4 ° Juzgado de Letras Civil de Antofagasta

SOCIEDAD DE INVERSIONES EMPRENOR LIMITADA/NEIRA

Rol

C-1610-2024

Fecha

24 de julio de 2024

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 11 de abril de 2024, comparece la abogada Karin Jofré Jeria, en representación de Sociedad de Inversiones Emprenor Ltda., representada por Raúl Moisés Moreno Moreno, factor de comercio, todos domiciliados para estos efectos en calle Arturo Prat 632, Local 1, Antofagasta; e interpone demanda ejecutiva en contra de don Juan Antonio Neira Orrego, independiente, domiciliado en Raúl Cisternas N°9507, Pobl. Bonilla, Antofagasta, de conformidad a los siguientes fundamentos. Explica, que su representado es dueño de los siguientes pagarés que fueron suscritos en Antofagasta, por el demandado, ya individualizado: 1.-Pagaré N°00054110, suscrito el día 1 de octubre del 2022, por el cual la demandada se confiesa deudora y se obliga a pagar a la Sociedad de Inversiones Emprenor Ltda. la cantidad de $4.272.000.-, en 48 cuotas iguales y sucesivas, cada una de $89.000.-, con vencimiento los días 30 de cada mes, venciendo la primera de ellas el 30 de noviembre del 2022 y la última el 30 de octubre del 2026. Al respecto, sostiene que el demandado no dio cumplimiento con su obligación toda vez que cesó en el pago a Código: GXRZXXXNLJZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1610-2024 partir de la cuota Nº3, con vencimiento el día 30.12.2022 por lo que, en virtud de la cláusula de aceleración contenida en el pagaré, se hace exigible el total de la deuda como si fuera de plazo vencido, adeudando 46 cuotas que asciende a la suma total de $4.094.000.-, más los intereses, reajustes correspondientes y las costas que se generen en el presente juicio. 2. Pagaré N°00053402, suscrito el día 10 de agosto del 2020, en el cual la demandada se confiesa deudora y se obliga a pagar a la Sociedad de Inversiones Emprenor Ltda. la cantidad de $9.120.000.-, en 60 cuotas iguales y sucesivas, cada una de $152.000, con vencimiento los días 30 de cada mes, venciendo la primera de ellas el 30 de octubre del 2020 y la última el

Fundamentos

fundamentos de derecho, afirma que el suscriptor de un pagaré se encuentra obligado a pagarlo conforme lo dispone los artículos 33, 79, 106 y 107 de la Ley N° 18.092 sobre letra de cambio y pagaré. Sostiene que el pagaré es un título ejecutivo perfecto cuando la firma del suscriptor se encuentra autorizada ante Notario Público, situación que acontece en el caso sub-lite conforme lo dispone el artículo 434 N°4 del Código de Procedimiento Civil,

Fallo

por tanto, tiene mérito ejecutivo y se basta a sí mismo para iniciar la ejecución. Asimismo, la obligación es líquida, puesto que se encuentra perfectamente determinada la cantidad a pagar, actualmente exigible, requisito que se cumple al no estar la obligación sujeta a ninguna modalidad y su acción ejecutiva no se encuentra prescrita, al no haber transcurrido un año desde que la obligación ejecutiva se ha hecho exigible, esto es, desde el vencimiento de su última cuota. Finalmente, en virtud de lo expuesto y de lo dispuesto en las disposiciones legales citadas, del artículo 434 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, de la Ley Nº 18.092 sobre letra de cambio y pagaré y demás normas pertinentes; solicita se tenga por interpuesta demanda Código: GXRZXXXNLJZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1610-2024 ejecutiva en contra del demandado, ya individualizado; se ordene despachar mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $8.796.000 más reajustes, intereses y costas; y que se siga adelante la ejecución hasta hacerse entero y cumplido pago del capital, intereses y costas. Con fecha 23 de mayo de 2024, comparece don Juan Antonio Neira Orrego, y se opone a la ejecución deduciendo la excepción del N°7 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, referida a la falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidas por las leyes para que el título tenga fuerza ejecutiva, sea a

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C-1610-2024 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 ° Juzgado de Letras Civil de Antofagasta CAUSA ROL : C-1610-2024 CARATULADO : SOCIEDAD DE INVERSIONES EMPRENOR LIMITADA/NEIRA Antofagasta, veinticuatro de Julio de dos mil veinticuatro VISTOS: Con fecha 11 de abril de 2024, comparece la abogada Karin Jofré Jeria, en representación de Sociedad de Inversiones Emprenor Ltda., representada por Ra

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