3º Juzgado de Letras de Iquique

SANHUEZA/

Rol

V-121-2024

Fecha

22 de julio de 2024

Materia

DEFUNCIÓN,AUTORIZACIÓN INSCRIPCIÓN FUERA PLAZO LEGAL

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: PRIMERO: Doña Ana Rosa Sanhueza Mora, ha solicitado autorización para inscribir la defunción de doña Glina del Rosario Torres Nuñez, acaecida el 11 de julio de 2024, en el Hospital Regional de esta ciudad, por haber trascurrido el plazo previsto en el artículo 26 de la Ley N° 4.808, según consta del certificado médico de defunción que adjunta. SEGUNDO: Pues bien, conforme lo dispuesto en el inciso primero del artículo 26 de la Ley N° 4.808 sobre Registro Civil, norma según la cual “[…] pasados tres días después de la defunción, no se podrá proceder a la inscripción sin decreto judicial” debiendo este Juez calificar “[…] los

Fundamentos

motivos que hayan impedido la inscripción, y si esta omisión se hubiere hecho con dolo o malicia, aplicará las sanciones establecidas en el Código Penal”, y del mérito de los documentos acompañados a la solicitud, consta la plausibilidad de los motivos invocados por la peticionaria, apareciendo suficientemente configurada la hipótesis legal referida, razones por las que se acogerá la petición.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto por los artículos 26 de la Ley N° 4.808; y 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE ACOGE la solicitud promovida por doña Ana Rosa Sanhueza Mora y, en consecuencia, se ordena al Servicio de Registro Civil e Identificación respectivo, la inscripción de la defunción de doña Glina del Rosario Torres Nuñez N° 9.205.420-9, acaecida en esta ciudad, el 11 de julio de 2024, con copia autorizada de la presente resolución y del Certificado Médico de Defunción. Otórguese copia al solicitante. Regístrese y archívese con sus antecedentes, en su oportunidad. Rol V-121-2024 Dictada por DAVID ORLANDO SEPÚLVEDA CID, Juez Suplente del Tercer Juzgado de Letras de Iquique. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. Iquique, veintidós de julio de dos mil veinticuatro. 1 Código: FKHWXXHKSXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-07-22T11:57:44-0400

Texto Completo (Preview)

Iquique, veintidós de julio de dos mil veinticuatro. VISTO: PRIMERO: Doña Ana Rosa Sanhueza Mora, ha solicitado autorización para inscribir la defunción de doña Glina del Rosario Torres Nuñez, acaecida el 11 de julio de 2024, en el Hospital Regional de esta ciudad, por haber trascurrido el plazo previsto en el artículo 26 de la Ley N° 4.808, según consta del certificado médico de defunción que adj

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica