LOS MAQUIS SPA/MARTÍNEZ
Rol
C-97-2023
Fecha
20 de julio de 2024
Materia
ARRENDAMIENTO,RESTITUCIÓN POR EXPIRACIÓN TIEMPO ESTIPULADO
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folio 1, compareció ante este Juzgado Juan Carlos Tapia Elorza, abogado, domiciliado en calle Colo Colo 379, oficina 604, Concepción, actuando en representación procesal de la persona jurídica Los Maquis SpA, sociedad comercial, representada legalmente por el mismo mandatario judicial antes individualizado; e interpuso demanda de restitución de inmueble por expiración del tiempo estipulado y de cobro de pago de rentas en contra del arrendatario MANUEL MARTINEZ GARRIDO, agricultor, domiciliado en kilómetro tres camino Arauco-Carampangue, sector ex línea del tren, comuna de Arauco. Funda la demanda interpuesta a lo principal de su libelo en que su representado es dueño del Predio Los Perales, también conocido como Hijuela Dos del Fundo Los Maquis, en el kilómetro dos del camino Arauco a Carampangue, comuna y provincia de Arauco de la Región del Biobío. Este predio posee un sector de vegas de inundación y budi que se extiende entre el camino de Arauco a Carampangue y el río Carampangue que lo separa de la Isla de Los Pescadores; y corresponde al Lote “a” resultante de la subdivisión del predio mayor, hijuela número dos del fundo Los Maquis, subdivisión que consta del Certificado de Aprobación de Subdivisión número cero uno de fecha seis de febrero del año dos mil uno, de la Dirección de Obras de la Ilustre Municipalidad de Arauco que, conjuntamente con su plano se encuentran archivados bajo el número ciento setenta y tres al fin del registro de propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Arauco, con fecha once de mayo del año dos mil uno. Para los efectos del pago del impuesto territorial el rol de avalúos del predio Los Perales o hijuela dos del fundo Los Maquis, es el ciento sesenta y cuatro guión cinco de la comuna de Arauco. También es propietaria del lote a) del predio El Álamo, que colinda con el lote b) del mismo predio El Álamo, que es propiedad del arrendatario don Manuel Martínez Garrido. El plano de subdivisión del predio El Álamo está archivado
Fundamentos
fundamentos constan en el acta de folio 52; la parte demandante evacuando el traslado conferido solicita su rechazo de plano, con Código: XQXXXJGYXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl costas; el Tribunal resuelve que atendido lo expuesto y el mérito de los antecedentes, considerando las normas y habiéndose esta misma excepción ya opuesto a través de un incidente de nulidad el cual fue rechazado, y considerando que corresponde que el presente procedimiento se siga a las normas del juicio de arrendamiento puesto que se ha acreditado que el inmueble se encuentra en parte en sector rural y parte en sector urbano, por lo que se rechaza la excepción opuesta por la parte demandada, sin costas. Posteriormente el abogado de la parte demandada contesta la demanda solicitando su rechazo con costas por no ser efectivos los hechos en los que se funda; señala que la vigencia del contrato es distinta a la alegada por la parte demandante, para estos efectos el contrato se ha renovado automáticamente el día 18 de abril de 2022. Por otro lado, en cuanto al cobro de rentas, no es efectivo que se adeude la renta de arrendamiento, se encuentra íntegramente pagada y
Fallo
fallo cause ejecutoria, bajo el apercibimiento de lanzamiento con el auxilio de la fuerza pública. 3) Se condene a la demandada a pagar las rentas de arrendamiento hasta que se haga entrega del inmueble cuya restitución se demanda; 4) Al pago de las costas. A folio 52, se llevó a efecto el comparendo de contestación, conciliación y prueba, con la asistencia del abogado de la demandante y del abogado de la parte demandada. En dicha oportunidad el abogado de la parte demandante ratificó la demanda. Por su parte el abogado de la parte demandada previo a contestar la demanda interpuso excepción dilatoria del artículo 303 Nº6 del Código de Procedimiento Civil, esto es la corrección del procedimiento, cuyos fundamentos constan en el acta de folio 52; la parte demandante evacuando el traslado conferido solicita su rechazo de plano, con Código: XQXXXJGYXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl costas; el Tribunal resuelve que atendido lo expuesto y el mérito de los antecedentes, considerando las normas y habiéndose esta misma excepción ya opuesto a través de un incidente de nulidad el cual fue rechazado, y considerando que corresponde que el presente procedimiento se siga a las normas del juicio de arrendamiento puesto que se ha acreditado que el inmueble se encuentra en parte en sector rural y parte en sector urbano, por lo que se rechaza la excepción opuesta por la parte demandada, sin costas. Posteriormente el abogad
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Arauco, a veinte de julio de dos mil veinticuatro. VISTOS: A folio 1, compareció ante este Juzgado Juan Carlos Tapia Elorza, abogado, domiciliado en calle Colo Colo 379, oficina 604, Concepción, actuando en representación procesal de la persona jurídica Los Maquis SpA, sociedad comercial, representada legalmente por el mismo mandatario judicial antes individualizado; e interpuso demanda de restitu
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