2º Juzgado Civil de Temuco

BANCO DE CHILE/VALENCIA

Rol

C-6180-2023

Fecha

22 de julio de 2024

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 16 de noviembre de 2023 comparece doña Paula Arancibia Rodríguez, abogada, en calidad de Mandataria Judicial del Banco De Chile, sociedad anónima bancaria, cuyo Gerente General es don Eduardo Ebenesperguer Orrego, ingeniero, ambos domiciliados en calle Bandera 577, 2° piso, comuna de Santiago, quien en la representación que inviste viene en interponer la presente demanda ejecutiva en contra de doña Patricia Fabiola Valencia Castillo, ignora profesión u oficio, cédula de identidad número 13.514.276-K, con domicilio en Pasaje Cerro Cónico N° 01942, comuna de Temuco, por los argumentos de hecho y derecho que en su libelo expone. Con fecha 7 de diciembre de 2023 consta notificación de conformidad al artículo 44 del Código de Procedimiento Civil a la ejecutada, y a su vez, con fecha 11 de diciembre de 2023 requerimiento de pago a folio 2 del en el cuaderno de apremio. Con fecha 18 de diciembre de 2023 le ejecutada opone excepciones. Con fecha 23 de enero de 2024 el ejecutante evacúa traslado. Con fecha 24 de enero de 2024 se declaran admisibles las excepciones y se recibe la causa a prueba, resolución que se notificó a la ejecutante por resolución y a la ejecutada por cédula, ambas con fecha 8 de mayo de 2024. Con fecha 9 de julio de 2024 se cita a las partes a oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 16 de noviembre de 2023 comparece doña Paula Arancibia Rodríguez, abogada, en calidad de mandataria judicial del Banco de Chile, sociedad anónima bancaria, cuyo Gerente General es don Eduardo Ebenesperguer Orrego, ingeniero, ambos domiciliados en calle Bandera 577, 2° piso, comuna de Santiago, quien en la representación que inviste viene en interponer demanda ejecutiva en contra de doña Patricia Fabiola Valencia Castillo, ignora profesión u oficio, cédula de identidad número 13.514.276-K, con domicilio en Pasaje Cerro Cónico N° 01942, comuna de Temuco, por los argumentos de hecho y derecho que a continuación se reproducen: La ejecutada adeuda a mi representado, el Banco de Chile, el importe del pagaré que a continuación se individualiza: Pagaré a Plazo (cuotas en pesos) N° 24013514276K064150, suscrito por don Enrique Escalas Paineo y doña Fernanda Herrera Ramírez, en representación del Banco de Chile y estos a su vez en representación de doña Patricia Fabiola Valencia Castillo, con fecha 20 de mayo de 2021, a la orden del Banco de Chile, por la suma de $6.633.153.- cantidad que declaró recibir a su entera satisfacción y conformidad. Se determinó que el capital adeudado devengará a partir de la fecha de suscripción del pagaré y durante toda la vigencia de la obligación intereses a razón de la tasa de interés mensual de 1,48%. Código: XDEGXXVSMGY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-6180-2023 La ejecutada se obligó a pagar la cantidad adeudada por concepto de capital e intereses en 72 cuotas de acuerdo al siguiente programa de amortizaciones: -71 cuotas iguales y sucesivas de $153.236 cada una de ellas, que se pagarán cada 1 mes venciendo la primera el 05 de julio de 2021 y a partir de esta, las cuotas siguientes con la misma periodicidad indicada. -1 cuota de $68.366 que se pagará el 07 de junio de 2027. El deudor aceptó que la imputación completa de los pagos de cada una de las cuotas precedentemente descritas, sea efectuada en formas exclusiva y privativa por el acreedor, pudiendo éste en cada oportunidad destinar el importe total de las mismas a la amortización de capital y/o de los intereses, o de ambos a la vez, en la proporción que estime conveniente. Se estableció que el no pago oportuno de alguna de las cuotas de capital e intereses facultará al acreedor, una vez transcurridos 15 días corridos contados desde la mora o el siempre retardo, para hacer exigible el saldo total adeudado como si fuere de plazo vencido, a menos que el importe de capital del pagaré sea igual o inferior a 200 Unidades de Fomento, o su equivalente, en cuyo caso el acreedor podrá ejercer dicha facultad una vez transcurridos 60 días corridos contados desde la mora o el simple retardo. La caducidad del plazo se ha establecido en beneficio exclusivo del acreedor. En caso de mora o simple retardo el deudor se obligó a pagar intereses penales a contar del día sigui

Fallo

se declaran admisibles las excepciones y se recibe la causa a prueba, resolución que se notificó a la ejecutante por resolución y a la ejecutada por cédula, ambas con fecha 8 de mayo de 2024. Con fecha 9 de julio de 2024 se cita a las partes a oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 16 de noviembre de 2023 comparece doña Paula Arancibia Rodríguez, abogada, en calidad de mandataria judicial del Banco de Chile, sociedad anónima bancaria, cuyo Gerente General es don Eduardo Ebenesperguer Orrego, ingeniero, ambos domiciliados en calle Bandera 577, 2° piso, comuna de Santiago, quien en la representación que inviste viene en interponer demanda ejecutiva en contra de doña Patricia Fabiola Valencia Castillo, ignora profesión u oficio, cédula de identidad número 13.514.276-K, con domicilio en Pasaje Cerro Cónico N° 01942, comuna de Temuco, por los argumentos de hecho y derecho que a continuación se reproducen: La ejecutada adeuda a mi representado, el Banco de Chile, el importe del pagaré que a continuación se individualiza: Pagaré a Plazo (cuotas en pesos) N° 24013514276K064150, suscrito por don Enrique Escalas Paineo y doña Fernanda Herrera Ramírez, en representación del Banco de Chile y estos a su vez en representación de doña Patricia Fabiola Valencia Castillo, con fecha 20 de mayo de 2021, a la orden del Banco de Chile, por la suma de $6.633.153.- cantidad que declaró recibir a su entera satisfacción y conformidad. Se determinó que el capital ad

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C-6180-2023 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : C-6180-2023 CARATULADO : BANCO DE CHILE/VALENCIA Temuco, veintid s de Julio de dos mil veinticuatroó VISTOS: Con fecha 16 de noviembre de 2023 comparece doña Paula Arancibia Rodríguez, abogada, en calidad de Mandataria Judicial del Banco De Chile, sociedad anónima bancaria, cuyo Gerente General es don Edua

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