12º Juzgado Civil de Santiago

ULLOA/FISCO DE CHILE- CONSEJO

Rol

C-21158-2023

Fecha

24 de julio de 2024

Materia

HACIENDA,PROCED.CUANTÍA SUPERIOR ART.. 749 C.P.C

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que, con fecha 18 de diciembre de 2023, compareci donó RA L NIBALDO ULLOAÚ LAGUNAS, Jubilado, c dula de identidad 6.481.734-5, domiciliado para estos efectosé en calle Manuel Antonio Maira 1011 casa Q comuna de Providencia, debidamente representado por el abogado don GUILLERMO HERN N LARA LEALÁ , demandó de indemnizaci n de perjuicios al FISCO DE CHILE, representado por el Presidente deló CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO, el abogado don RA L LETELIERÚ WARTENGER, ambos con domicilio, en calle Agustinas N 1225, 4to. piso, Santiago.° Comienza se alando que ñ naci en 1950, en Temuco y, proviene de una familia dedicadaó a la agricultura. En la poca en que ocurrieron los hechos que se relatar n enseguida,é á era estudiante de Dise o y Dibujo T cnico, en la Universidad de Chile, Sede Temuco yñ é militaba en el MIR desde 1969. Refiere que en el contexto del r gimen de facto queé gobern Chile entre septiembre de 1973 y marzo de 1990, bajo cuyo imperio se habr aó í implementado una pol tica sistem tica de detenci n, tortura y desaparici n deí á ó ó ciudadanos opositores, fue detenido El 13 de Septiembre de 1973 en su domicilio de Temuco, junto con sus hermanos Jorge y Galvarino, por una patrulla de Carabineros que se desplazaba en un cami n en el que fueron trasladados al Reten de las Quilas enó Temuco. Durante el tiempo que estuvieron ah , fue sometido a reiteradas torturas;í maltrato f sico en todas partes del cuerpo, con golpes de garrote de madera y de metal,í la aplicaci n de electricidad en los genitales sienes y cabeza. Posteriormente fueó amarrado a un catre met lico, con la vista vendada y la cabeza envuelta en un trapo, laá boca tapada y, le aplicaron descargas el ctricas en los ojos, genitales, ano, en todo elé cuerpo. En la sesi n siguiente fue colgado, atado de las mu ecas y tobillos con cadenas aó ñ una viga del techo sometidos a descargas el ctricas y golpes de pu os. No sabe cuantoé ñ tiempo duraban las sesiones de tortura. Adem s, estaban sometidos a pri

