FISCO DE CHILE/ C.D.E/
Rol
V-251-2022
Fecha
25 de julio de 2024
Materia
EXPROPIACIÓN, CONSIGNACIÓN MONTO PROVISORIO ART.17 D.L.2186
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Con fecha 07 de octubre de 2022, comparece don Álvaro Gastón Sáez Willer, Abogado Procurador Fiscal de Temuco, del Consejo de Defensa del Estado, por el Fisco de Chile, domiciliado en Arturo Prat 847, of. 202, comuna de Temuco, Región de la Araucanía, quien solicita tener por consignada la suma de $ 2.483.298, correspondiente al monto de la indemnización provisional por la expropiación del inmueble singularizado en su presentación, efectuada a nombre del expropiado, en base a los argumentos de hecho y de derecho que expone en su presentación, al siguiente tenor: “Por Decreto Supremo Exento del Ministerio de Obras Públicas Nº 769 de 8 de septiembre de 2022, publicado en el Diario Oficial y en el Diario Austral de Temuco el día 1 de octubre de 2022, el Fisco decretó la expropiación para sí del lote de terreno Nº 2-1, Km. 692.889,80 al Km. 693.109,60, con una superficie de 799 metros cuadrados, necesario para la ejecución de la obra “CONCESIÓN INTERNACIONAL RUTA 5. TRAMO COLLIPULLI - TEMUCO. SECTOR: PUENTE PELALES PONIENTE” que se encuentra ubicado en la Comuna de Freire y que se individualiza en los planos y cuadro de expropiaciones, elaborados por la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas, que se aprueban en lo que respecta a dicho lote mediante el presente Decreto, teniendo el inmueble el rol de avalúo 310-409 de la comuna de Freire, siendo de acuerdo a éste su aparente propietario DEL CANTO RAMIREZ GUSTAVO RAFAEL. En conformidad a lo dispuesto en el art. 4º del Decreto Ley 2186 de 1978, por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) Nº 161 de 17 de mayo de 2022, cuyas fotocopias autorizadas se acompañan, se designó la Comisión de Peritos encargada de tasar el lote de terreno expropiado que, según consta del informe respectivo de 30 de junio de 2022, rectificado por Acta de 23 de agosto de 2022, que se acompañan, fijó el monto provisional de la indemnización en la suma de $2.377.500. Ahora bien, dado que no se ha producido acuerdo entre el Fisc
Fundamentos
CONSIDERANDO: Código: XDJTXPQDVDX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 PRIMERO: Que, con fecha 07 de octubre de 2022, comparece don Álvaro Gastón Sáez Willer, Abogado Procurador Fiscal de Temuco, del Consejo de Defensa del Estado, por el Fisco de Chile, domiciliado en Arturo Prat 847, of. 202, comuna de Temuco, Región de la Araucanía, quien solicita tener por consignada la suma de $2.483.298, correspondiente al monto de la indemnización provisional por la expropiación del inmueble singularizado en su presentación, efectuada a nombre del expropiado, de acuerdo a los antecedentes de hecho y de derecho que expone en su presentación. SEGUNDO : Que, Con fecha 26 de junio de 2024, a folio 33, comparece don Steven Mackay Paslack, Abogado, por la expropiada en representación de la expropiada Inmobiliaria San Carlos, RUT N° 53.331.818-5, por el monto total consignado de $2.483.298, con cargo a boleta de consignación N° 5000897191 de fecha 25.10.2022. Se hizo parte en el proceso acompañando, Copia de escritura pública de constitución de sociedad. TERCERO : Que, teniendo presente lo expuesto en los motivos previos y en mérito de la copia autorizada de inscripción de dominio con certificación de vigencia; certificado de hipoteca, gravámenes, interdicciones y prohibiciones de enajenar con certificación de vigencia; certificado de avalúo fiscal del inmueble expropiado; certificado de deuda fiscal emitido por la Tesorería General de La República; certificación del hecho de no haber comparecido terceros haciendo valer sus derechos; las publicaciones legales y oficios remitidos por el Conservador de Bienes Raíces y las Notarías Públicas respectivas, se acogerá la petición formulada por la solicitante, según se dirá en lo dispositivo del fallo. Y visto además lo dispuesto en los artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y Decreto Ley 2.186, Ley Orgánica de Procedimiento de Expropiaciones,
Fallo
POR TANTO; RUEGO A US.: tener por consignada la suma de $2.483.298.-, correspondiente al monto de la indemnización provisional por la expropiación del inmueble citado, con sus respectivos reajustes, efectuada a nombre del expropiado(a).” Que, junto con la presentación de folio 1, el expropiante acompañó los siguientes documentos: 1) Decreto Supremo Exento mediante el cual se dispuso la expropiación de autos. 2) Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) mediante la cual se designó la comisión de peritos encargada de tasar el inmueble. 3) Informe de tasación del inmueble. 4) Copia de la publicación, efectuada en el Diario Oficial, del Decreto Expropiatorio. Con 10 de mayo de 2023, a folio 5, la parte expropiante acompañó comprobante de depósito judicial N°5000897191, por la suma de $ 2.483.298.-, efectuados en la cuenta corriente del tribunal. Con fecha 02 agosto de 2023, a folio 11, la parte expropiante acompañó la publicación realizada en el Diario Oficial de fecha 01 de junio de 2023, y la publicación realizada en el Diario Austral de Temuco, de fecha de fecha 15 de mayo de 2023. Con fecha 10 de agosto de 2023, a folio 15, el Secretario Subrogante del Tribunal certificó que las publicaciones acompañadas al folio 11 corresponden a las realizadas en el Diario Oficial el 01 de junio de 2023 y en el Diario Austral de Temuco el 15 de mayo de 2023. Con fecha 06 de octubre de 2023, a folio 18, el Secretario Subrogante del Tribunal certificó que el plazo que dispone el Art.
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 37 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : V-251-2022 CARATULADO : FISCO DE CHILE/ C.D.E/ Temuco, veinticinco de Julio de dos mil veinticuatro VISTOS Con fecha 07 de octubre de 2022, comparece don Álvaro Gastón Sáez Willer, Abogado Procurador Fiscal de Temuco, del Consejo de Defensa del Estado, por el Fisco de Chile, domiciliado en Artur
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