9º Juzgado Civil de Santiago

GRANT/

Rol

V-100-2024

Fecha

23 de julio de 2024

Materia

DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Comparece don Juan Pablo Grant Gajardo, abogado, casado, RUN 15.591.014-3, en representaci n convencional de don Roberto Eduardoó Grant Gajardo, casado y separado de bienes, abogado, RUN 16.012.641-8, ambos domiciliados para estos efectos en calle Cerro El Plomo N 5.420,° oficina 1.901, comuna de Las Condes, solicitando autorizaci n para donar. ó Expresa que su representado es due o del inmueble que correspondeñ al departamento 925 del piso 9, del Edificio 2, del derecho de uso y goce exclusivo del estacionamiento E 25 del primer piso, ambos del Condominio Santa M nica, con acceso por calle Punta Arenas N 6.600, comuna de Laó ° Florida; y, del inmueble que corresponde al departamento 1.418 del piso 14, del Edificio 2, y del estacionamiento 83 del primer subterr neo, ambos delá Condominio Santa M nica, con acceso por calle Punta Arenas N 6.600,ó ° comuna de La Florida. La intenci n de su representado es donar por mera liberalidad enó car cter de revocable los referidos inmuebles y el derecho de uso y goceá exclusivo a su conyugue, do a Antonia Burgos Err zuriz, RUN 17.267.766-ñ á 5, domiciliada en calle Manuela Ca as N 2.297, Vitacura. ñ ° De otro lado, su representado mantiene bienes por un monto de 24.569 UF, lo cual se acredita con los valores de compra de la casa de calle Manuela Ca as N 2.297, comuna de Vitacura; del departamento 305 yñ ° estacionamiento 9 del edificio ubicado calle Hip dromo Chile N 1.372,ó ° comuna de Independencia; y de los departamentos 801 N del piso 8 y del departamento 1.001 N del piso 10 ambos del Edificio Parque Cordillera“ ” con acceso por calle Punta Arenas N 6.900, comuna de La Florida. ° A la vez, su representado percibe mensualmente $1.450.000 por concepto de rentas de arriendo de los inmuebles se alados precedentemente,ñ as como tambi n percibe un sueldo l quido promedio de $8.980.000í é í derivado de su trabajo como dependiente por m s de 11 a os en un estudioá ñ jur dico. í Código: MRRKXXKCSNY Este documento tiene firma

Fundamentos

CONSIDERANDO: 4 PRIMERO: Que el art culo 1386 del C digo Civil establece que Laí ó “ donaci n entre vivos es un acto por el cual una persona transfiere gratuita eó irrevocablemente una parte de sus bienes a otra, que la acepta .” 5 A su vez el art culo 1401 del mismo cuerpo legal establece que Laí “ donaci n entre vivos que no se insinuare, s lo tendr efecto hasta el valoró ó á de dos centavos, y ser nula en el exceso .á ” 6 SEGUNDO: Que por su parte los requisitos de la insinuaci n seó encuentran establecidos en el art culo 889 del C digo de Procedimientoí ó Civil que se ala El que pida autorizaci n judicial para una donaci n queñ “ ó ó deba insinuarse, expresar :á 7 1 El nombre del donante y del donatario y si alguno de ellos se° encuentra sujeto a tutela o curadur a o bajo potestad de padre o marido:í 8 2 La cosa o cantidad que se trata de donar:° 9 3 La causa de la donaci n, esto es, si la donaci n es remuneratoria o° ó ó si se hace a t tulo de leg tima, de mejora, de dote o s lo por liberalidad; yí í ó 10 4° El monto l quido del haber del donante y sus cargas de familia .í ” Código: MRRKXXKCSNY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 11 TERCERO: Que en cuanto al primer requisito se encuentran plenamente individualizados el donante y la donataria, siendo ambos plenamente capaces. 12 CUARTO: Que, en relaci n con el segundo requisito, ó el donante ha detallado convenientemente los bienes que donar .á 13 QUINTO: Que adem s se ha expresado la causa de la donaci n, laá ó cual se realiza por mera liberalidad, cumpliendo con la exenci n de pagoó del impuesto a las donaciones de conformidad con la Ley N 16.271, seg n° ú lo informado por el Servicio de Impuestos Internos. 14 SEXTO: Que finalmente, sobre el cuarto requisito, el donante ha manifestado el monto l quido de su haber patrimonial y sus cargas deí familia. 15 S PTIMO: Que el cumplimiento de las exigencias legales, adem s, haÉ á sido confirmado por las declaraciones de los testigos presentados en autos. 16 En consecuencia y visto lo dispuesto en los art culos 1386, 1401 yí siguientes del C digo Civil, art culos 889 y siguientes del C digo deó í ó Procedimiento Civil, se concede a don Roberto Eduardo Grant Gajardo, RUN 16.012.641-8, autorizaci n para donar a do a Antonia Burgosó ñ Err zuriz, RUN 17.267.766-5, los inmuebles singularizados y detallados ená lo expositivo. 17 Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintitr s de julio de dos mil veinticuatro.é Código: MRRKXXKCSNY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-07-23T09:56:42-0400

Texto Completo (Preview)

NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 9 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-100-2024 CARATULADO : GRANT/ Santiago, veintitr s de julio de dos mil veinticuatro.é VISTOS: Comparece don Juan Pablo Grant Gajardo, abogado, casado, RUN 15.591.014-3, en representaci n convencional de don Roberto Eduardoó Grant Gajardo, casado y separado de bienes, abogado, RUN 16.012.641-8, ambos domiciliados pa

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica