Juzgado de Letras y Gar. Pozo Almonte

SOTO/

Rol

V-143-2024

Fecha

18 de julio de 2024

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que don HERNAN ALFREDO SOTO ROJAS, chileno, soltero, administrador, cédula nacional de identidad número 15.428.344-7, domiciliado en Calle Alcalde Eduardo Castillo Velasco N° 1820, Casa C, Comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, presentó con fecha 12 DE FEBRERO DE 2024, el Pedimento Minero denominado “WASARA 20” solicitando la concesión de éste. SEGUNDO: Que dicho pedimento se inscribió a fojas 1214 bajo el Número 832, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Pozo Almonte, correspondiente al año 2024. TERCERO: Que el pedimento antes referido se publicó con fecha 26 de febrero de 2024, en el Boletín Oficial de Minería. CUARTO: Que el Servicio Nacional de Geología y Minería, mediante el Ord. N° 1183, de fecha 17 de junio de 2024 informa correcta la operación consignando que, “los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión se encuentra conforme con las disposiciones legales vigentes y agrega que la forma, dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión se ajustan a la ley, y la cara superficial de la concesión solicitada está comprendida dentro del terreno pedido”. QUINTO: Que, las coordenadas UTM de cada uno de los vértices del perímetro de la cara superior del pedimento minero denominado “WASARA 20”, materia de esta concesión son: VERTICE NORTE (m.) ESTE (m.) P.M. 7.848.500,00 420.500,00 V1 7.850.000,00 420.000,00 V2 7.850.000,00 421.000,00 V3 7.847.000,00 421.000,00 V4 7.847.000,00 420.000,00 Y Vistos, además, lo dispuesto en los artículos 57 y 87 del Código de Minería, y artículo 42 del Reglamento

Fallo

SE DECLARA: SE APRUEBA el plano y se declara constituida la concesión de exploración denominada denominado “WASARA 20”, con una superficie total de 300 HECTÁREAS, a favor de su solicitante HERNAN ALFREDO SOTO ROJAS, ya individualizado. Publíquese esta sentencia en extracto conforme lo ordena el artículo 90 del Código de Minería y artículo 43 de su Reglamento. Código: XSRDXXXGXXV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Inscríbase esta sentencia dentro del plazo de 120 días que señala el artículo 89 del Código de Minería en el Registro correspondiente del Conservador de Minas de Pozo Almonte y remítase copia del plano al Conservador de Minas referido para su archivo. Hágase entrega al interesado del original del plano a fin de que dé cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento del Código de Minería. En su oportunidad, certifíquese la ejecutoria de la sentencia. El solicitante deberá extraer del sistema de tramitación electrónica las copias necesarias para el cumplimiento de lo ordenado. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad archívese. Dictada por Juez(a) del Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Pozo Almonte, que se individualiza en la firma electrónica avanzada estampada en la presente sentencia. Pozo Almonte, a dieciocho de julio del año dos mil veinticuatro, notifiqué por el estado diario de hoy la sentencia que antecede.//frt. Código: XSRDXXXGXXV Este documento tiene firma elect

Texto Completo (Preview)

FOJA: 10 .- diez .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. Pozo Almonte CAUSA ROL : V-143-2024 CARATULADO : SOTO/ POZO ALMONTE, DIECIOCHO DE JULIO DE DOS MIL VEINTICUATRO VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que don HERNAN ALFREDO SOTO ROJAS, chileno, soltero, administrador, cédula nacional de identidad número 15.428.344-7, domiciliado en Calle Alcalde Eduardo Castillo Velasc

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