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don RA L NIBALDO ULLOA LAGUNAS, Ú demand deó indemnizaci n de perjuicios al FISCO DE CHILE, representado por el Presidente deló CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO, don RA L LETELIER WARTENGER, aÚ objeto de que el ente estatal sea condenado a pagar en su favor $300.000.000, a t tulo deí indemnizaci n por da o moral que se le infiri con ocasi n de la privaci n de libertad yó ñ ó ó ó torturas de las que fue v ctima a manos de agentes del Estado o la suma que el Tribunalí en justicia determine, m s reajustes e intereses y costas. á SEGUNDO: Que, legalmente emplazado, el demandado opuso primeramente la excepci n de reparaci n satisfactiva, por ya haber recibido el demandante diversosó ó beneficios asistenciales por parte del Estado. Asimismo, opuso la excepci n deó prescripci n extintiva conforme a lo previsto en los art culos 2332 y 2497 del C digoó í ó Civil. Por ltimo, alega lo desproporcionado que resulta la suma pretendida por el actor,ú la improcedencia de que se le indemnice nuevamente a ra z de los mismos hechos y laí impertinencia de aplicar intereses y reajustes sobre una eventual indemnizaci n que seó declare en la sentencia que dirima la controversia. TERCERO: Que, en el tr mite de la r plica la demandante busc refutar las defensasá é ó opuestas por el demandado, manifestando que no ha existido una reparaci n ntegra poró í parte del Estado a las v ctimas de violaciones a los derechos humanos, que laí prescripci n civil no opera trat ndose de atentados de lesa humanidad, y que es eló á Tribunal quien en definitiva debe fijar el monto de la indemnizaci n acorde con el delitoó y el da o causado y, desde cuando se aplican los intereses y reajustes. ñ Código: LFJXXXTQFDZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-21158-2023 Foja: 1 CUARTO: Que, en el tr mite de la d plica el demandado profundiz lasá ú ó argumentaciones ya vertidas en la contestaci n, amparado en jurisprudencia. ó QUINTO: Que, para la prueba de sus asertos, la parte demandante acompa ,ñó legalmente y sin objeci n de contrario, los documentos que seguidamente se detallan ó 1. Certificado de la Fundaci n de Documentaci n y Archivo de la Vicar a de laó ó í Solidaridad donde se consigna la fecha de detenci n de Ra l ó ú Nibaldo Ulloa Lagunas por Carabineros de Chile, los lugares de detenci n, sometido a Consejoó de Guerra y conmutaci n de pena por extra amiento.ó ñ 2. Copia del Archivo N 9550 de Instituto Nacional de Derechos Humanos donde se° reconoce como v ctima a don Ra l Nibaldo Ulloa Lagunasí ú 3. Copia de la solicitud presentada por Ra l Nibaldo Ulloa Lagunas al Ministerio deú Justicia de la poca, pidiendo la conmutaci n de pena por extra amiento.é ó ñ 4. P gina 596 de la n mina de la Comisi n Nacional de Prisi n Pol tica y Tortura.á ó ó ó í 5. Informe de Evaluaci n Psicol gica efectuada al demandante por la psic logaó ó ó Marcela Oyarzo Aguilar y diagn stico de s ndrome de Estr s Post-Traum

Fallo

fallo de la instancia, que es el momento en el que la obligaci n adquiere un objeto determinado y por lo tanto susceptible deó cumplimiento desde su notificaci n legal. ó Que, con fecha 16 de abril de 2024, el demandado evacu la duplica, en la queó ahonda en las argumentaciones ya vertidas en la contestaci n, insistiendo que eló demandante ya fue suficientemente reparado a prop sito de la ley 19.992 y, refutandoó los argumentos en torno a la imprescriptibilidad de las acciones civiles emanadas de un delito de lesa humanidad, amparado en jurisprudencia. Que, con fecha 18 de abril de 2024, se recibi la causa a prueba, fij ndose los hechosó á sustanciales, pertinentes y controvertidos, sobre los cuales sta hubo de recaer. é Que con fecha 12 de julio de 2024, se cit a las partes para o r sentencia.ó í CON LO RELACIONADO Y, CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don RA L NIBALDO ULLOA LAGUNAS, Ú demand deó indemnizaci n de perjuicios al FISCO DE CHILE, representado por el Presidente deló CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO, don RA L LETELIER WARTENGER, aÚ objeto de que el ente estatal sea condenado a pagar en su favor $300.000.000, a t tulo deí indemnizaci n por da o moral que se le infiri con ocasi n de la privaci n de libertad yó ñ ó ó ó torturas de las que fue v ctima a manos de agentes del Estado o la suma que el Tribunalí en justicia determine, m s reajustes e intereses y costas. á SEGUNDO: Que, legalmente emplazado, el demandado opuso primeramente la excepci n de reparaci n satisfactiva, po

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C-21158-2023 Foja: 1 FOJA: 26 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 12 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-21158-2023 CARATULADO : ULLOA/FISCO DE CHILE- CONSEJO Santiago, veinticuatro de Julio de dos mil veinticuatro VISTOS: Que, con fecha 18 de diciembre de 2023, compareci donó RA L NIBALDO ULLOAÚ LAGUNAS, Jubilado, c dula de identidad 6.481.734-5, domiciliado para estos efectosé e

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