GARCÍA/
Rol
V-91-2023
Fecha
24 de julio de 2024
Materia
CRÉDITO, EXTRAVÍO DE TÍTULO
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto por los artículos 88 y siguientes de la Ley N° 18.092; SE DECLARA: l.- Que, SE ACOGE la solicitud efectuada el 27 de mayo de 2023, declarándose el extravío de los documentos singularizados en este fallo, consistente en depósitos a plazo renovable en pesos N° 011620-del Banco de Chile, sucursal Constitución, a 35 días y con un capital inicial de $45.009.978.-, y N° 284407-8 del Banco de Chile, sucursal Constitución, a 30 días y con un capital inicial de $2.753.312.- ambos a nombre del titular LUIS ALBERTO GARCÍA VILLAR, R.U.N. N° 2.388.913-7, facultándose a la compareciente doña EMPERATRIZ DEL CARMEN GARCÍA LARA, RUN N° 7.021.773-2, para que en representación de la Sucesión quedada al fallecimiento de su padre don LUIS ALBERTO GARCÍA VILLAR, tomador ya individualizado, mediante copia autorizada de la presente sentencia, ejerza los derechos que le correspondan, quedando por este hecho nulo y sin ningún valor el documento original perdido o extraviado. II.- Que, SE AUTORIZA al Banco de Chile, a extender un duplicado del mencionado documento extraviado, para los fines que el interesado individualizado estipule conforme a derecho. Regístrese, notifíquese por correo electrónico al solicitante, y archívese en su oportunidad. Código: TSWTXXXYHJZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl . Dictada por don Guillermo Alberto Cofré Rivera, Juez Suplente, Juzgado de Letras de Constitución. Constitución, a veinticuatro de julio de dos mil veinticuatro, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Código: TSWTXXXYHJZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-07-24T13:46:17-0400
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1 y complementado a folio 5, comparece doña EMPERATRIZ DEL CARMEN GARCÍA LARA, cédula nacional de identidad N° 7.021.773-2, domiciliada en Avda. Enrique Don Muller N° 936, Constitución, quien expone que como consta en posesión efectiva de sus padres, don LUIS ALBERTO GARCÍA VILLAR, cédula nacional de identidad 2.388.913-7, N° Inscripción 94.328 del año 2022 y doña MARÍA MAGDALENA LARA VALENZUELA, cédula nacional de identidad 2.297.224-3, N° Inscripción 94.361 del año 2022, es heredera de dos depósitos a plazo renovable en pesos, tomados en la sucursal de Constitución del Banco de Chile, tal como consta en certificado de saldo bancario acompañado en autos, por un monto de $2.540.412.- y $41.475.455.- Dichos depósitos a plazo se encuentran actualmente extraviados. Concluye señalado que de acuerdo con lo expuesto y conforme a los artículos 88 y siguientes de la ley 18.092 y la ley 18.552; solicita se declare extraviado los documentos individualizados precedentemente, instruya no efectuar el pago del mismo, dejando sin efecto las copias extraviadas, ordenando la emisión de un duplicado de los depósitos a plazo originales y con mérito de una copia autorizada de la sentencia, se le permita ejercer los derechos que le correspondían en virtud de los ya referidos depósitos a plazo. SEGUNDO: Que, a folio 5, la solicitante acompañó los documentos consistentes en: 1) Duplicado de certificado de posesión efectiva N° de inscripción 94.328 del año 2022; 2) Duplicado de certificado de posesión efectiva N° de inscripción 94.361 del año 2022; y 3) Certificado de depósito a plazo emitido por Banco de Chile, por un monto de $2.540.412 y $41.475.455, de fecha 12 de Junio del año 2023. TERCERO: Que, a folio 26 consta que la solicitud de autos se notificó personalmente a don Fernando Albornoz, Agente del Banco de Chile, Sucursal Constitución. Mientras que a folio 36, se certificó que la solicitud también se notificó mediante aviso publicado en el Diario Oficial de la República, edición N° 43.777 del 15 de febrero de 2024. A folio 39, se certificó que no se presentaron interesados oponiéndose a la petición de la compareciente y que el plazo para hacerlo se encuentra vencido. Finalmente, a folio 42, se trajeron los autos para fallo, pero a folio 43 se decretó medida para mejor resolver, consistente en oficiar al Banco de Chile, Código: TSWTXXXYHJZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl sucursal Constitución, para efecto que informe al Tribunal los números de operaciones de los depósitos a plazo renovables asociados a don LUIS ALBERTO GARCÍA VILLAR, cédula nacional de identidad N°2.388.913-7 y doña MARÍA MAGDALENA LARA VALENZUELA, cédula nacional de identidad N° 2.297.224-3, asimismo informe el capital inicial y monto actualizado a la fecha, medida que se tuvo por cumplida a folio 46. Finalmente, en atención a lo informado por el Banco de Chile, a folio 47, se decretó m
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto por los artículos 88 y siguientes de la Ley N° 18.092; SE DECLARA: l.- Que, SE ACOGE la solicitud efectuada el 27 de mayo de 2023, declarándose el extravío de los documentos singularizados en este fallo, consistente en depósitos a plazo renovable en pesos N° 011620-del Banco de Chile, sucursal Constitución, a 35 días y con un capital inicial de $45.009.978.-, y N° 284407-8 del Banco de Chile, sucursal Constitución, a 30 días y con un capital inicial de $2.753.312.- ambos a nombre del titular LUIS ALBERTO GARCÍA VILLAR, R.U.N. N° 2.388.913-7, facultándose a la compareciente doña EMPERATRIZ DEL CARMEN GARCÍA LARA, RUN N° 7.021.773-2, para que en representación de la Sucesión quedada al fallecimiento de su padre don LUIS ALBERTO GARCÍA VILLAR, tomador ya individualizado, mediante copia autorizada de la presente sentencia, ejerza los derechos que le correspondan, quedando por este hecho nulo y sin ningún valor el documento original perdido o extraviado. II.- Que, SE AUTORIZA al Banco de Chile, a extender un duplicado del mencionado documento extraviado, para los fines que el interesado individualizado estipule conforme a derecho. Regístrese, notifíquese por correo electrónico al solicitante, y archívese en su oportunidad. Código: TSWTXXXYHJZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl . Dictada por don Guillermo Alberto Cofré Rivera, Juez Suplente, Juzgado de Letra
Texto Completo (Preview)
FOJA: 50. Constitución, veinticuatro de julio de dos mil veinticuatro. VISTO, TENIENDO PRESENTE Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1 y complementado a folio 5, comparece doña EMPERATRIZ DEL CARMEN GARCÍA LARA, cédula nacional de identidad N° 7.021.773-2, domiciliada en Avda. Enrique Don Muller N° 936, Constitución, quien expone que como consta en posesión efectiva de sus padres, don LUIS ALBE
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