17º Juzgado Civil de Santiago

CLIMATICOSERVICE INGENIERÍA Y SERVICIOS LIMITADA/ILUSTRE MUNICIPALIDADL DE MAIPU

Rol

C-5503-2024

Fecha

26 de julio de 2024

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 25 de marzo de 2024, mediante presentaci n ingresada aó trav s de la oficina judicial virtual, comparece Patricio Angulo S nchez, ené á su calidad de representante legal de Climaticoservice Ingenier a y Servicios“ í Limitada , ambos domiciliados en Lican 126, comuna de Maip , Regi n” ú ó Metropolitana, debidamente representado por do a Daniela Leiva Oyarce,ñ abogada, domiciliado en Alonso de Cordova 5870, oficina 413, comuna de Las Condes, Regi n Metropolitana, quien deduce demanda de prescripci nó ó extintiva de declaraci n de prescripci n extintiva de acci n de cobro deó ó ó derechos de patente comercial, en contra de la Ilustre Municipalidad de Maip , representada legalmente por su alcalde, don Tom s Vodanovicú á Escudero, ambos domiciliados en Avenida 5 de abril N 0260, comuna de° Maip , Regi n Metropolitana. ú ó Funda su demanda en que la demandante cuenta con domicilio en la comuna de Maip , debiendo pagar la Patente Municipal desde su fecha deú constituci n, es decir, desde el a o 2012 a la fecha, y de formaó ñ administrativa, se efectu una notificaci n por parte de la Municipalidad deó ó Maip durante el a o 2024, a fin de ponerlo en conocimiento de los pagosú ñ pendientes. Refiere que a la fecha, solo se le ha entregado un certificado que indica el detalle de los cobros a efectuar por la Municipalidad, sin que se hayan iniciado acciones tendientes al cobro de las patentes en estado de morosidad. En cuanto al derecho, cita el Decreto 2385 que fija texto refundido y sistematizado del Decreto Ley N 3.063, de 1979, sobre rentas municipales,° especialmente su art culo 23; y tambi n el art culo 2521 del C digo Civil. í é í ó A ade que la patente municipal no ha sido cobrada judicialmente porñ parte del Municipio desde el a o 2012, lo cual supera ampliamente dichoñ plazo, y por lo tanto, ha prescrito el derecho a cobro de aquellas patentes devengadas entre los a os 2012 y 2020. ñ Menciona como hechos relevantes el que, est siendo objeto deá cobr

Fundamentos

considerando que la actora es una persona queñ persigue fines de lucro, constituida con el objeto de obtener frutos y beneficios, se encuentra obligada al pago de las contribuciones de patente municipal establecida en el antes citado art culo 23 de la Ley de Rentasí Municipales. Manifiesta que, toda actividad, prescindi ndose de su naturaleza oé clasificaci n, que persiga una finalidad vinculada a la obtenci n de lucroó ó constituye un hecho gravado con esta especie de tributo. Trat ndose deá sociedades, en general, cabe tener presente que, conforme a lo dispuesto en el art culo 2053 del C digo Civil que entrega el concepto de esta clase deí ó contratos, una de sus finalidades esenciales estriba en obtener beneficios destinados a ser repartidos entre los socios; beneficios que, seg n lo indicadoú en el inciso final del art culo 2055 del mismo C digo, son apreciables ení ó dinero. Código: XTCFXPBRYVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Afirma que la actora, no obstante haber ejercido una actividad gravada con la contribuci n antes se alada, no ha pagado suma alguna poró ñ dichos conceptos, en el periodo comprendido entre el a o 2012 al a o 2024ñ ñ (primer periodo), sin perjuicio que s lo demanda aquellas que no est nó á afectas a declaraci n de prescripci n, y adjunta una tabla con el detalle deó ó las sumas cobradas.

Fallo

Por tanto, solicita se declare la prescripci n extintiva del cobro de lasó patentes municipales, correspondientes al per odo comprendido entre losí a os 2012 a 2020, ambos inclusive y ordene al Municipio cesar cualquierñ acci n de cobranza relacionada con dicha patente. ó Con fecha 27 de mayo de 2024, se notific a don Tom s Vodanovicó á Escudero, en representaci n de la Ilustre Municipalidad de Maip , en virtudó ú del art culo 44 inciso 2 del C digo de Procedimiento Civil, folio 7. í ° ó Con fecha 29 de mayo, la demandada contest la demandaó allan ndose totalmente a ella, respecto de las deudas, reajustes, intereses porá las obligaciones con vencimiento en el per odo comprendido entre el a oí ñ 2012 al a o 2020, ambos inclusive, sin costas.ñ En el primer otros , dedujo demanda reconvencional de cobro deí pesos en contra de Climaticoservice Ingenier a y Servicios Limitada,í sociedad del giro de su denominaci n, ya individualizada, reclamando queó la demandada le adeuda la suma de $508.425.-, m s intereses, reajustes yá costas, correspondientes a patente comercial, por los periodos que corren desde el a o 2021 (primer semestre) al a o 2024 (primer semestre), ambosñ ñ inclusive. Cita el inciso primero del art culo 23 de la Ley de Rentasí Municipales, y a ade que considerando que la actora es una persona queñ persigue fines de lucro, constituida con el objeto de obtener frutos y beneficios, se encuentra obligada al pago de las contribuciones de patente municipal establecida en e

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 12 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 17 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-5503-2024 CARATULADO : CLIMATICOSERVICE INGENIER A YÍ SERVICIOS LIMITADA/ILUSTRE MUNICIPALIDADL DE MAIPU Santiago, veintis is de Julio de dos mil veinticuatroé VISTOS: Con fecha 25 de marzo de 2024, mediante presentaci n ingresada aó trav s de la oficina judicial virtual, comparece P

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