ROSSEL/CASA EMMA
Rol
O-1381-2024
Fecha
21 de agosto de 2024
Materia
Despido injustificado, Feriado legal, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses, Remuneraciones, Semana corrida, Sueldo
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, con fecha 24 de febrero de 2024 comparece don NICOLAS GABRIEL ROSSEL GARCÍA, empleado, cédula nacional de identidad número 19.410.560-6, con domicilio para estos efectos en calle Miraflores N°113, oficina N°73, comuna de Santiago, región Metropolitana, deduce demanda de declaración de existencia de relación laboral y de la obligación de pagar cotizaciones previsionales, nulidad del despido, despido injustificado, y cobro de prestaciones e indemnizaciones laborales en contra de su ex empleador CASA EMMA SpA, empresa del giro de fotografía, rol único tributario N° 76.667.969-2, representada legalmente por doña NATALIA EMILIA CANALES MEJIAS, cédula nacional de identidad número 17.409.015-7 , artista visual, todos con domicilio en esta ciudad, Av. del Cóndor Sur N° 590, of.303, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana. La demanda y sus proveídos fueron notificados en forma personal subsidiaria con fecha 13 de marzo pasado; contestando la demanda en su oportunidad. Que, en la audiencia preparatoria se invitó a las partes a conciliación la que no se alcanzó. fijándose los hechos controvertidos, respecto de la cual debía recaer los medios de prueba. Celebrada la audiencia de juicio; y, encontrándose la causa en estado, se dicta sentencia, sin más trámite. CON LO OÍDO, VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, mediante el ejercicio de la acción, en contra su ex empleador CASA EMMA SpA, solicita que se declare la existencia de la relación laboral, solicitando: a) Que se declare la existencia de la relación laboral entre el demandante y la demanda, desde el 9 de noviembre de 2021 hasta el 1 de diciembre de 2023; b) Que se declare que su despido fue injustificado, por carecer de causa legal y fundamento; c) Recargo del 50% sobre los años de servicio por despido incausado: $2.550.475; d) Indemnización por Años de Servicios (2 años): $5.100.950; e) Indemnización sustitutiva de aviso previo: $2.550.475; f) Remuneración mes de diciembre de 2023: $1.744.000; g) Diferencias de remuneraciones en el sueldo base por pago incompleto del Ingreso Mínimo Remuneracional, y por semana corrida respecto de los 2 bonos que ganaba mensualmente, hasta 2 años contados hacia atrás desde la fecha en que se notifique la demanda; h) Diferencias de remuneraciones por semana corrida, hasta 2 años contados hacia atrás desde la fecha en que se notifique la demanda; i) Feriado legal (2 periodos): $5.100.950; j) Que se le adeudan cotizaciones previsionales desde el 9 de noviembre de 2021 hasta el 1 de diciembre de 2023; k) Que no estando las cotizaciones al día, se ordene al demandado a pagar la remuneración hasta la convalidación total del despido; l) Reajustes e intereses que corresponda aplicar a las cantidades antes señaladas; m) Las costas de la causa. LOS HECHOS. Expresa que prestó servicios personales bajo dependencia y subordinación para la demandada CASA EMMA SpA, desde el día 09 de noviembre del año 2021 hasta el día 01 de diciembre de 2023, fecha en que fue despedido de forma verbal y sin invocación de motivo alguno. Refiere que con fecha 20 de septiembre de 2021, su ex empleador publicó en Instagram una oferta de trabajo de “Retocador de fotografías”, manifestándole él su interés. Posteriormente, con fecha 23 de septiembre de 2021, Matthias Wherman, lo citó a una reunión, en la cual le explicó que su función principal en el estudio Fotográfico CASA EMMA SpA, en adelante también el “Estudio” sería retocar las fotos que se tomarán en el Estudio. Don Matthias Wherman lo tuvo a prueba hasta el 30 de septiembre del mismo año, y con esa fecha me señaló que ya no sólo necesitaba un retocador EXTERNO de fotografías, sino que un “ENCARGADO DEL DEPARTAMENTO DE POST-PRODUCCION”, función que asumí desde el día 9 de noviembre de 2021, concurriendo al Estudio de manera presencial, sin que nunca se le haya escriturado el contrato de trabajo, situación que se mantuvo hasta la fecha de su despido. Menciona que dentro de sus funciones como el Encargo del departamento de post-producción, estaban: el retoque fotográfico, envió y contacto directo con los clientes de la fotografías, recopilación y selección de las fotografías de los clientes, gestionar y dirigir los estados en la maestra (sistema de Excel automatizado), asignar retoques, extraer e-book del sistema, at
Fallo
Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en los artículos, 1 y siguientes, 7 y siguientes, 10, 22, 42, 45, 63, 68 y siguientes, 73, 160, 161, 162, 172, 173, 425 y siguientes, 453, 454 y siguientes del Código del Trabajo; 1698 del Código Civil, y demás disposiciones legales aplicables, se declara que se acoge la demanda promovida por don NICOLAS GABRIEL ROSSEL GARCÍA, en contra de CASA EMMA SpA, ambos ya individualizados, se declara: (I°) Que, entre las partes existió una relación laboral desde el 9 de noviembre de 2021 y que concluyó por despido sin cumplimiento de las formalidades legales, ocurrido el mes de 1 de diciembre de 2023; y, en consecuencia, deberá pagar lo siguiente: a) indemnización sustitutiva de aviso previo: $ 1.744.000; b) indemnización por años de servicio: $ 3.488.00.-; y, c) recargo legal, $ 1.744.000; II° Que, la demandada deberá pagar, también, las siguientes prestaciones laborales: a) Remuneración mes de noviembre de 2023: $1.744.000; b) Feriado legal (2 periodos): 2.441.600.- III.- Cotizaciones previsionales en AFP UNO, AFC Chile y Fonasa, correspondientes al periodo comprendido entre 9 de noviembre de 2021 y el 1 de diciembre de 2023, debiendo oficiarse a las instituciones previsionales correspondientes, una vez que se encuentre ejecutoriada el fallo; IV: Remuneraciones, cotizaciones de seguridad social y demás prestaciones que se devenguen desde la fecha del despido hasta la fecha en que se convalide el despido de conformidad a lo dis
Texto Completo (Preview)
1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, veintiuno de agosto de dos mil veinticuatro. VISTOS: Que, con fecha 24 de febrero de 2024 comparece don NICOLAS GABRIEL ROSSEL GARCÍA, empleado, cédula nacional de identidad número 19.410.560-6, con domicilio para estos efectos en calle Miraflores N°113, oficina N°73, comuna de Santiago, región Metropolitana, deduce demanda de declaración de e
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica