadas y se declara: 1.- Que la relación laboral habida entre el demandado AURORA AUSTRALIS S.A como empleador, y la demandante PABLINA BELÉN URRA GAJARDO como trabajadora, la que se extendió desde se inició el 01 de Septiembre de 2021 y se extendió ininterrumpidamente hasta el 20 de Marzo de 2024. 2.- Que la última remuneración asciende a la suma de $698.542 (seiscientos noventa y ocho mil quinientos cuarenta y dos pesos) para los efectos del artículo 172 del Código del Trabajo. 3.- Que el despido efectuado por la demandada con fecha 20 de marzo de 2024 es injustificado. 4.- Que se condena a AURORA AUSTRALIS S.A., a favor de la demandante PABLINA BELÉN URRA GAJARDO, al pago por los conceptos de: · $123.542 (ciento veintitrés mil quinientos cuarenta y dos pesos) por concepto de diferencia indemnización sustitutiva de aviso previo. · $945.626 (novecientos cuarenta y cinco mil seiscientos veintiséis pesos) por concepto de diferencia de la Indemnización por Años de Servicios: · $628.687 (seiscientos veintiocho mil seiscientos ochenta y siete pesos) po

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Juzgado de Letras del Trabajo de Curicó. RIT M-128-2024 RUC 24-4-0582358-2 Curicó, veintiséis de agosto de dos mil veinticuatro. VISTOS, OIDOS: PRIMERO: Individualización de los intervinientes. Que son partes en este juicio laboral sobre despido injustificado y cobro de prestaciones laborales, RIT M-128-2024, RUC 24-4-0582358-2, del Juzgado de Letras del Trabajo de Curicó, por la demandante PABL

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