VALENZUELA CON INTEGRACIONES ELÉCTRICAS LIMITADA
Rol
M-13-2022
Fecha
17 de agosto de 2024
Materia
Costas, Cotizaciones Previsionales, Prestaciones, Reajustes e intereses
Resultado
No especificado
Hechos
hechos de la demanda a ambas, tanto en lo que dice relación con las prestaciones adeudadas y las cotizaciones también, y en lo que dice relación con la demandada solidaria, en lo relativo con la existencia de un régimen de subcontratación y de la responsabilidad solidaria que le asiste a ESSBIO y lo que unido entonces a los documentos que se acompañaron en la demanda consistentes en el contrato de trabajo, en el proyecto de finiquito, en el comprobante de carta de aviso, liquidaciones de remuneraciones que están solo hasta noviembre de 2021 diciembre 2021 y enero 2022, lo que da cuenta entonces de las prestaciones que se adeudan, el reclamo, el acta de conciliación y certificado cotizaciones que faltan los meses señalados de cotizaciones, siendo de carga de la parte demandada principal entonces acreditar el pago de estas prestaciones, y de las cotizaciones previsionales que se señala adeudar. Y asimismo por su parte, en cuanto a la demandada solidaria, siendo su carga acreditar entonces que no existe o haber desvirtuado los supuestos del régimen de subcontratación existente. Así las cosas entonces, y lo dispuesto en los artículos 156, 168, 173, artículo 453 n°1 inciso 7, 453 N° 3, 432, 446, 453, 496 y 500 del código del Trabajo, se declara que se acoge en todas sus partes la demanda interpuesta por Marcelo Patricio Valenzuela Sepúlveda en contra de Integraciones Eléctricas limitadas, representadas legalmente Entonces por Luis Eduardo Rossé Saldía, y en consecuencia se le condena: 1. que se declara que la renuncia del trabajador es efectiva contar del 15 de febrero del 2022. 2. que la demandada es condenada al pago de las siguientes prestaciones: · $528.722- (quinientos veintiocho mil setecientos veintidós pesos) correspondientes a los 15 días trabajados en febrero de 2022. · $302.427- (trescientos dos mil cuatrocientos veintisiete pesos) por concepto de Feriado Proporcional. · $220.680- (doscientos veinte mil seiscientos ochenta pesos) por concepto del término d
Fallo
fallo inmediato. El Tribunal, atendida a la incomparecencia de la parte demandada, acoge los apercibimientos indicados y procede además a dictar sentencia. DICTACIÓN DE SENTENCIA. En Bulnes a dieciséis de agosto de dos mil veinticuatro. MARCELO PATRICIO VALENZUELA SEPÚLVEDA, cédula nacional de identidad n°8.983.535-6, de nacionalidad chilena, MAESTRO CARPINTERO, con domicilio en Población Vicente Pérez Rosales, Pasaje 1 norte N°832, Chillán, demanda en procedimiento monitorio cobro de prestaciones adeudadas, en contra de INTEGRACIONES ELÉCTRICAS LTDA., RUT n°76.258.236-8, representada legalmente en virtud de lo dispuesto en el artículo 4° del Código del Trabajo por LUIS EDUARDO ROSSÉ SALDÍAS , Rut n°8.615.378-5 o por quien haga sus veces de conformidad a la disposición señalada, ambos con domicilio en GAMERO N°564, RANCAGUA; y así mismo, en forma solidaria o en subsidio subsidiariamente responsable en tenor a los artículos 183 letra A y siguientes de Código del Trabajo, en contra de ESSBIO S.A., rut n°96.579.330-5 representada legalmente por JUAN PABLO FELIU RODRIGUEZ, rut n° 9.048.732-9, o por quien haga las veces de tal en conformidad al artículo 4 del Código de Trabajo, domiciliados ambos para estos efectos en CALLE EL ROBLE N°251, QUILLÓN, en base a los siguientes antecedentes: Con fecha 6 de septiembre de 2021 por INTEGRACIONES ELÉCTRICAS LTDA., bajo vínculo de subordinación y dependencia, con obras y faenas en PEAC (PLANTA ELEVADORA DE AGUA CRUDA) QUILLÓN FLORIDA, c
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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 16/08/2024 RUC 22- 4-0409660-9 RIT M-13-2022 MAGISTRADO CLAUDIA AGUAYO DOLMESTCH ADMINISTRATIVO DE ACTAS Jorge Sandoval Durán HORA DE INICIO 09:23 HORA DE TERMINO 09:37 Nº REGISTRO DE AUDIO 2240409660-9-150 PARTE RECLAMANTE COMPARECIENTE MARCELO PATRICIO VALENZUELA SEPÚLVEDA Rut: 8.983.535-6 Domicil
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