A3D CHILE S.A./NEXTTIME SOFTWARE S.A.
Rol
C-11185-2020
Fecha
24 de julio de 2024
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folio 1, con fecha 23 de julio de 2020, comparece Andr sé Montaner Lewin, abogado, en representaci n de ó A3D CHILE S.A., ambos con domicilio en Amun tegui N 277, Oficina N 201, Santiago, quiená ° ° viene en deducir demanda en juicio ordinario de mayor cuant a, deí indemnizaci n de perjuicios en sede contractual en contra de ó NEXTTIME SOFTWARE S.A., representada por don Juan Jos Gaete Droguett,é ignora profesi n, ambos con domicilio en Avda. Apoquindo N 6410,ó ° oficina N 214, Las Condes, Santiago.° Antecedentes que motivan la demanda. Comienza el demandante relatando que las partes mantuvieron relaciones comerciales a partir del a oñ 2008, cuando en busca de mejoras en sus procedimientos administrativos y comerciales, acordaron trabajar con el Sistema ERP Exact Globe del que la demandada era licenciada de la empresa EXACT (con sede en los Pa sesí Bajos) y que, en los hechos, es un programa computacional sobre administraci n contable y financiera de empresas, que incluye un sistema deó venta presencial TPV para administrar la venta en los locales de A3D. En dicho contexto, durante el a o ñ 2016 comenz a estudiar y planificar laó posibilidad de utilizar la soluci n CRM Synergy Exact Globe paraó integrarla con el Sistema ERP Globe. Expone que CRM Sinergy Exact Globe es una plataforma o sistema que permite el desarrollo de flujos de trabajo destinado al manejo y administraci n de las relaciones comerciales con los clientes, entonces si seó lograba integrar las bases de datos de este sistema con el ERP Exact Globe Código: CSJXXZENMZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-11185-2020 Foja: 1 se obten a una gran ventaja operativa, pues, se implementar a y unir a siní í í m s tr mite datos de la operaci n comercial con clientes a los contables yá á ó financieros de la Compa a.ñí As , la demandada les ofrec a integrar ambos sistemas de Exactí í Globe, por lo que tras las negociaciones correspondient
Fundamentos
Fundamentos de la acci n entablada.ó Sostiene que nos encontramos ante el incumplimiento de obligaciones contractuales, habiendo la demandada incurrido en evidente mora, pues, asumi tanto enó el 2017 como el 2019 la obligaci n de desarrollar los programas o sistemasó computacionales que ofreci a A3D para facilitar y optimizar su gesti nó ó contable, financiera y comercial, todo lo cual condujo a los sendos acuerdos reflejados tanto en las rdenes de compra que al efecto se emitieron comoó tambi n en el contrato pactado el 25 de enero del 2019, y por su parte, laé demandada incumpli todas y cada una de sus obligacionesó contractualmente contra das.í Expresa que lo acordado conforme a la orden de compra N° 500007095 del 27 de enero del 2017, para desarrollar la Soluci n CRMó Sinergy para integrarla con el ERP Globe no fue cumplido por la demandada, aunque su parte le hizo cumplido pago de $ 19.413.771; pero al final lo convenido en aquel entonces fue subsumido por el contrato del 25 de enero del 2019 cuyas obligaciones tampoco la demandada cumpli peseó Código: CSJXXZENMZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-11185-2020 Foja: 1 a todas las facilidades que ella se autoasign y a la buena disposici n de suó ó parte. Precisa que teniendo como plazo para terminar y entregar lo convenido el 31 de mayo del 2019 y las posteriores pr rrogas que se autoó concedi , la demandada nunca estuvo tan siquiera cerca para daró cumplimiento a sus obligaciones emanadas de dicho contrato. Constituyendo un flagrante y reiterado incumplimiento grave de las obligaciones contractuales, como de todas las que emanan de la naturaleza de la obligaci n o que por mandato de la ley o por las costumbres pertenecen aó ella. Con todo, de todas formas, recibi pagos por $70.797.970 por todosó estos a os a cambio de realmente nada.ñ Lo que se demanda. Sostiene que, en cumplimiento de sus obligaciones emanadas de los acuerdos con Nexttime efectu pagos por laó suma de $ 70.797.970 contra los cuales nada ha recibido hasta ahora, por lo que es evidente que ha experimentado un perjuicio patrimonial que debe ser resarcido en esa suma con m s los intereses corrientes desde la fecha ená que se efectu cada pago, con costas.ó A folio 14, con fecha 15 octubre de 2020, consta notificaci nó personal a don Juan Jos Gaete Droguett, en representaci n de Nexttimedé ó Software S.A. A folio 16, la parte demandada opuso excepciones dilatorias rechazadas a folio 8 del cuaderno electr nico 1.1 de excepciones dilatorias.ó A folio 20, consta contestaci nó de la demandada Nexttime Software S.A., y demanda reconvencional contra A3D CHILE S.A. En la contestaci n de la demanda, se sostiene:ó I. Antecedentes Generales. Expone que Nexttime Software S.A., [ NextTime ] es una empresa“ ” con una vasta trayectoria en el mercado nacional que ofrece soluciones tecnol gicas a clientes de diversos rubros y tama os, desarrollando y/oó ñ implementado programa
Fallo
se resuelve la objeci n planteada, indicando que no se han aportadoó antecedentes f cticos que sustenten la falsedad planteada, cuyaá argumentaci n dice m s bien relaci n con el valor probatorio del video enó á ó cuesti n, cuesti n que es una facultad privativa del tribunal, por tanto, seó ó rechaza la objeci n formulada.ó RESPECTO A LAS TACHAS SEGUNDO: Tacha opuesta en contra de la declaraci n de donó Patricio Andr s Espinoza Cereceda.é Código: CSJXXZENMZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-11185-2020 Foja: 1 Que, a folio 158, la parte demandada principal opuso tacha del art culo 358 N 5 del C digo de Procedimiento Civil en contra de doní ° ó Patricio Andr s Espinoza Cerecedaé , dado que el testigo se encuentra conteste en ser dependiente de la demandante, teniendo el cargo de jefe de rea inform tica desde el a o 2005, por lo tanto, solicita que se rechace suá á ñ testimonio. La parte demandante evacu el traslado conferido, solicitando eló rechazo de la tacha formulada porque la inhabilidad se ha interpretado referida a trabajadores y labradores dependientes, todo en un ambiente m sá bien dom stico y de dependencia absoluta, lo que no se condice con laé legislaci n del trabajo que se ha ido promulgando con posterioridad,ó estableciendo incluso una tutela en favor de trabajador que presta testimonio en juicio. Que, para resolver, habr de estarse a lo que mandata el art culo 358á í N 5 del C digo de Procedim
Texto Completo (Preview)
C-11185-2020 Foja: 1 FOJA: 209 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 22 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-11185-2020 CARATULADO : A3D CHILE S.A./Nexttime Software S.A. Santiago, veinticuatro de Julio de dos mil veinticuatro. VISTOS: A folio 1, con fecha 23 de julio de 2020, comparece Andr sé Montaner Lewin, abogado, en representaci n de ó A3D CHILE S.A., ambos con domicilio en A
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica