3º Juzgado Civil de Temuco

SCOTIABANK CHILE ./QUINTANA

Rol

C-2099-2024

Fecha

22 de julio de 2024

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 1 compareci don Carlos Patricio Llancaqueo Mellado,ó abogado, domiciliado en Avenida San Martin N 745 oficina 702 de la° ciudad y comuna de Temuco, actuando en nombre y representaci n, seg nó ú se acreditar de á SCOTIABANK CHILE, sociedad del giro bancario, representada por su gerente general don Diego Patricio Masola, contador p blico, seg n se acredita en el primer otros del cuerpo de este escrito,ú ú í todos domiciliados en Avenida Costanera Sur N 2710 Torre A, comuna de° Las Condes, Santiago, Regi n Metropolitana e indica que por suó representada, presenta demanda ejecutiva en contra de don CRISTOBAL SEBASTIAN QUINTANA GODOY, Arquitecto, domiciliado en Avenida Los Conquistadores N 1625, de la ciudad y comuna de Temuco;° en atenci n a las siguientes consideraciones hecho y de derecho que pasa aó exponer: Su representada es due a de los siguientes pagares: I.- PAGAREñ OPERACI N N 710129499866.-, que acompa a, cuyo valor inicial era deÓ ° ñ $ 11.212.613.-, por concepto de capital que declar haber recibi enó ó pr stamo de parte de mi representada en dinero efectivo y a su enteraé satisfacci n y que devengar a un inter s del 1,1 % mensual, cantidad que laó í é demandada se oblig a pagar en la forma que a continuaci n se establece:ó ó El capital y los intereses me obligo a pagarlos en 48 cuotas mensuales y“ sucesivas. Las primeras 47 cuotas por un valor de $ 303.580.-, cada una, y la ltima por un valor de $ 301.631.-, siendo el primer vencimiento el 30 deú mayo de 2022 y los restantes los d as 30 de cada mes o del ltimo mes delí ú respectivo per odo .- El pagar fue suscrito por el demandado y su firma seí ” é Código: KGBXXXXLTFY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl encuentra autorizada ante notario.- Consta del referido pagar que: Ené “ caso de mora o simple retardo en el pago de todo o parte de una cualquiera de las cuotas de este pagar , el Banco cobrar la tasa de inter s m ximaé á é á

Fundamentos

fundamentos de derecho en que se apoya; ; 5 .- Que” º al tenor de las normas antes indicadas, para que proceda la excepci n deó ineptitud del libelo es necesario que el requisito legal ausente de la demanda ejecutiva sea de aquellos que la hagan inepta, o sea, mal formulada, Código: KGBXXXXLTFY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ininteligible o vaga respecto de las personas o de la causa de pedir o de la cosa pedida. As , cuando la sentencia dictada por el juez de la instanciaí expresa que la demanda ejecutiva contiene una exposici n suficientementeó clara de los hechos en que ella se apoya y que las omisiones que el demandado reclama no hacen ininteligible ni vaga la exposici n de losó hechos, se est calificando la acci n de acuerdo con los hechos que lasá ó partes exponen, materia que corresponde al juez del fondo; III.- EN” CUANTO A LA EXCEPCI N DEL N 11 DEL ART CULO 464 DEL“ Ó º Í C DIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL 7 .- Que, el demandado fundaÓ ” ° se excepci n se alando: la parte demandante estaba en conversaciones conó ñ “ la demandada y se le habr an concedido esperas y pr rroga del plazo deí ó todas las obligaciones que existieren entre las partes, seg n se acreditar enú á la oportunidad procesal correspondiente . 8 .- Que, conforme a nuestra” ° jurisprudencia la excepci n opuesta, debe ser desechada, atendido a loó expuesto por la Excelent sima Corte Suprema en causa Rol 8085- 2010:í Una de las excepciones que pueden oponerse a la ejecuci n corresponda a“ ó la concesi n de esperas o pr rroga del plazo. En relaci n a ella, no bastaó ó ó que las partes hayan sostenido conversaciones tendientes a ello, sino que es necesaria la concreci n del acuerdo (Lo ennegrecido es nuestro). 9 .- Que,ó ” ° as las cosas y lo prescrito en el art culo 1689 del C digo Civil, correspondeí í ó al ejecutado acreditar sus dichos. A folio 14

Fallo

por lo expuesto, queda claramente en” ° evidencia que ha comprendido el libelo de la demanda, pudo formular una defensa de su representado y oponer las excepci n en comento; siendo falazó su afirmaci n insuficientes , pues s , comprende qu clase de negocio haó “ ” í é dado lugar a la presente obligaci n, que se busca exigir el cumplimientoó forzado. 6 .- Que por lo dem s, la jurisprudencia ha expuesto respecto de° á esta excepci n, lo siguiente, en causa Rol 23.106-2014, causa seguida anteó la Excelent sima Corte Suprema: 4 .- Que, en relaci n a la excepci n deí “ ° ó ó ineptitud del libelo, el art culo 464 N 4 del C digo de Procedimiento Civilí º ó se ala: La oposici n del ejecutado s lo ser admisible cuando se funde enñ “ ó ó á alguna de las excepciones siguientes: 4 . La ineptitud del libelo por falta deª alg n requisito legal en el modo de formular la demanda, en conformidad aú lo dispuesto en el art culo 254; . Por su parte, el art culo 254 N 4 delí ” í º aludido texto legal prev : La demanda debe contener: 4 . La exposici né “ ° ó clara de los hechos y fundamentos de derecho en que se apoya; ; 5 .- Que” º al tenor de las normas antes indicadas, para que proceda la excepci n deó ineptitud del libelo es necesario que el requisito legal ausente de la demanda ejecutiva sea de aquellos que la hagan inepta, o sea, mal formulada, Código: KGBXXXXLTFY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ininteligible o vaga respec

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : C-2099-2024 CARATULADO : SCOTIABANK CHILE ./QUINTANA Temuco, veintid s de julio de dos mil veinticuatroó VISTOS: A folio 1 compareci don Carlos Patricio Llancaqueo Mellado,ó abogado, domiciliado en Avenida San Martin N 745 oficina 702 de la° ciudad y comuna de Temuco, actuando en nombre y representaci n, seg nó ú se a

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