BANCO SANTANDER - CHILE S.A./LAMA
Rol
C-2822-2023
Fecha
24 de julio de 2024
Materia
MUTUO, COBRO EJECUTIVO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: En el folio N 1, comparece don Juan Antonio Rivera Barros,° abogado, en representaci n convencional de Banco Santander-Chile,ó sociedad an nima bancaria del giro de su denominaci n, cuyo gerenteó ó general es don Rom n Blanco Reinosa, ingeniero civil, quien deduceá demanda ejecutiva en contra de don Crist bal Rodrigo Lama Anan as,ó í ingeniero. En el folio N 3, del cuaderno de incidente de nulidad de lo obrado,° consta la notificaci n legal de la demanda a la demandada.ó En lo principal de folio N 54, la ejecutada opone a la ejecuci n las° ó excepciones del art culo 464, n meros 2, 6 y 7, del C digo deí ú ó Procedimiento Civil. En el folio N 58, la ejecutante evac a el traslado a las excepciones° ú opuestas. En el folio N 59, se declaran admisibles las excepciones opuestas y se° las recibe a prueba. Luego, se cita a las partes a o r sentencia.í
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en el folio N 1, comparece don Juan Antonio° Rivera Barros, abogado, domiciliado en calle 5 Poniente N 447, Vi a delº ñ Mar, y para estos efectos en calle Prat N 882, piso 4, Valpara so, enº í representaci n convencional de Banco Santander-Chile, cuyo gerenteó general es don Rom n Blanco Reinosa, ingeniero civil, domiciliado en calleá Bandera 140, Santiago, quien deduce demanda ejecutiva en contra de don Crist bal Rodrigo Lama Anan as, ingeniero, con domicilio en calle Eló í Olivar N 124, comuna de Colina, Regi n Metropolitana y/o en Avenida° ó Hermanos de la Costa N 651, departamento N 605, Condominio° ° Costanera del Mar, La Ligua. Se ala que, consta de la cl usula sexta de la escritura p blica deñ á ú compraventa, mutuo tasa fija e hipoteca, de fecha 27 de diciembre del a oñ 2019, otorgada ante el Notario P blico de Santiago, don Joaqu n Labbú í é Donoso, suplente del titular, don Ren Benavente Cash, que Bancoé Santander-Chile otorg a don Crist bal Rodrigo Lama Anan as, yaó ó í individualizado, un pr stamo por la cantidad dos mil doscientas treinta yé cuatro Unidades de Fomento, por su equivalente en pesos moneda legal a la fecha de la citada escritura, que el deudor declar recibir a su enteraó satisfacci n.ó Seg n consta de la cl usula s ptima del contrato de compraventa,ú á é mutuo tasa fija e hipoteca, el deudor se oblig a pagar a Banco Santander-ó Chile la citada cantidad de dos mil doscientas treinta y cuatro Unidades de Código: RWZBXXSXBLZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Fomento, juntamente con los correspondientes intereses, en el plazo de ciento cuarenta y cuatro meses, por medio de igual n mero de dividendos oú cuotas mensuales, vencidas y sucesivas, que comprenden capital e intereses o solamente intereses seg n el per odo al que correspondan. La tasa de inter sú í é real, anual y vencida que devenga el citado mutuo era de dos coma dos por ciento. El capital prestado o el saldo de la deuda y sus dividendos o cuotas se reajustar n y pagar n de acuerdo con la variaci n y al valor de laá á ó Unidad de Fomento, seg n lo fije el Banco Central de Chile. Considerandoú que las cuotas son vencidas, la primera se pagar a el d a uno del mesí í subsiguiente al de la fecha de la mencionada escritura y las restantes el primer d a de los meses siguientes. Las cuotas deb an ser pagadas en dineroí í por el equivalente del valor de la Unidad de Fomento a la fecha de su pago efectivo. Los dividendos mensuales incluir n, adem s de la cuota de capitalá á e intereses, las primas correspondientes a los seguros de incendio y de desgravamen y sus adicionales, si correspondiere. Con todo, en la cl usulaá s ptima. dos se deja expresa constancia que el deudor opta por no pagar lasé seis primeras cuota o dividendo del pr stamo. Por tal raz n se hané ó capitalizado los intereses respectivos, consider ndose tambi n en ella el pagoá é del impuesto correspondiente. En m
Fallo
se declaran admisibles las excepciones opuestas y se° las recibe a prueba. Luego, se cita a las partes a o r sentencia.í CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en el folio N 1, comparece don Juan Antonio° Rivera Barros, abogado, domiciliado en calle 5 Poniente N 447, Vi a delº ñ Mar, y para estos efectos en calle Prat N 882, piso 4, Valpara so, enº í representaci n convencional de Banco Santander-Chile, cuyo gerenteó general es don Rom n Blanco Reinosa, ingeniero civil, domiciliado en calleá Bandera 140, Santiago, quien deduce demanda ejecutiva en contra de don Crist bal Rodrigo Lama Anan as, ingeniero, con domicilio en calle Eló í Olivar N 124, comuna de Colina, Regi n Metropolitana y/o en Avenida° ó Hermanos de la Costa N 651, departamento N 605, Condominio° ° Costanera del Mar, La Ligua. Se ala que, consta de la cl usula sexta de la escritura p blica deñ á ú compraventa, mutuo tasa fija e hipoteca, de fecha 27 de diciembre del a oñ 2019, otorgada ante el Notario P blico de Santiago, don Joaqu n Labbú í é Donoso, suplente del titular, don Ren Benavente Cash, que Bancoé Santander-Chile otorg a don Crist bal Rodrigo Lama Anan as, yaó ó í individualizado, un pr stamo por la cantidad dos mil doscientas treinta yé cuatro Unidades de Fomento, por su equivalente en pesos moneda legal a la fecha de la citada escritura, que el deudor declar recibir a su enteraó satisfacci n.ó Seg n consta de la cl usula s ptima del contrato de compraventa,ú á é mutuo tasa fija e hipoteca, el deudor se oblig
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NOMENCLATURA : 1. [40] Sentencia. JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Valpara so.º í CAUSA ROL : C-2822-2023. CARATULADO : BANCO SANTANDER-CHILE S.A./LAMA. MATERIA : JUICIO EJECUTIVO. Valpara so, veinticuatro de julio de dos mil veinticuatro.í VISTO: En el folio N 1, comparece don Juan Antonio Rivera Barros,° abogado, en representaci n convencional de Banco Santander-Chile,ó sociedad an nima bancaria de
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