CORP EDUCACIONAL COLEGIO CONCEPCION LINA/CENTRO DE CONCILIACIÓN Y MEDIACIÓN METROPOLITANO ORIENTE
Rol
I-13-2023
Fecha
26 de agosto de 2024
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
hechos que motivaron la multa, por lo que procede el rechazo del reclamo. El tribunal tiene por contestado el reclamo. 3.- CONCILIACIÓN: Se tiene por frustrado el llamado a conciliación por la rebeldía de la parte reclamante. 4.- HECHOS A PROBAR: Se fijan los hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos los siguientes: 1.- Efectividad que el fiscalizador haya incurrido en un error de hecho al aplicar la multa reclamada. Hechos que lo acrediten. 2.- Efectividad que la reclamante hubiere dado íntegro cumplimiento a las disposiciones legales, cuya infracción motivó la aplicación de la multa reclamada. Hechos que lo acrediten 5.- PRUEBA PARTE RECLAMANTE: No ofrece ni incorpora ningún medio de prueba, debido a su rebeldía. 6.- PRUEBA PARTE RECLAMADA: Documental: 1. Presentación de reclamo, de 05 de octubre de 2023. 2. Notificación de reclamo y citación a comparendo, de 05 de octubre de 2023, con indicación de la documental requerida exhibir en la respectiva audiencia, fijada para el 20 de octubre 2023, a las 09,00 horas. 3. Carátula de Informe de Egreso de Reclamo y Acta de Comparendo de Conciliación, de 20 de octubre de 2023. 4. Carta de aviso de término de la relación laboral, de 26 de septiembre de 2023, dirigida a la trabajadora Salomé Gutiérrez. 5. Comprobante de carta de aviso para terminación del contrato de trabajo, de 27 de septiembre de 2023. 6. Certificados de pago de cotizaciones previsionales y de salud, desde septiembre del año 2021 a septiembre de 2023. 7. Finiquito de contrato de trabajo, de 29 de agosto de 2023, donde consta la reserva de derechos efectuada por la trabajadora. 8. Resolución de Multa N°3906/23/123, de 20 de octubre de 2023. 9. Correo de notificación de multa, de 16 de noviembre de 2023. El tribunal resuelve: Se tiene por ofrecida e incorporada la totalidad de la prueba documental de la parte reclamada. 7.- OBSERVACIONES A LA PRUEBA: Lo hace sólo la parte reclamada, argumentos que se encuentran íntegramente registrados e
Fundamentos
fundamentos expresados en su reclamo, lo que conduce a que éste debe ser rechazado. Así las cosas, y visto lo dispuesto en los artículos 496 y siguientes; así como en los artículos 503 y siguientes del Código del Trabajo
Fallo
se resuelve: I.- Que se RECHAZA el reclamo de multa administrativa presentado con fecha 11 de diciembre 2023 por don Daniel Agustín Opazo Fuentes, en representación, de CORPORACIÓN EDUCACIONAL COLEGIO CONCEPCIÓN DE LINARES. II.- Que no se condena en costas a la parte reclamante, por estimar que tuvo motivos plausibles para litigar. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad, archívese. Se pone término a la presente audiencia de única siendo las 11:26 horas ordenando extender acta y agregar a la carpeta de antecedentes. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. 2° Juzgado de Letras de Linares, 26 agosto 2024. RIT I-13-2023 RUC 23- 4-0533901-3 Proveyó don(a) PAULA LUENGO MONTECINO, Juez Titular del 2° Juzgado de Letras de Linares.
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA UNICA – PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA AUDIENCIA 26 DE AGOSTO DE 2024 FECHA DE INGRESO 11 DE DICIEMBRE DE 2023 RUC 23-4-0533901-3 RIT I-13-2023 MAGISTRADO TITULAR PAULA LUENGO MONTECINO ENCARGADO DE ACTA REBECA CORVALÁN ÁVILA HORA DE INICIO 11:08 HORAS HORA DE TERMINO 11:26 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2340533901-3-136 MATERIAS L066 Reclamo Multa Administrativa
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