Juzgado de Letras de San Vicente de Tagua Tagua

CABELLO/

Rol

V-137-2023

Fecha

18 de julio de 2024

Materia

BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: LOS HECHOS: LA SOLICITUD : PRIMERO: Con fecha 23 de noviembre de 2023, a folio 1, comparece ante este Tribunal, don ESTEBAN JOSE ANTONIO ROJAS NEGRETE, abogado, en representación de don SEBASTIAN IGNACIO CABELLO CEPEDA, cédula nacional de identidad N° 15.001.912-5, quien en procedimiento voluntario, solicita archivo de plano, en atención a los antecedentes de hecho y derecho que expone. Refiere que según consta del Certificado de Dominio vigente que acompaña en el primer otrosí de su presentación, su representado don SEBASTIAN IGNACIO CABELLO CEPEDA es dueño de un inmueble ubicado en Pichidegua, Calle Independencia N° 713, comuna de Pichidegua, Provincia de Cachapoal, Región de O’Higgins que tiene los siguientes deslindes: NORTE, con Calle Pública; SUR, con Canal de Hacienda Pichidegua; ORIENTE, con Espíritu Pérez; y PONIENTE, con Calle Pública. El dominio del inmueble indicado corre inscrito a su nombre a Fojas 326 Número 335 del Registro de Propiedad del año 2018 del Conservador de Bienes Raíces de San Vicente de Tagua Tagua. Figura en el Rol de Avalúos con el N° 8-3 de la Comuna de Pichidegua para los efectos del Pago de Contribuciones. Expone que el inmueble referido precedentemente, conforme a su título, carece de la indicación de superficie y medidas, hechos en que se fundamentó la negativa a archivar el Plano de parte de la Srta. Conservadora de Bienes Raíces de San Vicente de Tagua Tagua. En efecto, en el Plano consta que la negativa es del siguiente tenor: “Certifico: Que, no se procedió al archivo del presente Plano, al margen de la inscripción de Fs. 326 vuelta N° 335 del Registro Propiedad Año 2018 de este Conservador de Bienes Raíces, atendido a que conforme a su título, la propiedad carece de superficie y medidas en sus deslindes.- San Vicente TT. 21 Agosto, 2023.” Sin perjuicio de lo anterior, refiere que el predio en cuestión fue subdividido y tal operación, por su carácter de urbano, fue autorizada por la Dirección de Obras de la Municipalidad de Pichidegua, como consta en la respectiva resolución administrativa que aprobó la subdivisión, denominada “Resolución de Aprobación de Subdivisión o Fusión, N° 08” de fecha 03 de Mayo del año 2021. Así, hace Código: RZHEXXNKDXW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl presente que según manifiesta su representado, los deslindes de la propiedad señalada anteriormente, cuyo Plano de subdivisión se solicita se ordene archivar, han permanecido invariables desde hace muchos años, por lo que la superficie y medidas indicadas en el Plano aludido corresponden a la realidad material y actual del inmueble. Agregan que el archivo del Plano es absolutamente indispensable atendido que para efectuar cualquiera operación material en el predio o en alguno de sus lotes, o efectuar alguna operación o transacción comercial a sus respectos, tales como compraventa de alguno o ambos lotes, es previo y necesario que dicho Plano se enc

Fallo

Por tanto, previas citas legales respectivas, solicita se ordene al Conservador de Bienes Raíces de San Vicente de Tagua Tagua, archivar en sus Registros pertinentes el Plano que se acompaña en esta presentación, que indica las medidas y superficie real del inmueble singularizado precedentemente, y la Resolución aprobatoria del mismo, como asimismo efectúe las anotaciones e inscripciones que fueren pertinentes, previo Informe de la Srta. Conservadora de Bienes Raíces de esta ciudad. SEGUNDO: A folio 13, consta informe del Conservador de Bienes Raíces de San Vicente de Tagua Tagua, de fecha 27 de mayo de 2024. En lo pertinente señala: “En efecto, este Conservador procedió a negar el archivo del plano, que corresponde al de la subdivisión del inmueble en dos lotes cuya aprobación consta de la resolución Nº8 de fecha 3 de Mayo de 2021 de la Dirección de Obras de la Municipalidad de Pichidegua, en razón a, como se ha expresado, el título carece de la indicación de la superficie y medidas del inmueble; y porque este Conservador carece de las atribuciones y las herramientas necesarias para realizar dicha determinación. Sin embargo, con fecha 6 de Marzo del corriente el Director de Obras del Municipio de Pichidegua, don Claudio Andrés Garnham Alarcón, ha emitido informe en relación a lo solicitado por el recurrente, quién expresa que ha verificado las dimensiones del predio, conforme al plano aprobado y el levantamiento topográfico del terreno realizado por dicha dirección, pudien

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de San Vicente de Tagua Tagua CAUSA ROL : V-137-2023 CARATULADO : CABELLO/ San Vicente de Tagua Tagua, dieciocho de Julio de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: LOS HECHOS: LA SOLICITUD : PRIMERO: Con fecha 23 de noviembre de 2023, a folio 1, comparece ante este Tribunal, don ESTEBAN JOSE ANTONIO ROJAS NEGRETE, abogado, en repre

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