BANCO DEL ESTADO DE CHILE/IMPORTADORA OLIMPO SPA
Rol
C-14371-2023
Fecha
25 de julio de 2024
Materia
ARRENDAMIENTO, ART. 607 CPC
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 17 de agosto de 2023 don Felipe Andr s Cataldo Moya,é abogado, en representaci n de Banco del Estado de Chile, entidad de giroó bancario, cuyo representante legal es don Oscar Ra l Antonio Gonz lez,ú á Ingeniero civil, todos domiciliados en San Diego 81, piso 8, comuna de Santiago, interpone demanda de terminaci n de contrato de arrendamientoó en contra de Importadora Olimpo SpA, del giro comercial, representada por don Segundo Antonio Osorio Mu oz, ignora profesi n u oficio, enñ ó calidad de arrendatario y en contra de ste ltimo en calidad de fiador yé ú codeudor solidario, todos domiciliados en Avda. Irarrazabal 5185, oficia 503, comuna de u oa, a objeto de que se declare lo siguiente:Ñ ñ 1) Que se declaren terminado el contrato de arrendamiento suscrito entre las partes, por no pago de las rentas pactadas. 2) Que se condene a la demandada a pagar al actor la suma de $2.244.464 m s IVA, por concepto de las rentas impagas y devengadas,á correspondiente a las rentas con vencimiento desde agosto de 2022, hasta noviembre de 2022, m s los intereses moratorios devengados y los que seá devenguen hasta la fecha del pago efectivo. M s la suma de $23.566.872,á m s IVA, correspondiente a las 42 rentas pendientes de vencimientos hastaá la terminaci n del contrato.ó 3) Que se condene al demandado a pagar las costas 4) Declarar que si el demandado no paga todas las rentas demandadas y las costas judiciales dentro del plazo de tercero d a de ejecutoriada laí sentencia real o ficta que recaiga en el cumplimiento incidental del fallo, deber restituir los bienes muebles arrendados, devoluci n que demandaá ó Código: WXVXXXXVMZZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-14371-2023 Foja: 1 para ese evento, sin perjuicio del cobro de las rentas ordenadas pagar en la sentencia. 5) Declarar que, si el demandado paga todas las rentas demandadas y las costas judiciales, dentro del mismo plazo antes indicado o
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1° Que, con fecha 17 de agosto de 2023 don Felipe Andr s Cataldoé Moya, abogado, en representaci n de Banco del Estado de Chile, entidadó de giro bancario, cuyo representante legal es don Oscar Ra l Antonioú Gonz lez, Ingeniero civil, todos domiciliados en San Diego 81, piso 8,á comuna de Santiago, interpone demanda de terminaci n de contrato deó arrendamiento en contra de Importadora Olimpo SpA, del giro comercial, representada por don Segundo Antonio Osorio Mu oz, ignora profesi n uñ ó oficio, en calidad de arrendatario y en contra de ste ltimo en calidad deé ú fiador y codeudor solidario, todos domiciliados en Avda. Irarrazabal 5185, oficia 503, comuna de u oa, a objeto de que se declare loÑ ñ precedentemente rese ado en la parte expositiva.ñ Se ala que consta haberse suscrito escritura privañ da entre las partes N de operaci n 1023052 con fecha 27 de abril de 2021 en la Notar a de° ó í Santiago de don Santiago de don Pablo A. Gonz lez Caama o y que suá ñ representada entreg en arrendamiento a la parte demandada Unaó Camioneta, Marca Volkswagen, Modelo Nueva Amarok Highline 4X4 AT a o 2021, nueva y si uso, PPU PYZR84-Kñ Agrega que conforme se estipul en la cl usula segunda del referidoó á contrato, la operaci n de leasing sobre el bien anteriormente singularizadoó se acogi a la cobertura del Fondo de Garant a para Peque os Empresariosó í ñ (FOGAPE Reactivaci n), el cual cauciona el cr dito de dicha operaci n conó é ó una tasa de garant a del 80% del saldo capital adeudado.í Indica que se estipul en el contrato de arrendamientó o que la renta se pagar a con una primera renta de $2.757.983.-, m s IVA, que se pag alí á ó Código: WXVXXXXVMZZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-14371-2023 Foja: 1 momento de suscribir el contrato de arrendamiento y 60 rentas iguales, mensuales y sucesivas cada una por la suma de $561.116, m s IVAá pagadera los d as 27, a partir del 27 de junio de 2021.í Manifiesta que la arrendataria no ha pagado la renta desde agosto de 2022 hasta noviembre de 2022, ambos inclusiva, la cual se encuentra vencida. A ade que de acuerdo a lo se alado en ñ ñ la cl usula decimos ptima delá é contrato, se estipul que el incumplimiento de cualquiera de las obligacionesó que asume el arrendatario y especialmente la falta de pago oportuno de una cualquiera de las rentas pactadas en la cl usula quinta, facultar a al Bancoá í para exigir el pago de todas las rentas vencidas y el pago anticipado de todas las rentas pendientes de vencimiento hasta la terminaci n deló contrato, todas las cuales se considerar n de plazo vencido.á En este caso si todas las rentas fuesen pagadas, el arrendatario conservar a su derecho a ejercer una de las opciones pactadas en la cl usulaí á decimosexta, en los mismos t rminos, plazos y condiciones all se aladas.é í ñ Las antedichas opciones son a) devolver los bienes; b) celebrar un nuevo contrato de arrendamiento; o c) adquirir los b
Fallo
se declara terminado el contrato de arrendamiento de fecha 27 de abril de 2021 en la Notar a deí Santiago de don Santiago de don Pablo A. Gonz lez Caama o suscritoá ñ entre las partes. II.- Que la demandada deber pagar las sumas demandadas y pactadasá seg n el contrato de arrendamiento conforme liquidaci n que se practicarú ó á en su oportunidad por el secretario del Tribunal III.- Que en caso de no pago todas las rentas demandadas y las costas judiciales dentro del plazo de d cimo d a contado desde la notificaci n delé í ó cumplimiento incidental de la sentencia definitiva, deber restituir el biená mueble arrendado. Y en caso contrario nacer n los derechos estipulados ená la cl usula decimos ptima.á é IV.- Que se condena a la parte demandada al pago de las costas de la causa por haber sido totalmente vencido. Reg strese, notif quese y en su oportunidad arch vese.í í í Pronunciada por do a Claudia Donoso Niemeyer, Juez Titular. Autorizañ do a ñ Erwin C rdenas Jofr , Secretario Subrogante.á é Código: WXVXXXXVMZZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-14371-2023 Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veinticinco de Julio de dos mil veinticuatro Código: WXVXXXXVMZZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-07-25T10:39:49-0400
Texto Completo (Preview)
C-14371-2023 Foja: 1 FOJA: 24 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 18 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-14371-2023 CARATULADO : BANCO DEL ESTADO DE CHILE/IMPORTADORA OLIMPO SPA Santiago, veinticinco de Julio de dos mil veinticuatro VISTOS: Con fecha 17 de agosto de 2023 don Felipe Andr s Cataldo Moya,é abogado, en representaci n de Banco del Estado de Chile, entidad de giroó banc
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