1º Juzgado de Letras de Coyhaique

STONE/

Rol

V-279-2023

Fecha

29 de julio de 2024

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos y considerando. Primero: Que con fecha 3 de octubre de 2023, comparece don Ram n Arturoó Seguel Jara, abogado, domiciliado en Paseo Bulnes 107, oficina 34, Santiago, en representaci n de do a Marilyn Liberty Stone Munro, agricultora, domiciliada en Fundoó ñ San Guillermo, Ensenada, Villa Simpson, Coyhaique, quien interpone gesti n voluntariaó de rectificaci n de superficie respecto del predio de propiedad de su representada,ó denominado Fundo San Guillermo , ubicado en el lugar denominado Ensenada, Valle“ ” Simpson, Coyhaique, Und cima Regi n, con los siguientes deslindes: Norte: Manuelé ó Contreras, Emilio Sierra y Daniel Medina; Sur, Ricardo Wahl; Oeste, Ricardo Walh. Indica que el predio lo adquiri por herencia de sus padres y est inscrito a suó á nombre seg n inscripciones especiales de herencia de Fojas 246 N mero 382 delú ú Registro de Propiedad de 1972 y a Fojas 756 N mero 468 del Registro de Propiedad delú a o 2010, ambas del Conservador de Bienes Ra ces de Coyhaique. El Rol de aval o esñ í ú el N 1067-4.° Relata que esta propiedad, de acuerdo con sus inscripciones, figura con una superficie de 369,20 hect reas; no obstante, de acuerdo con el informe t cnico queá é refiere, suscrito por el top grafo Milton Jorge Rojas Pino, al efectuar el levantamientoó topogr fico del mismo estableci que la cabida real del predio ascendi a 399,78á ó ó hect reas, existiendo los mismos deslindes y cierres determinados al momento en que elá Fisco hizo entrega del inmueble a su causante, don William Horacio Stone Salgado en el a o 1945, seg n los planos de la poca.ñ ú é Por ello, solicita se ordene al mencionado Conservador que, al margen de las inscripciones de dominio, se practiquen subinscripciones que den cuenta de la superficie real del inmueble, de 399,78 hect reas y no de 369,20 hect reas, conforme al art culo 88á á í del Reglamento. Agrega que tales subinscripciones en caso alguno implican variaciones en los deslindes del predio y no afectan derechos de tercero

Fallo

se declara: I. Que se acoge la solicitud de la peticionaria, declar ndose que el inmuebleá informado en los t tulos de dominio rolantes a Fojas 246 N 382 del a oí ° ñ 1972, y a Fojas 756 N 468 del a o 2010, ambos del Registro de° ñ Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Coyhaique, tiene unaí superficie de 399,27 hect reas. á II. Que el Sr. Conservador de Bienes Ra ces de Coyhaique, deber anotar alí á margen de las inscripciones referidas dicha declaraci n. ó Requi rase por receptor judicial a costa del solicitante. é III. Que el Sr. Conservador de Bienes Ra ces de Coyhaique deberí á incorporar al final de sus registros copia autorizada de la presente sentencia debidamente ejecutoriada y del plano denominado Plano de“ Peritaje de Situaci n Actual , de mayo de 2024, suscrito por don Samueló ” Vera Gallardo, Ingeniero en Geomensura, debiendo este ltimo serú acompa ado en original por la solicitante. ñ IV. Que, deber n practicarse tres publicaciones de la presente sentencia en elá diario el Divisadero, en d as distintos, en el plazo de 30 d as. í í Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í Rol C-662-2024. Pronunciada por don Jos Alfredo Briones Escobar, Juez Subrogante.é Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. En Coyhaique, veintinueve de Julio de dos mil veinticuatro Código: QVQYXPXCUGB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja:

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Foja: 1 FOJA: 24 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Coyhaiqueº CAUSA ROL : V-279-2023 CARATULADO : STONE/ Coyhaique, veintinueve de julio de dos mil veinticuatro. Vistos y considerando. Primero: Que con fecha 3 de octubre de 2023, comparece don Ram n Arturoó Seguel Jara, abogado, domiciliado en Paseo Bulnes 107, oficina 34, Santiago, en representaci n de do a Mar

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