BUSTOS/
Rol
V-81-2024
Fecha
23 de julio de 2024
Materia
NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS A folio 1, comparece RICARDO ARON BUSTOS DÍAZ, cédula de identidad N 19.519.797-0, estudiante, domiciliado para estos efectos en calle 18 de septiembre 555, Temuco, quien solicita el cambio de su nombre RICARDO ARON BUSTOS DÍAZ, con el objeto de que en el futuro su nombre completo sea DITO FERNÁNDEZ BUSTOS. Refiere que actualmente tiene 26 años de edad, y desde hace más de 6 años he sido conocido socialmente como DITO FERNÁNDEZ BUSTOS, sintiéndose identificado únicamente al ser llamado como tal. Agrega que su progenitor posee el mismo nombre con el cual fue registrado, pero tomaron distancia por diferencias en cuanto a creencias en relación a la orientación sexual, ocasionando así un menoscabo moral al ser llamado de la misma forma que él, sintiéndose en consecuencia incómodo e infeliz. Explica que el apellido FERNÁNDEZ para él tiene un impacto emocional positivo, es muy importante ya que es el apellido que poseía su difunta abuela materna, persona que ha sido muy importante para su vida en general, siendo un orgullo para él llevarlo y ser conocido por sus pares como DITO FERNÁNDEZ BUSTOS. De acuerdo a lo expuesto, documentos acompañados y en especial a las disposiciones de la Ley 17.344, y demás normativa aplicable al caso concreto, solicita se autorice su cambio de nombre. A folio 6 y 14, consta informe de Policía de Investigaciones de Chile A folio 7 y 26, obra informe de Carabineros de Chile A filo 12, se registra informe del Servicio de Registro Civil e Identificación A folio 20, se certificó por la Ministra de Fe del Tribunal, la publicación efectuada en el diario oficial. A folio 22, se acompaña declaración jurada de soltería del solicitante. Al folio 25, se rindió información sumaria de testigos. Al folio 29, se ordenó traer los autos para fallo. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que, para resolver la solicitud planteada por la peticionaria, de la forma como lo ha propuesto debe tenerse presente lo que dispone el artículo 1 inciso tercero de la ley 17.344, sobre cambio de nombre que en lo pertinente dispone: “Toda persona tiene derecho a usar los nombres y apellidos con que haya sido individualizada en su respectiva inscripción de nacimiento. Sin perjuicio de los casos en que las leyes autorizan la rectificación de inscripciones del Registro Civil, o el uso de nombres y apellidos distintos Código: FFJQXXEYQVY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de los originarios a consecuencia de una legitimación, legitimación adoptiva o adopción, cualquiera persona podrá solicitar por una sola vez, que se la autorice para cambiar sus nombres o apellidos, o ambos a la vez, en los casos siguientes:” a)” Cuando unos u otros sean ridículos, risibles o la menoscaben moral o materialmente” b) Cuando el solicitante haya sido conocido durante más de cinco años, por motivos plausibles, con nombres o apellidos, o ambos, diferentes de los propios” Segundo: Que, para acreditar su pretensión, la solicitante se ha valido de la siguiente prueba: I. Documental: 1. Certificado de nacimiento en el que figuro como RICARDO ARON BUSTOS DÍAZ. 2. Fotocopia de cédula de identidad. II. Información Sumaria de Testigos: a) Gonzalo Israel Soto Rojo b) Hilda Lucero Hernández Muñoz c) Ricardo Benjamin Bassay Ramos Tercero: Que, se evacuó informe de rigor del Servicio de Registro Civil e identificación, que da cuenta que el solicitante no registra matrimonio ni referencia de hijos en la base de datos del Servicio. Cuarto: Que, siendo concordante la prueba testifical con lo narrado por el peticionario en la solicitud de cambio de nombre, y teniendo a la vista el contenido de los informes de las instituciones individualizadas en lo expositivo, los mismos permiten establecer que hay inconveniencia en acceder a la solicitud. Quinto: Que, así las cosas conforme a las exigencias legales que reglan el procedimiento, y habiéndose rendido información sumaria de testigos, cuyas narrativas son concordantes con lo sostenido por el solicitante y se cumplen los presupuesto legales de tiempo y trato exigidos por la ley 17.344, el tribunal hará lugar a la solicitud, como se dirá en la definitiva. Por las antes dichas consideraciones, y teniendo presente lo dispuesto en la ley 17.344, artículo 58 del Código Civil, artículo 817 y 826 del Código de Procedimiento Civil,
Fallo
SE DECLARA: Que SE ACOGE la solicitud de cambio de nombre interpuesta por RICARDO ARON BUSTOS DÍAZ, cédula de identidad N 19.519.797-0, quedando su nombre completo en definitiva como el siguiente: “DITO FERNÁNDEZ BUSTOS”. Ofíciese al Servicio de Registro Civil e Identificación a fin de que proceda a practicar la modificación en su partida de nacimiento N° 1131, del año 1997, de la circunscripción de TEMUCO y la subscripción correspondiente de la presente sentencia. Código: FFJQXXEYQVY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Para efectos de la inscripción correspondiente estese a lo dispuesto en el artículo 56 inciso 3 del Código de Procedimiento Civil, a saber “Las inscripciones, subinscripciones o cancelaciones dispuestas por resolución judicial, podrán ser solicitadas al registro correspondiente directamente por la parte interesada, sin necesidad de receptor judicial, acompañando las copias autorizadas de las resoluciones y actuaciones obtenidas directamente del sistema informático de tramitación con el correspondiente sello de autenticidad. En este caso, la institución a cargo del registro deberá cerciorarse, a través de dicho sistema y bajo su responsabilidad, de la existencia de las resoluciones y que las mismas causan ejecutoria.” Anótese, regístrese y archívese. ROL: V-81-2024 Dictada por, CRISTÓBAL DE PABLO NAVARRO RODRÍGUEZ, Juez Suplente del Primer Juzgado Civil de Temuco. Se deja constancia que se dio
Texto Completo (Preview)
NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Temuco CAUSA ROL : V-81-2024 CARATULADO : BUSTOS/ Temuco, veintitrés de Julio de dos mil veinticuatro VISTOS A folio 1, comparece RICARDO ARON BUSTOS DÍAZ, cédula de identidad N 19.519.797-0, estudiante, domiciliado para estos efectos en calle 18 de septiembre 555, Temuco, quien solicita el cambio de su nombre RICARDO ARON BUSTOS DÍAZ,
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