ROJAS/
Rol
V-327-2023
Fecha
18 de julio de 2024
Materia
NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: PRIMERO: Que, en folio 1 de la carpeta electrónica, compareció doña Daniela Elizabeth Rojas Herrera, chilena, cédula de identidad número 18.359.310-2, Técnico en Administración, domiciliada en El Cambucho N° 70, Comuna de Pudahuel, en representación de su hija AGUSTINA DANIELA JIMÉNEZ ROJAS, del mismo domicilio, cédula de identidad número 23.959.568-5, chilena, estudiante, a fin de que se autorice el cambio cambiar el primer apellido de aquella, esto es, “JIMÉNEZ” y reemplazarlo por “RIVERA”, manteniendo sus nombres AGUSTINA DANIELA quedando su nombre completo en definitiva, como “AGUSTINA DANIELA RIVERA ROJAS”. Al efecto, argumentó, que, desde el embarazo comenzaron los problemas con el padre biológico de Agustina, don Christopher Ángel Jiménez Vargas, cédula de identidad número 13.666.247-3, toda vez, que desde el principio él le habría pedido que realizará un aborto, al que no accedió, por lo que desapareció de su vida, cuando ella tenía cuatro meses de embarazo, contando con el apoyo únicamente de sus padres, quienes además aportaron económicamente en el parto. Al nacer la niña, interpuso demanda de Reconocimiento judicial de filiación no matrimonial, ante el Juzgado de Familia de Pudahuel, en causa C-2301-2012, don Christopher Jiménez se negaba a reconocerla y asumir su responsabilidad. Sostuvo que igualmente, tanto la pensión de alimentos como el régimen comunicacional, fueron reguladas a través de un Tribubnal de Familia, sin embargo, a la fecha de esta presentación, adeuda un monto total de $4.131.833.- correspondiente a 65,05288 UTM, incumpliendo su responsabilidad de manera reiterada en el tiempo, lo cual se constatará en liquidación de deuda, en causa Z-4466-2021 del 1º Juzgado de Familia de Santiago. En relación al régimen comunicacional, expuso que sólo duró unos pocos años, suspendidos, por la falta de interés del padre por estar con su hija, y atendidos los reiterados incumplimientos tanto en los horarios como en el cuidado de Agustina. Ag
Fallo
se declara: Que se acoge la solicitud de folio 1 de la carpeta electrónica y, en consecuencia, se ordena al Servicio de Registro Civil e Identificación, proceda a rectificar la partida de nacimiento, con número de inscripción 3541, sin Registro del año 2012 de la circunscripción Santiago, en que actualmente aparece como titular AGUSTINA DANIELA JIMÉNEZ ROJAS, Código: NNQRXXDZZRW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl R.U.N. N° 24.264.342-9, para que quede en definitiva como AGUSTINA DANIELA RIVERA ROJAS R.U.N. N° 23.959.568-5. Sirva copia autorizada del presente fallo, debidamente ejecutoriado, como mérito suficiente para requerir la inscripción antes decretada. Regístrese y dese copia. DICTADA POR DOÑA BEATRIZ CATRILEO OJEDA, JUEZA (S) Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, dieciocho de Julio de dos mil veinticuatro Código: NNQRXXDZZRW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: NNQRXXDZZRW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-07-18T13:20:00-0400
Texto Completo (Preview)
NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 25 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-327-2023 CARATULADO : ROJAS/ Santiago, dieciocho de Julio de dos mil veinticuatro VISTOS: PRIMERO: Que, en folio 1 de la carpeta electrónica, compareció doña Daniela Elizabeth Rojas Herrera, chilena, cédula de identidad número 18.359.310-2, Técnico en Administración, domiciliada en El Cambucho N° 70, Comuna de Pu
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica