Juzgado de Letras del Trabajo de Rancagua

ROMERO CON ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE RANCAGUA

Rol

T-165-2022

Fecha

22 de agosto de 2024

Materia

Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad, Art. 19 Nº 4 CPR. Vida Privada y Honra, Art. 2 CT. Sobre actos de discriminación, Art. 485 inciso 3º CT, Costas, Daño moral, Otras Materias Sindicales, Reajustes e intereses

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos y

Fundamentos

fundamentos de Derecho que paso a exponer: I. LOS HECHOS o ANTECEDENTES BÁSICO DE LA RELACIÓN LABORAL: • Cargo: Administrativa – Planta Jefatura, Encargada de Oficina de Partes • Año de ingreso: 1 de noviembre del 1981 • Remuneración: $ 1.743.082 • Jornada: Lunes a viernes de 8:30 a 17:30 HECHOS Y ANTECEDENTES DEL CASO 1- Nuestra representada, la señora Romero, funcionaria ya de 41 años de experiencia, prolijidad, confianza, y principios fundamentales de su correcta ejecución laboral han establecido y permitido su permanencia de manera continua e interrumpida en dicha institución pública. Mujer con vasta experiencia laboral, desarrollando completamente su carrera funcionaria en dicho lugar de trabajo, llegando a ser Dirigente Sindical por más de 8 años, finalizando su cargo en diciembre del 2019 y cesando su fuero sindical junio del año 2020.- 2.- Es del caso, que con fecha 3 de marzo del año 2020, tras el último día de termino como Tesorera Subrogante del Tesorero Titular don David Celis, comienza El Programa De Permisos Circulación en convenio suscrito con el banco BCI, a través de licitación pública, asumiendo el cargo por parte de la institución bancaria tales como el personal de cajera, el Stand, Boucher de depósito, entre otros, para asumir dicho proceso municipal. 3.- Tras el término de la jornada laboral de aquel día S.S., se se retiran los cajeros externos y la Señora Romero revisa las cajas fuertes que estuviesen cerradas, siguiendo el protocolo normal y establecido por la tesorería Municipal cada día. 4- DEL ROBO: a las 01:20 horas. aproximadamente de la mañana (madrugada del 4 de marzo del 2020), la señora Doralisa recibe un llamado del Director de Finanzas Hipólito Castro Valdivia, quien le informa que hubo un robo en las dependencias de Tesorería de la Municipalidad ubicado en Av. Republica #592, Rancagua, señalándole que habrían reventado las cajas fuertes, entre otros comentos. Es del caso que solicitan ir a verificar dicha situación gravosa, al cual accedió inmediatamente en conjunto de don Esteben Vásquez colega y cajero en esa oportunidad. 5- Tras su llegada al edificio Tomás Guaglén ubicado en republica de chile nº592, acceso por calle chorrillos, se encontró con carabineros, el guardia Carlos Gajardo y 4 el encargado de los edificios Sergio Retamal, señalándole que no se podía ingresar hasta la llegada de funcionarios de Investigaciones (PDI). Luego de su llegada, los hicieron ingresar y se dieron cuenta que se habían entrado por la misma puerta que está en el departamento de licencias de conducir dando a la Calle Miraflores. 6- Al llegar a la Oficina de Tesorería, se percatan que las Cajas Fuertes estaban sin intervención y que no habían sido violentadas y que solamente en la caja 1, había una cajonera de madera destrozada con una mochila, una manguera (que según Investigaciones era de oxicorte) y nada más. 7- En ese momento se llega a la conclusión, luego de la revisión visual por parte de los presentes, que no había

Fallo

se resuelve: I.- Que se RECHAZA la denuncia interpuesta por doña LORENA IRENE PÉREZ CARVAJAL, chilena, soltera, abogada, cédula nacional de identidad número 16.493.018-1, NADIA VALESKA OTÁROLA GARCÉS, chilena, soltera, cedula de identidad 16.939.311-7, Encargada Oficina de Partes de la Municipalidad de Rancagua desde el 1 de abril de 2022, ambas domiciliadas para estos efectos en Gabriela Mistral 644, oficina 5, Rancagua, Región del Libertador Bernardo O’Higgins. -,en representación convencional de DORALISA TERESA ROMERO URRA chilena, casada, cédula nacional de identidad número 7.455375-3, denuncia de TUTELA CON RELACIÓN LABORAL VIGENTE Y otras indemnizaciones legales que se indican, en contra de ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE RANCAGUA, rut 69.080.100-0, representado legalmente por su alcalde, no existiendo la vulneración a los derechos fundamentales que relata. II.- Que no se condenará en costas al demandante por estimar que tuvo motivo plausible para litigar. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. RIT: T-65-2022 Resolvió Pablo Vergara Lillo, juez de letras del Trabajo de Rancagua. En Rancagua a veintidos de agosto de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución precedente.

Texto Completo (Preview)

DENUNCIANTE: Doralisa Teresa Romero Urra ® ® DENUNCIADO: Ilustre Municipalidad de Rancagua PROCEDIMIENTO: Tutela. RIT: T-165 – 2022 Rancagua, veintidós de agosto de dos mil veinticuatro. PRIMERO: Que comparece doña LORENA IRENE PÉREZ CARVAJAL, chilena, soltera, abogada, cédula nacional de identidad número 16.493.018-1, NADIA VALESKA OTÁROLA GARCÉS, chilena, soltera, cedula de identidad 16.939.31

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