3º Juzgado de Letras de Iquique

FUENTES/

Rol

V-178-2023

Fecha

26 de julio de 2024

Materia

BIENES RAÍCES, AUTORIZACIÓN ENAJENAR

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: A folio 1, comparece doña Claudia Teresa Fuentes Portal, dueña de casa, domiciliada en Tarapacá 508, oficina 402, de esta ciudad, solicitando autorización para enajenar los derechos hereditarios que correspondan a su madre interdicta, doña Elizabeth Carlota Portal Valenzuela, respecto de quien detenta la curaduría definitiva por sentencia judicial, sobre el inmueble del cual es dueña en comunidad con otros familiares, correspondiente al ubicado en calle Baquedano N° 1440, de esta comuna, inscrito a fojas 2394 vuelta N° 2928, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de esta ciudad, del año 2022. Indica que en su condición de hija y curadora definitiva de la interdicta, ejerce su cuidado diario y mantención, residiendo con ella y su grupo familiar en el inmueble ubicado en calle Lorenzo Varoli N° 3048, La Florida, Región Metropolitana. Fundamenta la petición en la necesidad de vender los comuneros sus derechos sobre la propiedad, y que además sería de utilidad para su madre interdicta la autorización requerida, pues padece un alto grado de discapacidad física y mental, padece Alzheimer, lo que conlleva un constante deterioro de salud continuo que requiere cubrir costos cada vez más altos en medicamentos y artículos para su cuidado. SEGUNDO: La solicitante acompañó a folio 1 copias de sentencia de interdicción del 29 de octubre de 2020, rectificación de sentencia de 26 de marzo de 2021, y certificado de ejecutoria de 28 de mayo de 2021, todas decretadas en la causa Rol V-223-2020 del 29° Juzgado Civil de Santiago; certificado de dominio vigente y copia de inscripción de fojas 2394 vuelta, N° 2928 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Iquique del año 2022; certificados de nacimiento de la interdicta y la solicitante; certificado de avalúo fiscal de la propiedad de 24 de septiembre de 2023; informe de tasación de 10 de febrero de 2023; e Informe Social de la interdicta. Asimismo, la solicitante rindió información sumaria de testigos a folio 4. TERCERO: A folio 5, el Defensor Público designado en autos informa concluyendo que la solicitud debe ser acogida, al tener suficientes fundamentos tanto de hecho como de derecho. Igualmente, a folio 11 consta informe de Antecedentes Familiares de la interdicta del Registro Civil e Identificación, y a folio 25 audiencia privada con la comparecencia de don Rodrigo Guillermo Fuentes Portal. 1 Código: VCBEXPRXZRX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl CUARTO: Pues bien, del mérito de autos y de los antecedentes acompañados a la solicitud, la información sumaria de testigos, y el dictamen del defensor público conforme el artículo 819 del Código de Procedimiento Civil, se concluye que la interdicta doña Elizabeth Carlota Portal Valenzuela, es dueña de derechos sobre el inmueble ubicado en calle Baquedano N° 1440, de esta comuna, inscrito a fojas 2394 vuelta, N° 2928 del Registro de Pro

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Iquique, veintiséis de julio de dos mil veinticuatro. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: A folio 1, comparece doña Claudia Teresa Fuentes Portal, dueña de casa, domiciliada en Tarapacá 508, oficina 402, de esta ciudad, solicitando autorización para enajenar los derechos hereditarios que correspondan a su madre interdicta, doña Elizabeth Carlota Portal Valenzuela, respecto de quien detenta la curaduría

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