Juzgado de Letras de Lautaro

SEGURIDAD Y PROMOCIONES ASOCIADOS LTDA/CENTRO CONCILIACION IX REGION

Rol

I-3-2024

Fecha

20 de agosto de 2024

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Se interpuso reclamo judicial del artículo 512 del Código del Trabajo por Alejandra Andrade Garrido, abogada, en representación de SEGURIDAD Y PROMOCIONES ASOCIADOS LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, Rol único tributario N° 78.460.540-K, representada legalmente por Marcelo Jose Tarzijan Nallar, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad N° 6.418.738-4, todos domiciliados en Mackenna Nº 1434, comuna y ciudad de Osorno, en contra de la Resolución Exenta 918-4122-/2024 de fecha 9 de febrero de 2024, emitido por CENTRO DE CONCILIACION IX REGION UNIDAD JURIDICA, legalmente representada por su Director don Leonardo Sanzana, desconoce Rut, funcionario público, ambos con domicilio en Manuel Montt Nº 280, Lautaro, en cuya virtud se rechazó la reconsideración administrativa de la multa Nº 1798.23.26 ascendente a 2,00 IMM. Pide se deje sin efecto Resolución Exenta 918-4122-/2024 ordenando al órgano administrativo acoger solicitud de rebaja de multa 1798.23.26 en un 50% o en su defecto esta sea rebajada prudencialmente según se estime. Tal solicitud se basa en los argumentos que expuso en su presentación. Menciona que a raíz del proceso de fiscalización vinculado al procedimiento de Reclamo Administrativo N° 910/23/214 llevado a cabo por la Inspectora Sra. Jennifer Jorquera, se concluyó que incurrió en una falta la cual fue descrita de la siguiente forma: “No exhibir toda la documentación exigida que deriva de las relaciones de trabajo, necesaria para efectuar la audiencia de conciliación, según el siguiente detalle: Comprobante de pago de remuneraciones del período enero 2023 hasta junio 2023, Libro de asistencia del período agosto 2021 hasta diciembre 2021. Lo anterior, respecto del trabajador que a continuación se indica: Arturo Humberto López Soto.”. Se aplicó una multa de 2.00 IMM. Dice que respecto de la multa reclamó administrativamente ante la Inspección Comunal de Lautaro solicitando rebaja en un 50%, señalando que es efectivo según const

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Se interpuso reclamo judicial del artículo 512 del Código del Trabajo por Alejandra Andrade Garrido, abogada, en representación de SEGURIDAD Y PROMOCIONES ASOCIADOS LIMITADA en contra de la Resolución Exenta 918-4122-/2024 de fecha 9 de febrero de 2024, emitido por CENTRO DE CONCILIACION IX REGION UNIDAD JURIDICA, en cuya virtud se rechazó la reconsideración administrativa de la multa Nº 1798.23.26 ascendente a 2,00 IMM. Pide se deje sin efecto Resolución Exenta 918-4122-/2024 ordenando al órgano administrativo acoger solicitud de rebaja de multa 1798.23.26 en un 50% o en su defecto esta sea rebajada prudencialmente según se estime por el tribunal. Los argumentos en que apoya su reclamo constan en el exordio de esta sentencia el cual se da por reproducido en la presente motivación. SEGUNDO: En audiencia única de contestación, conciliación y prueba, compareciendo ambas partes debidamente representadas, se confirió traslado a la reclamada para su contestación, solicitando la abogada de la reclamada, Patricia Lezana Agurto, el rechazo de la pretensión de la contraria en todas y cada una de sus partes con expresa condenación en costas. Los fundamentos fueron consignados en la parte expositiva de esta sentencia y se dan por reproducidos en este considerando. TERCERO: La prueba incorporada en la audiencia única por la reclamante fue la siguiente: Documental: 1.- Acta conciliación 4/10/2022 2.- Acta notificación de documentos 12/09/23 3.- Comprobante de pago enero a junio 2023 4.- Correo electrónico de notificación Res. Exenta 918 5.- Reclamo judicial 6.- Recurso administrativo multa 1798.23.26 7.- Resolución exenta 918-4122-2024 8.- Resolución multa 1798.23.26 CUARTO: La prueba incorporada en audiencia única por la parte reclamada fue la siguiente: Documental: 1.- Informe de egreso de reclamo 2.- Presentación de reclamo 3.- Notificación de presentación de reclamo ante la inspección del trabajo, a citación a comparendo de conciliación y requerimiento de documentación 4.- Notificación por correo electrónico a ambas partes 5.- Acta de comparendo de conciliación de fecha 04 de Octubre 2022.- 6.- Resolución de Multa 1798.2023.26 y su notificación 7.- Solicitud de Reconsideración Administrativa. (Resolución de Multa, registro asistencia Arturo López: Octubre 2022 a septiembre 2023, enero y Diciembre 2020, Febrero 2021 a septiembre 2022, Certificado Banco BCI, dos comprobantes de transferencia Banco Scotiabank 02 de junio 2023 y 07 de mayo 2023. 8.- Resolución exenta 918-4122/2024 de Lautaro de fecha 09/02/2024 QUINTO: En esta causa no fue controvertido, ya que fluye de las propias alegaciones de las partes, sumado a la prueba que se trajo al juicio valorada conforme a las reglas de la sana critica, lo siguiente: 1° Con fecha 5 de octubre de 2023 se cursó multa Nº 1798.23.26 ascendente a 2,00 IMM por la siguiente infracción: “No exhibir toda la documentación exigida que deriva de las relaciones de trabajo, necesaria para efectuar l

Fallo

por tanto todo lo que se vea en esta causa dice relación con la solicitud de reconsideración administrativa solicitada por la empresa a la inspección comunal del trabajo Lautaro y sobre la forma en que el Inspector comunal resolvió de esta reconsideración. Dice que la reclamación judicial se basa en el artículo 503 del Código del ramo. Explica que la multa se origina en un reclamo judicial presentado por un trabajador el cual solicita que se le pague el finiquito cotizaciones, indemnización por falta de aviso previo, feriado legal proporcional, indemnización por año de servicio, y otras remuneraciones. Para todo esto necesita la revisión de los registros de asistencia, comprobantes de remuneraciones o liquidaciones de sueldo, para establecer los montos que se deben pagar y que es lo que se adeuda. Manifiesta que la empresa exhibe la documentación que le fue requerida al momento de la notificación, solo que exhibe de manera incompleta tanto los comprobantes remuneracionales o liquidaciones de sueldo, así como los registros de asistencia. Posterior a ello, la empresa solicita reconsideración administrativa acompañando a su presentación los registros de asistencia que no fueron acompañados en la etapa administrativa de conciliación y acompaña a su presentación solo un certificado de la empresa del banco BCI en el cual ha transferido fondos desde una cuenta corriente a don Arturo Humberto López Soto a Banco Estado y que son distintos montos, en distintos periodos, por ejemplo

Texto Completo (Preview)

Juzgado de Letras Lautaro Lautaro, veinte de agosto de dos mil veinticuatro VISTOS: Se interpuso reclamo judicial del artículo 512 del Código del Trabajo por Alejandra Andrade Garrido, abogada, en representación de SEGURIDAD Y PROMOCIONES ASOCIADOS LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, Rol único tributario N° 78.460.540-K, representada legalmente por Marcelo Jose Tarzijan Nallar, ingenie

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica