GARCÍA/
Rol
V-62-2024
Fecha
24 de julio de 2024
Materia
BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, con fecha 27 de mayo de 2024 , comparece don Juan Andr s Iriarte vilaé Á , abogado, c dula de identidad nacional n mero 16.857.585-é ú 8, en representaci n de don ó Pablo Esteban Garc a Cornejoí , arquitecto, c dula deé identidad nacional n mero 15.630.5707, ambos domiciliados para estos efectos en calleú Carmen #752, Oficina 904, Curic , quien deduce reclamo contra la negativa a inscribiró estampada por el se or ñ Conservador de Bienes Ra ces de Curic , í ó don Eduardo Andr s del Campo Vial, respecto de la carpeta signada con el Petitorio n mero 299.039.é ú Indica que con fecha 31 de diciembre del a o 2020, don Pablo Esteban Garc añ í Cornejo, como comprador, y do a Elba Rosa Rojas Aravena, en representaci n de do añ ó ñ Adriana De Las Mercedes Aravena Beltr n, como vendedora, celebraron una escrituraá p blica de compraventa de inmueble ante el Notario P blico de esta ciudad don Hern nú ú á Fuentes Acevedo, que qued agregada bajo el Repertorio N 2624-2020 de dichaó ° Notar a, cuya copia se acompa a al otros . í ñ í Que, de acuerdo con lo pactado en la cl usula segunda, don Pablo Estebaná Garc a Cornejo compr , acept y adquiri para s el inmueble denominado comoí ó ó ó í LOTE 53B-1F2 resultante de la subdivisi n de la Parcela 53 B-1, resultante de la“ ó subdivisi n del Lote 53B, este de la subdivisi n de la Parcela 53 del Proyecto deó ó Parcelaci n La Laguna ubicado en la comuna de Teno, provincia de Curic , que tieneó ó” una superficie de 5.000 metros cuadrados y cuyos deslindes constan descritos en la escritura mencionada, y en escrituras p blicas rectificatoria y complementariasú Repertorios N 695-2022 y N 1368-2022, ambas otorgadas ante el mismo Notario que° ° autoriza la matriz citada, que se acompa an al otros . Al inmueble objeto de la venta señ í le asign el Rol de Aval o en tr mite n mero 1068-523 de la comuna de Teno. ó ú á ú El t tulo de dominio a nombre de la vendedora es la inscripci n de fojas 4.533,í ó n mero 2.132 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Curicú í ó correspondiente al a o 2017ñ Código: FBVWXXBSJJZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Que con fecha 25 de enero del a o 2021, su representado requiri la inscripci nñ ó ó de la escritura de compraventa, Repertorio N 2624-2020 de la Notar a Fuentes Acevedo,° í ante el Conservador de Bienes Ra ces de Curic , caratul ndose la carpeta con elí ó á Petitorio n mero 299.039 y formul ndose el d a 1 de febrero de 2.021 los siguientesú á í reparos: no cita plano de subdivisi n respectivo, por lo que no se pudo revisar deslindes“ ó y superficie del lote que se vende. - visitado el sistema del SII, repertorio de la escritura que acompa a, no se encuentra vinculado a ning n f.2890,
Fallo
por tanto, emitir. - alñ ú reingreso de proceder, verificar que el pago de contribuciones se encuentre al d a. í ” Debido a lo anterior, con fechas 8 de marzo de 2022 y 4 de mayo de 2022, mediante escrituras p blicas rectificatorias, aclaratorias y complementarias otorgadas anteú el Notario P blico de esta ciudad don Hern n Fuentes Acevedo, Repertorios N 695-ú á ° 2022 y N 1368-2022, do a Nora Del Carmen Cornejo Rivera procedi a corregir los° ñ ó reparos antes se alados, que permitieron subsanar el historial de reparos asociado añ dichas observaciones. No obstante, luego de ser reingresada la carpeta ante el se orñ Conservador de Bienes Ra ces de Curic para su inscripci n con las correccionesí ó ó requeridas, con fecha 22 de agosto del a o 2.022 se procede a estampar un nuevoñ “ ” reparo en el siguiente tenor: conforme a la modificaci n que efect a la ley 21458, al“ ó ú decreto con fuerza de ley las servidumbres deben inscribirse. por lo anterior, se debe se alar predio dominante, predio sirviente, superficie y deslindes. ñ ” A partir de lo anterior, su parte estima que con dicha observaci n y la exigenciaó de distintas escrituras para corregirla, el Conservador de Bienes Ra ces ha excedido susí atribuciones legales en la materia, pues ha exigido aplicar una normativa que no obliga a los interesados del contrato a constituir una servidumbre sobre el predio y ha rehusado as la inscripci n del inmueble a favor del comprador sin raz n legal que lo habilite paraí ó ó ello. Que e
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RIT« » Foja: 1 FOJA: 9 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Curicº ó CAUSA ROL : V-62-2024 CARATULADO : GARC A/Í Curico, veinticuatro de Julio de dos mil veinticuatro VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, con fecha 27 de mayo de 2024 , comparece don Juan Andr s Iriarte vilaé Á , abogado, c dula de identidad nacional n mero 16.857.585-é ú 8, en representac
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