Juzgado de Letras de Colina

RIQUELME CON COMERCIAL LA PENINSULA

Rol

O-509-2023

Fecha

23 de agosto de 2024

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Gratificaciones legales, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Viáticos

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos que hayan ocurrido con posterioridad al desarrollo de la audiencia preparatoria. La parte quiere presentar una Cartola sobre hechos que son anteriores a la audiencia preparatoria, no estamos en la hipótesis, por cuanto la Cartola historia la tenía disponible, tenía conocimiento de la existencia de esa información a la fecha de la audiencia preparatoria. El tribunal rechaza de plano la incidencia, en el sentido anteriormente expuesto, sin perjuicio de que este tribunal no tiene problema con la incorporación de prueba nueva en un procedimiento laboral, pero debe cumplir con los requisitos y uno de los requisitos es que debe versar sobre hechos que ocurrieron con posterioridad a la audiencia preparatoria. En este sentido, si la parte dice que va a incorporar las cotizaciones que son posteriores a la audiencia preparatoria, al día de hoy no habría inconveniente, pero todo lo que sea anterior a la audiencia preparatoria, en especial por la naturaleza del documento, esto es las cotizaciones del propio demandante, de las cuales tenían pleno conocimiento de la existencia de ese documento, podían obtener ese documento, tal como obtuvieron con anterioridad a la audiencia preparatoria, por lo tanto no se cumplen los requisitos y se RECHAZA LA INCIDENCIA. La parte demandante, deduce recurso de reposición, reiterando su argumento ya expuesto. El Tribunal ya que evidentemente no ha presentado antecedente nuevo que pudiera modificar la resolución impugnada, se rechaza el recurso de reposición. INCORPORACIÒN MEDIOS DE PRUEBA PARTE DEMANDANTE Documental: 1. Compendio de boletas a honorarios. 2. Compendio de impresiones digitales de WhatsApp en contexto de la relación laboral con Nicolás Lavandero. 3. Compendio de impresiones digitales de WhatsApp en contexto de la relación laboral con el grupo de trabajadores. 4. Compendio de impresiones digitales de WhatsApp en contexto de la relación laboral con los principales clientes de Comercial La Península. 5. Compendio de depó

Fallo

se resuelve: I.-SE RECHAZA en todas sus partes, la demandada interpuesta por don JORGE ESTEBAN RIQUELME SALINAS, en contra de “COMERCIAL LA PENINSULA LIMITADA”, ambos ya individualizados II.-Que no se condena en costas a la parte demandante por estimar que tuvo motivo plausible para litigar. RIT O-509-2023 SENTENCIA DICTADA POR AMERICA ROJAS ROJAS, JUEZ TITULAR DEL JUZGADO DE LETRAS DE COLINA. En virtud del artículo 457 del Código del Trabajo, se entienden ambas partes personalmente notificadas de la sentencia, a contar de este acto, iniciando el cómputo de los plazos legales correspondientes. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Juzgado de Letras de Colina, veintidós de agosto de dos mil veinticuatro.- Registro custodia: 2810-2024 Registro de audio:

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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 22/08/2024 RUC 23- 4-0528025-6 RIT O-509-2023 MAGISTRADO AMERICA ANTONIA ROJAS ROJAS ADMINISTRATIVO DE ACTAS CLAUDIA ANDREA PANE PARADA HORA DE INICIO 09:14 HORA DE TERMINO 13:40 Nº REGISTRO DE AUDIO 2340528025-6-387 PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE JORGE ESTEBAN RIQUELME SALINAS ABOGADO MIGUEL ANGEL CALDERÓN FLORES DIEGO

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