MARTÍNEZ/
Rol
V-33-2024
Fecha
23 de julio de 2024
Materia
CRÉDITO, EXTRAVÍO DE TÍTULO
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 21 de marzo de 2024 en folio 1, comparece don FERNANDO JAVIER SERRANO GONZÁLEZ, abogado, cédula de identidad N°14.530.216-1, chileno, domiciliado en Huérfanos número 1373, oficina 306, comuna de Santiago, en representación de don HÉCTOR RODRIGO MARTÍNEZ LABARCA, divorciado, cédula de identidad N°10.853.102-9, profesión u oficio médico, con domicilio en Irarrázaval N°2899 departamento N°1205 B, comuna de Ñuñoa, quien indica que su representado era propietario y portados del siguiente depósito a plazo renovable que detalla a continuación: Comprobante de depósito a plazo del Banco BCI, SERIE N°:003110314653; N° DE OPERACIÓN: 071001072721; TIPO DE DEPOSITO: DEPÓSITO A PLAZO RENOVABLE INDEFINIDO ENDOSABLE; CAPITAL INICIAL 31,9854 UF, OFICINA 031-BUIN, a nombre de HÉCTOR RODRIGO MARTÍNEZ LABARCA, divorciado, cédula de identidad número 10.853.102-9, profesión u oficio médico, con domicilio en Irarrázaval N°2899 departamento N°1205 B, comuna de Ñuñoa. En mérito de lo expuesto y citas legales que enuncia, solicita se declare el extravío del instrumento, instruyéndose no efectuar el pago del mismo, dejando sin efecto la copia extraviada, ordenando la emisión un duplicado del depósito a plazo original y con mérito de la copia autorizada de la sentencia, se permita ejercer los derechos que correspondan. Con fecha 09 de abril de 2024 en folio 8, consta la notificación de la presente solicitud al Banco de Crédito e Inversiones, quien no compareció ni emitió informe durante toda la tramitación del procedimiento voluntario. Con fecha 02 de mayo de 2024 en folio 9, se acompaña copia de publicación de extracto realizada en el diario oficial con la misma fecha, conforme a lo dispuesto en el artículo 89 de la ley 18.092. Con fecha 07 de junio de 2024 en folio 16, se certificó que no comparecieron otros interesados a hacer valer sus derechos dentro de plazo legal, respecto al documento materia de autos. Con fecha 10 de junio de 2024 en folio 18, se trajeron los au
Fallo
En mérito de lo expuesto y citas legales que enuncia, solicita se declare el extravío del instrumento, instruyéndose no efectuar el pago del mismo, dejando sin efecto la copia extraviada, ordenando la emisión un duplicado del depósito a plazo original y con mérito de la copia autorizada de la sentencia, se permita ejercer los derechos que correspondan. Con fecha 09 de abril de 2024 en folio 8, consta la notificación de la presente solicitud al Banco de Crédito e Inversiones, quien no compareció ni emitió informe durante toda la tramitación del procedimiento voluntario. Con fecha 02 de mayo de 2024 en folio 9, se acompaña copia de publicación de extracto realizada en el diario oficial con la misma fecha, conforme a lo dispuesto en el artículo 89 de la ley 18.092. Con fecha 07 de junio de 2024 en folio 16, se certificó que no comparecieron otros interesados a hacer valer sus derechos dentro de plazo legal, respecto al documento materia de autos. Con fecha 10 de junio de 2024 en folio 18, se trajeron los autos para fallo. Código: NFPRXXWNZVY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl TENIENDO PRESENTE: Que, del mérito del documento acompañado, lo dispuesto en los artículos 88 y siguientes de la ley 18.092, sobre Letra de Cambio y Pagaré, y el artículo 817 del Código de Procedimiento Civil; SE HACE LUGAR, a lo solicitado en lo principal de la presentación ingresada con fecha 21 de marzo de 2024 en folio 1, declarándo
Texto Completo (Preview)
FOJA: 17 .- ( diecisiete) NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Buinº CAUSA ROL : V-33-2024 CARATULADO : MART NEZ/Í Buin, veintitrés de Julio de dos mil veinticuatro. VISTOS: Con fecha 21 de marzo de 2024 en folio 1, comparece don FERNANDO JAVIER SERRANO GONZÁLEZ, abogado, cédula de identidad N°14.530.216-1, chileno, domiciliado en Huérfanos número 1373, oficina 306, co
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