1º Juzgado Civil de Santiago

BANCO DEL ESTADO DE CHILE/

Rol

V-210-2023

Fecha

24 de julio de 2024

Materia

CRÉDITO, EXTRAVÍO DE TÍTULO

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: A folio 1, comparece MARCELO DAVICO RAMIREZ, abogado, cédula nacional de identidad Nº7.893.951-6, en representación de BANCO DEL ESTADO DE CHILE, RUT N°97.030.00- 7, domiciliado para estos efectos en Avenida Libertador Bernardo O”higgins N°1111, Santiago, quien solicita se declarare previo traslado al deudor MARCO ANTONIO VALENZUELA GODOY, cédula nacional de identidad Nº15.215.719-3, domiciliado en Pasaje Pillmayken N°29, Villa Las Crisálidas, Chillán, el extravío de la única copia autorizada endosable de la escritura de mutuo hipotecario que indica, declarando que el único titular y dueño del crédito es el BANCO DEL ESTADO DE CHILE, quien podrá ejercer todos los derechos que le corresponden como acreedor y portador legítimo del mutuo, además que la copia autorizada de la sentencia que se dicte reemplazará a la única copia autorizada endosable del mutuo referido para todos los efectos legales. Expone que mediante escritura pública de fecha 30 de Abril del año 2008, otorgada ante el Notario Público de Santiago doña Maria Gloria Acharán Toledo, y protocolizado con fecha 22 de mayo de 2008 bajo el N°3300, Repertorio N°11629, el BANCO DEL ESTADO DE CHILE dio un mutuo hipotecario endosable a MARCO ANTONIO VALENZUELA GODOY, cédula nacional de identidad Nº15.215.719-3, domiciliado en Pasaje Pillmayken N°29, Villa Las Crisálidas, Chillán, por la suma de 332,54000 Unidades de Fomento, en el plazo de 240 meses, pagadero a contar del día primero del mes subsiguiente al de la fecha de este contrato, por medio de igual número de dividendos mensuales vencidos y sucesivos. El dividendo mensual que corresponda pagar, será el que resulte de multiplicar el monto del préstamo en unidad de fomento, por los factores que para cada dividendo que constan en la tabla Código: SSFXXXFXXNZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 de desarrollo. Dicha tabla de desarrollo se encuentra protocolizada con fecha 27 de novie

Fallo

se declarare previo traslado al deudor MARCO ANTONIO VALENZUELA GODOY, cédula nacional de identidad Nº15.215.719-3, domiciliado en Pasaje Pillmayken N°29, Villa Las Crisálidas, Chillán, el extravío de la única copia autorizada endosable de la escritura de mutuo hipotecario que indica, declarando que el único titular y dueño del crédito es el BANCO DEL ESTADO DE CHILE, quien podrá ejercer todos los derechos que le corresponden como acreedor y portador legítimo del mutuo, además que la copia autorizada de la sentencia que se dicte reemplazará a la única copia autorizada endosable del mutuo referido para todos los efectos legales. Expone que mediante escritura pública de fecha 30 de Abril del año 2008, otorgada ante el Notario Público de Santiago doña Maria Gloria Acharán Toledo, y protocolizado con fecha 22 de mayo de 2008 bajo el N°3300, Repertorio N°11629, el BANCO DEL ESTADO DE CHILE dio un mutuo hipotecario endosable a MARCO ANTONIO VALENZUELA GODOY, cédula nacional de identidad Nº15.215.719-3, domiciliado en Pasaje Pillmayken N°29, Villa Las Crisálidas, Chillán, por la suma de 332,54000 Unidades de Fomento, en el plazo de 240 meses, pagadero a contar del día primero del mes subsiguiente al de la fecha de este contrato, por medio de igual número de dividendos mensuales vencidos y sucesivos. El dividendo mensual que corresponda pagar, será el que resulte de multiplicar el monto del préstamo en unidad de fomento, por los factores que para cada dividendo que constan en la tab

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Foja: 1 FOJA: 19 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-210-2023 CARATULADO : BANCO DEL ESTADO DE CHILE/ Santiago, veinticuatro de Julio de dos mil veinticuatro VISTO: A folio 1, comparece MARCELO DAVICO RAMIREZ, abogado, cédula nacional de identidad Nº7.893.951-6, en representación de BANCO DEL ESTADO DE CHILE, RUT N°97.030.00- 7, domiciliado pa

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