2º Juzgado de Letras de la Serena

ARANEDA CIFUENTES EDUARDO ANDRES CON LOPEZ BRAVO ANA SCARLET

Rol

C-2592-2024

Fecha

18 de julio de 2024

Materia

ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Que a lo principal, con fecha 19 de junio de 2024, comparece don Claudio Rojas Lauli , abogado, é actuando en representaci n convencional de don Eduardo Andr s Aranedaó é Cifuentes, funcionario p blico, ambos domiciliados para estos efectos en calle Diegoú Portales N°311, oficina 52, Edificio Portales y Palazuelos, Coquimbo, interponiendo demanda de terminaci n de contrato de arrendamiento de inmueble por no pago de rentas,ó en contra de do a Ana Scarlet L pez Bravo, auxiliar de servicio, con domicilio en pasajeñ ó Pintor Enrique Bertrix N°2996, Sitio 3, Loteo Los Copihues, La Serena, en base a lo que se expondr .á Refiere que con fecha 18 de agosto de 2020, don Eduardo Araneda Cifuentes celebr un contrato de arrendamiento con la demandada, respecto del inmueble ubicado enó pasaje Pintor Enrique Bertrix N°2996, Sitio 3, Loteo Los Copihues, La Serena; pact ndose una renta mensual ascendente a $200.000.- mensuales, á pagaderos por periodos anticipados los d as cinco de cada mes, reajustable de acuerdo con la variaci n queí ó experimente el IPC. El contrato inicialmente ser a a plazo fijo, el cual se ha renovado en los t rminosí é del art culo 1956 del C digo Civil. í ó Es del caso que desde junio de 2022, a la fecha, la demandada no ha pagado la renta convenida, adeudando en la actualidad la suma de $5.000.000.- por concepto de rentas vencidas a la fecha de presentaci n de la demanda. ó Asimismo, no ha pagado los suministros b sicos, adeudando al momento deá presentaci n de esta demanda la suma de $2.063.570.- por agua potable y $882.420.- deó suministro de energ a el ctrica.í é Código: SQHLXXXZFRW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2592-2024 Foja: 1 Por tanto, atendido el incumplimiento expuesto, solicita acoger la demanda y declarar: terminado el contrato de arrendamiento aludido; que se condena a la demandada, como asimismo a cualquiera persona que habite o se encuentre en la propiedad a

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el arrendamiento es un contrato oneroso en virtud del cual resultan obligadas ambas partes intervinientes. Siendo obligaci n esencial para eló Código: SQHLXXXZFRW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2592-2024 Foja: 1 arrendatario no s lo pagar el precio o renta, seg n lo establecido en el art culo 1942 deló ú í mismo cuerpo legal; sino tambi n restituir el inmueble objeto del convenio terminada queé sea la relaci n que les vincula. Adem s, de acuerdo a lo dispuesto en el art culo 1545 deló á í C digo Civil, todo contrato legalmente celebrado es una ley para los contratantes, y noó puede ser invalidado sino por su consentimiento mutuo o por causas legales. En efecto, para la procedencia de la presente acci n, es necesario que eló demandante pruebe la existencia del contrato y sus cl usulas. Mientras que, si lo acredita,á es de carga probatoria de la demandada demostrar que ha dado cumplimiento las obligaciones estipuladas. SEGUNDO: Que el demandante, en orden a acreditar el fundamento de su acci n, acompa la siguiente prueba documental:ó ñó En el tercer otros del libelo de fecha 19 de junio de 2024:í 1.- Copia del contrato de arrendamiento suscrito por las partes con fecha 18 de agosto de 2020. 2.- Reporte de facturaci n de Aguas del Valle, de fecha 17 de junio de 2024.ó 3.- Reporte de consumo de electricidad de CGE, de fecha 19 de junio de 2024. TERCERO: Que valorada la prueba de acuerdo a las reglas de la sana cr tica,í conforme a lo establecido en el art culo 8 N°7 de la Ley 18.101, y teniendo en especialí consideraci n el contrato de arrendamiento acompa ado, se ha comprobado que con fechaó ñ 18 de agosto de 2020, don Eduardo Andr s Araneda Cifuentesé en calidad de arrendador-– y do a Ana Scarlet L pez Bravo, ñ ó como arrendataria, celebraron contrato de arriendo respecto del inmueble ubicado en pasaje Pintor Enrique Bertrix N°2996, Sitio 3, Loteo Los Copihues, La Serena; pact ndose una renta ascendente a $200.000.- mensualesá pagaderos por periodos anticipados los d as cinco de cada mes, reajustable de acuerdo a laí variaci n que experimente el IPC. Adem s, la arrendataria se oblig a pagar los serviciosó á ó b sicos domiciliarios.á CUARTO: Que evidenciada la existencia del contrato, correspond a a laí arrendataria acreditar el cumplimiento de las obligaciones por ella contra dasí . Sin embargo, y pese a estar v lidamente notificada, no aport prueba alguna al efecto, resultando porá ó tanto probada la causal de terminaci n de contrato de arrendamiento, de conformidad a loó dispuesto en el art culo 1977 del C digo Civil.í ó QUINTO: Pues bien, considerando que a la fecha de presentaci n de la demandaó la arrendataria adeudaba las rentas devengadas entre junio de 2022 y junio de 2024, a Código: SQHLXXXZFRW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2592-2024 Foja: 1 raz n de una renta asce

Fallo

Por tanto, atendido el incumplimiento expuesto, solicita acoger la demanda y declarar: terminado el contrato de arrendamiento aludido; que se condena a la demandada, como asimismo a cualquiera persona que habite o se encuentre en la propiedad a cualquier t tulo, a restituir la propiedad arrendada, totalmente desocupada y libre de todo morador,í dentro de tercero d a de la notificaci n de la sentencia definitiva, o desde que el falloí ó cause ejecutoria, bajo apercibimiento de lanzamiento con auxilio de la fuerza p blicaú ; que se condena a la demandada a pagar las rentas morosas por la suma de $5.000.000.- adem sá de las que se devenguen durante la tramitaci n del juicio y hasta la restituci n efectiva deló ó inmueble, m s los reajustes e intereses m ximos correspondientes; que se condena a laá á demandada a pagar los intereses y reajustes m ximos legales que procedan por la mora ená el pago de las rentas atrasadas, y hasta el pago efectivo de las mismas, seg n lo estableceú la ley y liquidadas oportunamente por el tribunal; que se le condena a pagar los consumos de suministros b sicos referidos a los servicios de agua potable y energ a el ctrica, hasta laá í é restituci n efectiva, incluyendo los devengados y pendientes a la fecha de la presentaci nó ó de esta demanda; que se le condene al pago de las costas. Que enseguida, en el primer otros del libelo, el demandante interpuso en subsidioí acci n de desahucio, haciendo presente que no desea perseverar en el contrato.ó Que

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C-2592-2024 Foja: 1 FOJA: 11 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de la Serenaº CAUSA ROL : C-2592-2024 CARATULADO : ARANEDA CIFUENTES EDUARDO ANDRES CON LOPEZ BRAVO ANA SCARLET Vistos: Que a lo principal, con fecha 19 de junio de 2024, comparece don Claudio Rojas Lauli , abogado, é actuando en representaci n convencional de don Eduardo Andr s Aranedaó é Cifuentes, f

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