CARRASCO/
Rol
V-96-2022
Fecha
22 de julio de 2024
Materia
NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folio 1, comparece doña Carolina Andrea Carrasco Espinoza, cédula de Identidad N°19.111.614-3, desempleada, con domicilio en Antonio Vivaldi N°1618, comuna de San Bernardo, quien solicita el cambio de su primer nombre fundada en los siguientes antecedentes. Indica que consta del certificado de nacimiento que acompaña que su nombre completo es Carolina Andrea Carrasco Espinoza, siendo inscrita en la circunscripción RECOLETA, número de inscripción 792 del año 1995, nacido el 25 de abril de 1995. Sin perjuicio de lo anterior, desde hace más de cinco años he sido conocida con el nombre de “MIKAELA”, motivo por el cual por este acto vengo en solicitar la autorización para cambiar su primer nombre CAROLINA, reemplazándolo en definitiva por el de MIKAELA, y quedando en consecuencia mi nombre completo de la siguiente manera “MIKAELA ANDREA CARRASCO ESPINOZA”; todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto para tales efectos en el artículo primero literal b) de la Ley N°17.344, “que autoriza cambio de nombres y apellidos en los casos que indica”. A fin de regularizar esta situación, es que solicitar que conforme a lo dispuesto en el artículo primero letra b) de la Ley Nº17.344, los documentos que acompañan e información sumaria de testigos que se ofrecen en esta presentación, se ordene modificar su partida de nacimiento que figura inscrita en la Circunscripción RECOLETA, número de inscripción 792 del año 1995, en el sentido de cambiar mi primer nombre por el de “MIKAELA”. Por tanto, en mérito de lo expuesto y las disposiciones de la Ley Nº17.344, particularmente en su artículo primero literal b), así como las demás disposiciones legal pertinentes, pide se sirva ordenar, previo los trámites legales pertinentes, el cambio de su primer nombre, en los términos anteriormente expuestos, quedando en definitiva mi nombre completo como “MIKAELA ANDREA CARRASCO ESPINOZA”, bajo el cual he sido conocida desde hace más de cinco años. Acompaña a su petición, certificado
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1°).-Que el artículo 1 de la Ley 17.344 señala “Toda persona tiene derecho a usar los nombres y apellidos con que haya sido individualizada en su respectiva inscripción de nacimiento. Sin perjuicio de los casos en que las leyes autorizan la rectificación de inscripciones del Registro Civil, o el uso de nombres y apellidos distintos de los originarios a consecuencia de una legitimación, legitimación adoptiva o adopción, cualquiera persona podrá solicitar por una sola vez, que se la autorice para cambiar sus nombres o apellidos, o ambos a la vez, en los casos siguientes: a) Cuando unos u otros sean ridículos, risibles o la menoscaben moral o materialmente; b) Cuando el solicitante haya sido conocido durante más de cinco años, por motivos plausibles, con nombres o apellidos, o ambos, diferentes de los propios…” 2°).-Que, se dejó constancia que no hubo oposición a la solicitud de estos autos, y de la información proporcionada por el Registro Civil, en que se comprueba que efectivamente la solicitante se encuentra inscrita como CAROLINA ANDREA CARRASCP ESPINOZA, sin embargo, de los mismos antecedentes se acredita que ha sido conocida por más de 5 años con el nombre de Mikaela Andrea. 3°).-Que, es evidente que el nombre, como atributo de la personalidad y componente esencial de la identidad de una persona, que determina su relación en la sociedad y lo distingue frente a los demás, debe corresponder al que la persona se identifica y por el cual es conocida en el ámbito social. Lo anterior ha sido reconocido por el legislador permitiendo corregir la anomalía que se produce entre el nombre que se encuentra registrado en la inscripción y el que en la realidad se identifica la persona, esto es, por el cual se le conoce. 4°).-Con el mérito de la información sumaria de testigos, permiten concluir que la solicitante se desea reemplazar su primer nombre, por cuanto ha sido conocida por más de 5 años con el Código: BQVZXXWHQXY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 nombre de Mikaela, de modo que se configura la causal contenida en la letra b) del artículo 1° de la citada Ley 17.344, razón por la cual la solicitud debe ser acogida en plena armonía con el derecho a la identidad, principio en que se basa la mencionada ley. Por las razones expresadas, normas legales citadas y lo dispuesto en los artículos 819 y 822 del Código de Procedimiento Civil,
Fallo
Por tanto, en mérito de lo expuesto y las disposiciones de la Ley Nº17.344, particularmente en su artículo primero literal b), así como las demás disposiciones legal pertinentes, pide se sirva ordenar, previo los trámites legales pertinentes, el cambio de su primer nombre, en los términos anteriormente expuestos, quedando en definitiva mi nombre completo como “MIKAELA ANDREA CARRASCO ESPINOZA”, bajo el cual he sido conocida desde hace más de cinco años. Acompaña a su petición, certificado de Nacimiento de la compareciente, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación con fecha seis de agosto de dos mil veintidós. Código: BQVZXXWHQXY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 A folio 10, se agregó oficio N°5646, proveniente del Servicio de Registro Civil e Identificación, mediante el cual informa que Consta en sus registros la inscripción de nacimiento N°792, del año 1995, de la circunscripción de RECOLETA, siendo titular de ella CAROLINA ANDREA CARRASCO ESPINOZA, nacida el 25 de abril de 1995, consignándose en el rubro correspondiente al padre a don Ditzel Andre Carrasco Navarrete, y en el correspondiente a la madre a doña Carolina Andrea Espinoza Quiroz. Al respecto, menciona que, en la referida inscripción de nacimiento, a la fecha de la revisión en la base de datos computacional del Servicio, consta subinscripción de legitimación Ipso-Jure, se consignó que la inscrita fue legitimada por el m
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Foja: 1 FOJA: 39 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de San Bernardoº CAUSA ROL : V-96-2022 CARATULADO : CARRASCO/ San Bernardo, veintid s de Julio de dos mil veinticuatroó VISTOS: A folio 1, comparece doña Carolina Andrea Carrasco Espinoza, cédula de Identidad N°19.111.614-3, desempleada, con domicilio en Antonio Vivaldi N°1618, comuna de San Bernardo, quien solici
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