SIERRA/GAETE
Rol
M-328-2024
Fecha
22 de agosto de 2024
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS A PROBAR SON LOS SIGUIENTES: 1. Existencia de la relación laboral alegada por los demandantes, en la afirmativa, extensión, términos y condiciones de la misma. 2. En el evento de existir relación laboral, remuneración pactada y efectivamente percibida por los demandantes, rubros que la componen, monto de los mismos. Detalles y pormenores. 3. En el evento de existir relación laboral, fecha, causas y circunstancias del término de los servicios de los demandantes, formalidades legales y justificación de su desvinculación. Hechos, detalles,
Fundamentos
fundamentos y pormenores. 4. En el evento de existir relación laboral, estado de pago de las cotizaciones de seguridad social de los actores. 5. En el evento de existir relación laboral, prestaciones adeudadas a los demandantes, fundamentos fácticos y jurídicos de las mismas y monto de estas. Detalles y pormenores. MEDIOS DE PRUEBA: LA PARTE DEMANDANTE RINDE DOCUMENTAL: 1. Actas de comparendo de conciliación ante la inspección del trabajo de fecha 24 de junio de 2024, de los demandantes BRYAN SIERRA ZAMORA y FERNANDO SIERRA LANDATILLA. 2. Conversación de WhatsApp entre el demandante Bryan Sierra Zamora y el demandado taller Gaete, en el periodo 3 de marzo al 10 de junio. Tribunal Resuelve: Téngase por incorporada a prueba documental por parte de la demandante. LA PARTE DEMANDANTE SOLICITA PRUEBA CONFESIONAL: La parte demandante solicita absuelva Francisco Héctor Gaete Gallo, bajo apercibimiento legal. Se deja constancia que Francisco Héctor Gaete Gallo no está presente. La parte demandante solicita se haga efectivo el apercibimiento legal al momento de la dictación del a sentencia definitiva. Tribunal Resuelve: Se tendrá presente el apercibimiento solicitado en la oportunidad procesal pertinente. OBSERVACIONES A LA PRUEBA · La parte demandante formula observaciones a la prueba. -Argumentos que consta en el registro de audio. Tribunal Resuelve: Téngase por formuladas las observaciones a la prueba por parte de la demandante. El Tribunal realiza un receso con objeto de dar lectura de sentencia. Siendo las 13:25 horas el Tribunal procede a dictar sentencia. RESOLUTIVO DE LA SENTENCIA Y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 9, 453, 454 y siguientes, 461, 499 y siguientes, del Código del Trabajo
Fallo
se resuelve: I. Que se rechaza en todas sus partes la demanda interpuesta por Graciela Muñoz de La Parra en representación de Bryan Antonio Sierra Zamora y Fernando Antonio Sierra Lantadilla, en contra de Francisco Héctor Gaete Gallo. II. Que no se condena en costas a los demandantes única y exclusivamente por no haber mediado oposición de la contraria Regístrense, notifíquense y archívense los antecedentes en su oportunidad. Siendo las 13:35 horas se pone término a la presente audiencia, quedando las partes notificadas de todas las resoluciones recaídas en ella. Dirigió Doña Patricia Agüero Gaete, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, veintidós de agosto de dos mil veinticuatro.- Página 4 de 4
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El ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 22 de agosto de 2024 RUC 24-4-0589423-4 RIT M-328-2024 MAGISTRADO Patricia Agüero Gaete ADMINISTRATIVO DE ACTAS Cristian Chávez Parada HORA DE INICIO 09:53 HORA DE TERMINO 10:02 (sentencia 13:25 -13:35) Nº REGISTRO DE AUDIO 2440589423-4-1351 SALA 2.- PARTE DEMANDANTE Bryan Antonio Sierra Zamora
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