Juzgado de Letras de Constitución

CÁCERES/

Rol

V-107-2022

Fecha

22 de julio de 2024

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además lo dispuesto por la Ley Nº 17.344 y Decreto con Fuerza de Ley Nº 2.128; SE RESUELVE: I.- Que, SE ACOGE la solicitud de fojas 1 y siguientes, y por ende SE AUTORIZA el reemplazo del nombre que actualmente es “KEWIN” por el de “KEVIN”, cambiando en consecuencia el nombre de don KEWIN MATÍAS SALAZAR CÁCERES por el de “KEVIN MATÍAS SALAZAR CÁCERES”. II.- Que, SE ORDENA rectificar la partida de nacimiento del solicitante individualizado, R.U.N. Nº 21.757.672-5, inscripción de nacimiento Nº 44, del Registro de Nacimientos del año 2005 de la Circunscripción de Constitución, quedando en definitiva su nombre como KEVIN MATÍAS SALAZAR CÁCERES. III.- CÚMPLASE lo ordenado precedentemente, por el Oficial Civil que resulte competente, en los términos dispuestos en el Reglamento Orgánico del Servicio de Registro Civil, una vez ejecutoriada la presente sentencia. Regístrese, notifíquese por correo electrónico, dese copia autorizada al solicitante y en su oportunidad, archívese ROL V-107-2022. Dictada por don Guillermo Alberto Cofré Rivera, Juez Suplente del Juzgado de Letras de Constitución. En Constituci nó , a veintid s de Julio de dos mil veinticuatroó , se notific por el estado diario, la resoluci n precedente.ó ó Código: PRMJXXNWHZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-07-22T11:44:46-0400

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a fojas 1 y siguientes comparece doña MILADY ANDRA CÁCERES PEREIRA, labores del hogar, domiciliada en Población Los Molinos, pasaje José Miguel Carrera #1395, Constitución, en representación del menor KEWIN MATÍAS SALAZAR CÁCERES, nacido en esta ciudad el 17 de enero de 2005, R.U.N. N° 21.757.672-5; en atención a que ha sido conocidos por más de cinco años por el nombre “KEVIN” por toda la familia, conocidos y amigos. Manifiesta que se debió el error de nombre debido a que fue mal inscrito su nombre al inscribirlo. Concluye, pidiendo se acoja la solicitud y se ordene al Registro Civil e Identificación cambiar el nombre de ”KEWIN” por el de “KEVIN”, quedando en definitiva su nombre como “KEVIN MATÍAS SALAZAR CÁCERES”. SEGUNDO: Que, a fin de acreditar su pretensión, la peticionaria acompañó en carácter de prueba documental, a foja 1 certificado de nacimiento de su hijo, en el que consta que su identidad nominativa con el nombre por el cual se le identifica en este proceso. Luego, a foja 5 rola certificación de publicación del extracto de la petición de autos, efectuada el 15 de diciembre de 2022, en la Edición Nº 43.426 del Diario Oficial de la República. Por otra parte, a foja 36 rindió información sumaria de testigos, constando en el acta respectiva las declaraciones de doña Margarita Del Tránsito Chamorro Amaya y doña Andrea Chávez Velásquez quienes previa individualización y juramento, expresaron conocer a la solicitante y a su hijo, la primera desde el año 2005, y la segunda desde el año 2016. Dando razón de ello y de un modo conteste manifestaron que todos quienes frecuentan a el menor y se relacionan con el cotidianamente, lo conocen hace más de 5 años como “KEVIN”. Agrega la segunda testigo que en el colegio lo molestaban diciéndole “KIWI”, por lo que quiere evitarlo al entrar a la Universidad. A foja 15, corre el informe del Registro Civil e Identificación, señalando que el menor es titular de la inscripción de nacimiento N° 44 del año 2005, Circunscripción de Constitución, nacido el 17 de enero de 2005, consignándose en el rubro correspondiente al padre a don Esteban Alexis Salazar Jara, y en el correspondiente a la madre, a doña Milady Andrea Cáceres Pereira. En la referida partida de nacimiento, a la fecha de la certificación del mism, consta el acta de reconocimiento de la inscrita por el padre de fecha 14 de marzo de 2005, ante el oficial civil de Constitución, practicada con fecha 15 de marzo de 2005. Considerando que el titular de la partida de nacimiento precedentemente individualizada, a la fecha es mayor de edad, y teniendo presente el carácter irrevocable de las rectificaciones realizadas al amparo de la Ley N° 17.344, que autoriza el cambio de nombres y/o apellidos en los casos que indica, y lo prevenido en el inciso primero del artículo 18 de la Ley N° 4.808, sobre Registro Civil, corresponde que don KEWIN MATÍAS SALAZAR CÁCERES, ratifique la petición de autos. En cuanto a lo solicitado, se i

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto por la Ley Nº 17.344 y Decreto con Fuerza de Ley Nº 2.128; SE RESUELVE: I.- Que, SE ACOGE la solicitud de fojas 1 y siguientes, y por ende SE AUTORIZA el reemplazo del nombre que actualmente es “KEWIN” por el de “KEVIN”, cambiando en consecuencia el nombre de don KEWIN MATÍAS SALAZAR CÁCERES por el de “KEVIN MATÍAS SALAZAR CÁCERES”. II.- Que, SE ORDENA rectificar la partida de nacimiento del solicitante individualizado, R.U.N. Nº 21.757.672-5, inscripción de nacimiento Nº 44, del Registro de Nacimientos del año 2005 de la Circunscripción de Constitución, quedando en definitiva su nombre como KEVIN MATÍAS SALAZAR CÁCERES. III.- CÚMPLASE lo ordenado precedentemente, por el Oficial Civil que resulte competente, en los términos dispuestos en el Reglamento Orgánico del Servicio de Registro Civil, una vez ejecutoriada la presente sentencia. Regístrese, notifíquese por correo electrónico, dese copia autorizada al solicitante y en su oportunidad, archívese ROL V-107-2022. Dictada por don Guillermo Alberto Cofré Rivera, Juez Suplente del Juzgado de Letras de Constitución. En Constituci nó , a veintid s de Julio de dos mil veinticuatroó , se notific por el estado diario, la resoluci n precedente.ó ó Código: PRMJXXNWHZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-07-22T11:44:46-0400

Texto Completo (Preview)

FOJA: 38 .- Constitución, veintidós de julio de dos mil veinticuatro. VISTOS, TENIENDO PRESENTE Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a fojas 1 y siguientes comparece doña MILADY ANDRA CÁCERES PEREIRA, labores del hogar, domiciliada en Población Los Molinos, pasaje José Miguel Carrera #1395, Constitución, en representación del menor KEWIN MATÍAS SALAZAR CÁCERES, nacido en esta ciudad el 17 de enero de 20

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