POLLAK/I MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES
Rol
C-6361-2024
Fecha
15 de julio de 2024
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que en el folio 1 comparece don Jorge Gompertz Pumarino, abogado, en representación de don HENRY POLLAK BEN-DAVID, médico psiquiatra, domiciliado para estos efectos en Avenida Vitacura N°5250, oficina 908, comuna de Vitacura, quien interpone demanda de prescripción en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES, corporación de derecho público, representada por su Alcaldesa, doña Daniela Peñaloza Ramos, o por quien la reemplace, suceda o subrogue en el cargo, ambas domiciliadas en Avenida Apoquindo 3.400, comuna de Las Condes. Fundando su demanda indica que con fecha 24 de noviembre de 2023 entró en conocimiento de un documento denominado “Patentes Municipales”, que acompaña con su demanda, en virtud del cual consta que su representado adeudaría el pago de las patentes correspondientes al período comprendido entre el segundo semestre del año 2011 al primer semestre del año 2018, ambos inclusive, por un total de $1.561.722 (sic), más reajustes e intereses, arrojando la suma total de $7.769.751, cuyas acciones de cobro, junto con sus respectivos reajustes e intereses, se encuentran prescritas. Apoya jurídicamente su pretensión en lo establecido en los artículos 2492, 2493 y 2521, todos del Código Civil, los que reproduce en lo pertinente, así como en lo dispuesto en los artículos 23 y 24 del Decreto Ley N°3.063, Ley sobre Rentas Municipales, normativa conforme a la cual concluye que la totalidad de las patentes que la demandada señala como adeudadas se encuentran prescritas por cuanto ha transcurrido en exceso el plazo de 3 años desde que se hicieron exigibles, aplicable en la especie por tratarse de una prescripción especial de corto tiempo, no constando que dicho plazo se haya interrumpido civil o naturalmente. En consecuencia, en mérito de lo expuesto y de las normas legales invocadas, solicita tener por interpuesta demanda en juicio ordinario de menor cuantía en contra de la Ilustre Municipalidad de Las Condes, representada por su Alcaldesa, doña Da
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en el folio 1 de autos compareció el abogado don Jorge Gompertz Pumarino, en representación de don HENRY POLLAK BEN-DAVID, quien interpuso demanda en procedimiento ordinario de declaración de prescripción extintiva de acciones en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES, todos ya individualizados en autos, a fin que se declare la prescripción extintiva de la acción de cobro de las patentes municipales, reajustes e intereses generadas respecto del actor-contribuyente, por el período comprendido entre el segundo semestre del año 2011 al primer semestre del año 2018, ambos inclusive, por un total de $7.769.751, conforme a los argumentos de hecho y derecho que se detallan en lo expositivo de la presente sentencia y que se tendrán por reproducidos en este considerando por razones de economía procesal. SEGUNDO: Que, en el folio 11 de autos compareció el abogado Rogelio Erazo Román, en representación de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES, quien contestó la demanda allanándose a la misma en todas sus partes, toda vez que no controvirtió ni los hechos ni el derecho invocado, respecto de los periodos adeudados entre el segundo semestre de 2011 hasta el primer semestre de 2018, ambos inclusive. Lo anterior conforme a los argumentos que se detallan en lo expositivo de la presente sentencia y que también se tendrán por reproducidos en este considerando. Que, al efecto, el allanamiento debe entenderse como una manifestación de conformidad con la petición formulada, en Código: YTKJXXKYBTX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 este caso por la demandada, siendo su consecuencia principal el de poner término al proceso mediante una resolución judicial que tenga como base tal allanamiento. TERCERO: Que, sin perjuicio de lo anterior, a fin de acreditar sus asertos, la parte demandante aparejó el proceso, como consta a folio 1 de autos, con la debida ritualidad procesal y sin objeciones de la contraria, entre otros, el siguiente documento: 1°) Certificado de “Patentes Municipales”, de fecha 24 de noviembre de 2023, emitido por la Ilustre Municipalidad de Las Condes a nombre don Henry Pollak Ben-David. CUARTO: Que, de la probanza particularizada en el motivo Tercero que antecede, apreciada conforme a las reglas contenidas en los artículos 342 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y artículos 1700 y siguientes del Código Civil, permite dar por acreditado que el demandante, don Henry Pollak Ben-David, cédula nacional de identidad N° 5.711.410-K, efectivamente mantiene una deuda por concepto de patente comercial con la Ilustre Municipalidad de Las Condes por el periodo comprendido entre el segundo semestre del 2011 y el primer semestre del 2018, por la suma total, incluidos reajustes e intereses, de $7.769.751, solicitando por esta vía que se declare su prescripción. QUINTO: Que, para obtener una acertada inteligencia de la contienda que no
Fallo
en mérito de lo expuesto y de las normas legales invocadas, solicita tener por interpuesta demanda en juicio ordinario de menor cuantía en contra de la Ilustre Municipalidad de Las Condes, representada por su Alcaldesa, doña Daniela Peñaloza Ramos, ambas ya individualizadas, admitirla a tramitación, y en definitiva acogerla en todas sus partes, declarando la prescripción extintiva de la acción Código: YTKJXXKYBTX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 de cobro de las patentes municipales, reajustes e intereses que se singularizan en el documento acompañado en el primer otrosí, y que corresponden a aquellas con vencimiento al 30 de septiembre de 2011 y al 31 de enero de 2018, ambas inclusive, con expresa condenación en costas en caso de oposición. Que en el folio 6 se admitió a tramitación la demanda bajo las reglas del juicio ordinario de menor cuantía. Que en el folio 9 y con fecha 27 de mayo del 2024, consta que se practicó la notificación de la demanda a doña Daniela Peñaloza Ramos, alcaldesa de la Ilustre Municipalidad de Las Condes, en la forma dispuesta en el artículo 44 del Código de Procedimiento Civil. Que en el folio 11 comparece don Rogelio Erazo Román, abogado, en representación de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES, ambos domiciliados en Avenida Apoquindo N°3.400, comuna de Las Condes, allanándose a la misma, por cuanto, en efecto, se encontraría prescrita la acción para cobrar l
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RIT« » Foja: 1 FOJA: 9 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 12 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-6361-2024 CARATULADO : POLLAK/I MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES Santiago, quince de Julio de dos mil veinticuatro VISTOS: Que en el folio 1 comparece don Jorge Gompertz Pumarino, abogado, en representación de don HENRY POLLAK BEN-DAVID, médico psiquiatra, domiciliado para estos efectos en
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