5º Juzgado Civil de Santiago

BANCO DEL ESTADO DE CHILE/HUINCAHUE

Rol

C-13843-2023

Fecha

25 de julio de 2024

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, se recibió la causa a prueba, rindiéndose la que consta en autos. El 25 de abril del año 2024, a folio 23, se citó a las partes a oír sentencia definitiva. CONSIDERANDO. PRIMERO: Que, compareció Víctor Andrés Acevedo Léniz, en representación de BANCO DEL ESTADO DE CHILE, quien interpone demanda ejecutiva de cobro de pagare en contra de JOVINO ISAAC HUINCAHUE HUENCHUN, a objeto que, acogiéndola, se despache mandamiento de ejecución y embargo por la suma de $16.117.070.-, más reajustes e intereses, ordenando se siga adelante la ejecución hasta hacer entero y cumplido pago de todo lo adeudado, con costas, por los

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho que señala. Manifiesta que su representado es dueño del pagaré suscrito por el ejecutado por la suma de $27.731.861.-, por concepto de capital, más un interés del 0,2900% MENSUAL, que se obligó a pagar en 43 cuotas mensuales, iguales y sucesivas cuyo monto y vencimiento se consignan en el calendario de pagos inserto en el pagaré suscrito, el que da por expresamente reproducido. Agrega que se estableció en caso de mora o simple retardo en el pago de cualesquiera de las cuotas pactadas, el deudor está obligado a pagar, desde el incumplimiento, intereses penales equivalentes al máximo convencional según las tasas que rijan durante el retardo, sin perjuicio de los demás derechos del acreedor, quedando facultado el Banco del Estado de Chile para hacer exigible la totalidad de la deuda como si fuese de plazo vencido en el caso de no pago de cualquiera de las cuotas en que se dividió la obligación. Menciona que el deudor se obligó a pagar la comisión legal del 0,0000% anual sobre el capital garantizado que el Banco del Estado de Chile recauda para el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE), el cual cauciona el crédito con una tasa de garantía de 85% del saldo capital. Código: BPBHXXRXSXZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-13843-2023 Foja: 1 Alega que, deudor ha dejado de pagar desde la cuota con vencimiento al día 20 de abril de 2023, inclusive, y todas las posteriores,

Fallo

por tanto, el Banco del Estado de Chile ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma de $16.117.070.-, más los intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda más la comisión legal del 0,0000% anual sobre el saldo del capital garantizado por el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE), más las costas de esta causa. Deja constancia que la obligación es indivisible, el suscriptor relevo al portador de los documentos de la obligación de protesto y, la firma de este se encuentra autorizada por Notario. La obligación es líquida, actualmente exigible y la acción ejecutiva no se encuentra prescrita. El 13 de octubre del 2023, folio 13, la demandada, patrocinada por su abogada doña Melissa Denisse Acevedo Bustos opuso a la ejecución las excepciones contempladas en los numerales 2, 4, 7, 9 y 11 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, solicitando se deniegue la ejecución, con costas, por los fundamentos que señala. I.- Opone la excepción del numeral 2° del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, por dos motivos: a) falta de personería del representante legal; b) falta de personería del procurador o del mandatario judicial. a) En primer término, denuncia que el apoderado del ejecutante no acompañó los documentos fundantes de su representación legal de su mandante, esto es, la acta de sesión de directorio, el de juntas ordinarias o extraordinarias de los directores o gerentes, donde se

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C-13843-2023 Foja: 1 FOJA: 18 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 5 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-13843-2023 CARATULADO : BANCO DEL ESTADO DE CHILE/HUINCAHUE Santiago, veinticinco de Julio de dos mil veinticuatro VISTOS. Con fecha 23 de noviembre del 2023, comparece VÍCTOR ANDRÉS ACEVEDO LÉNIZ, abogado, como mandatario judicial y en representación convencional, del BANCO DE

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