2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

ARAUJO/EASY RETAIL S.A

Rol

M-812-2024

Fecha

19 de agosto de 2024

Materia

Despido injustificado, Otras Indemnizaciones, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Keisy Johana Araujo Bryan, de nacionalidad colombiana, cédula nacional de identidad N° 25.330.273-9, domiciliada para estos efectos en Avenida Manuel Montt N° 037, oficina 302, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, Región Metropolitana e interpone demanda en Procedimiento monitorio por despido injustificado, indebido o improcedente, y cobro de prestaciones e indemnizaciones laborales, en contra del ex empleador la empresa Easy Retail S.A, RUT N° 76.568.660-1, del giro de comercio, representada legalmente por don Ricardo Alonso González Novoa, cédula nacional de identidad N° 14.292.860-4, ambos domiciliados en Avenida Kennedy N° 9001, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, en atención a las siguientes consideraciones de hecho y argumentos de derecho: Refiere que con fecha 01 de marzo de 2022, inició una relación laboral con la empresa Easy Retail S.A, desempeñándose como “Encargado Control Interno”, prestando servicios en la sucursal ubicada en Avenida La Dehesa N° 1445, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago, Región Metropolitana. Se suscribió contrato de trabajo con la misma fecha a plazo fijo con una vigencia hasta el 30 de abril de 2022, una vez cumplido este plazo se prorrogaba automáticamente hasta el 30 de junio de 2022 y continuó prestando servicios con conocimiento del empleador, transformándose en un contrato indefinido. Explica que la jornada de trabajo pactada estaba distribuida en turnos rotativos de cinco días de trabajo y dos días de descanso, de 07:00 a 17:00 horas y de 11:30 a 21:30 horas, con una hora de colación. Conforme a lo dispuesto por el artículo 172 del Código del Trabajo, la remuneración mensual correspondía a la suma de $871.958 pesos, de acuerdo a lo declarado por el ex empleador en la institución de cotizaciones previsionales PREVIRED en el periodo de septiembre de 2023. Indica que es importante relatar los hechos que ocurrieron con anterioridad al despido: El día en que solicitó hacer efectivo días proporcionales, le solicitó a su jefe don José Barahona, que el día 08 de diciembre necesitaba retirarse más temprano, alrededor de las 14:30 horas, a lo cual accedió sin problemas y de manera verbal, por ende, el día solicitado se retiró más temprano alrededor de las 14:30 horas. Luego, el 19 de diciembre de 2023, cuando intentó ingresar a su lugar de trabajo, una señorita de recursos humanos, de quien desconoce el nombre, le informó que no podía ingresar porque estaba despedida según las órdenes dadas por Recursos Humanos, por lo cual al día siguiente el 20 de diciembre de 2023 se dirigió a la Inspección del Trabajo con el fin de interponer un Reclamo. Posteriormente, el 23 de enero de 2022, en el Comparendo de Conciliación ante la Inspección del Trabajo, el ex empleador exhibió una carta de despido, en la cual se había decidido poner término a su contrato de trabajo a contar del 19 de diciembre de 2023, por la causal prevista en el Articulo 160 N

Fallo

Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 160 N° 4 y N°7, artículos 420, 425 a 462 y 496 y siguientes del Código del Trabajo, y demás normas pertinentes, se declara: I.- Que se rechaza la demanda de despido injustificado interpuesta por la trabajadora demandante doña KEISY JOHANA ARAUJO BRYAN, cédula de identidad N°25.330.273-9, en contra del ex empleador la empresa EASY RETAIL S.A., R.U.T: 76.568.660-1 representada legalmente por don Ricardo Alonso González Novoa, declarando que la separación de la demandante ocurrida el 19 de diciembre de 2023 por las causales de despido previstas en los artículos 160 N°4, letra a) y 160 N° 7 del Código del Trabajo, se ajustó a derecho. II.- Que se rechaza en todo lo demás la presente demanda. III.-Que cada parte se hará cargo de sus costas. Regístrese, devuélvase las custodias a las partes a sola petición verbal y archívese en su oportunidad. RIT: M-812-2024 RUC: 24-4-0551983-2 Pronunciada por Maritza Regina Vásquez Díaz, Juez titular de este Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.

Texto Completo (Preview)

Santiago, diecinueve de agosto de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Keisy Johana Araujo Bryan, de nacionalidad colombiana, cédula nacional de identidad N° 25.330.273-9, domiciliada para estos efectos en Avenida Manuel Montt N° 037, oficina 302, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, Región Metropolitana e interpone demanda en Procedimiento monitorio por despi

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