BNP PARIBAS CARDIF SEGUROS GENERALES S. A./NAVARRO
Rol
C-890-2024
Fecha
12 de julio de 2024
Materia
INDEMNIZACIÓN PERJUICIOS ART.169 LEY TRÁNSITO
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folio 01 comparece Pedro Antonio Fuentes Araya, abogado, en representación como se acredita de BNP PARIBAS CARDIF SEGUROS GENERALES S.A., persona jurídica de derecho privado del giro seguros generales, ambos con domicilio para estos efectos en calle Gral. Manuel Baquedano número 239, oficina 402, edificio Studio Office, quien deduce demanda de indemnización de perjuicios en contra de don VICTOR RAUL NAVARRO ARZOLA, cédula de identidad N°13.446.359-7, con domicilio en Clodomiro Rozas número 1417, de esta ciudad, en calidad de dueño inscrito del vehículo P.P.U: BFKZ-67, a efecto de que sea condenado por los perjuicios que a continuación detalla. Funda su demanda en que el día 11 de septiembre de 2022, don Mauricio Soto Negrón, con cédula de identidad N°17.531.396-6, domiciliado en calle Ignacio Carrera Pinto número 1436, conducía el vehículo con patente HXXL-70 por calle Nicolás Tirado. Al llegar a la Av. Pedro Aguirre Cerda, enfrentó una luz roja del semáforo y su vehículo fue colisionado en la parte trasera por otro vehículo con patente BFKS-67, conducido por Víctor Raúl Navarro Arzola, cédula de identidad N°13.446.359-7, domiciliado en Clodomiro Rozas número 1417, de Antofagasta. Indica que el demandado no alcanzó a frenar a tiempo, debido a que no respetó la distancia debida, conducía sin licencia, y en estado de ebriedad, con un 1,05% de alcohol en Código: EQQXXXYLXZT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl la sangre. Agrega que la colisión provocó daños significativos al vehículo de don Mauricio Soto, y que su representada, BNP Paribas Cardif Seguros Generales S.A., se encargó de la reparación del vehículo asegurado. Relata que la causa de la colisión fue la imprudencia del demandado, y que, según costa en la cauta RIT 1654-2023; RUC: 2200898975-7 del Juzgado de Garantía de Antofagasta, éste fue condenado a 541 días de presidio menor en su grado medio, además de una multa de dos unidades
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: En autos ha comparecido don Pedro Antonio Fuentes Araya, abogado, actuando en nombre y representación de BNP PARIBAS CARDIF SEGUROS GENERALES S.A., quien interpuso demanda de indemnización de perjuicios en contra de don VICTOR RAUL NAVARRO ARZOLA, en calidad de dueño inscrito del vehículo P.P.U: BFKZ-67, causante de la colisión y los perjuicios producidos al vehículo asegurado por la demandante, en virtud de los argumentos pormenorizados en la parte expositiva de la sentencia. SEGUNDO: El demandado no contestó la demanda, permaneciendo rebelde durante toda la secuela del juicio. TERCERO: La parte demandante, con el objeto de acreditar sus alegaciones, acompañó los siguientes documentos: 1. Parte policial N°3399, de fecha 12 de septiembre de 2022, delito conducción ebriedad. 2. Copia de audiencia de preparación de juicio oral, de fecha 29 de agosto de 2023, del Juzgado de Garantía de Antofagasta. 3. Certificación de ejecutoria de la sentencia de fecha 29 de agosto de 2023, de RIT 1654-2023. 4. Escrito de solicitud de formalización de la investigación, emitido por Gloria Araya Carreño, Fiscal Adjunto de la Fiscalía local de Antofagasta. 5. Resolución que cita a audiencia de formalización de la investigación, de fecha 8 de mayo de 2023, del Juzgado de Garantía de Antofagasta. Código: EQQXXXYLXZT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 8. Copia del denuncio 58358, respecto del vehículo placa patente única HXXL70. 9. Copia de póliza 760274, de fecha registro 12 de septiembre de 2022. 10. Copia de factura número 63547, por la suma de $10.256.918.. 11. Verificación del contenido del documento N°63547, obtenido de la web del Servicio de Impuestos Internos. 12. Orden de reparación taller, de fecha 18 de diciembre de 2022, respecto del vehículo placa patente única HXXL70. 13. Set de fotografías del vehículo placa patente HXXL70. 14. Informe de liquidación, número 14024, compañía BNP Paribas Cardif Seguros Generales S.A. 15. Copia del certificado de anotaciones vigentes del vehículo P.P.U: BFKS-67. CUARTO: Por su parte, el demandado no acompañó ni se valió de prueba alguna. QUINTO: Del mérito de la prueba rendida en estos autos, en particular el parte policial N°3399, se desprende que el día 11 de septiembre de 2022, se constató un accidente de tránsito en la intersección de Avenida Pedro Aguirre Cerda con Nicolás Tirado, y se entrevistó a Mauricio Andrés Soto Negrón, quien declaró que aproximadamente a las 21:30 horas, mientras conducía su vehículo Kia Sorento blanco, modelo 2016, PPU HXXI-70, por Avenida Nicolás Tirado, se detuvo en un semáforo en rojo y sintió un fuerte impacto en la parte trasera de su vehículo. Al descender, se percató que el vehículo Ford Fiesta, modelo 2008, PPU BFKS-67, conducido por un ciudadano en evidente estado de ebriedad, había colisionado con su automóvil. Se indica que el personal policial entrevistó al conductor del automóvi
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 160, 161, 162, 170, 174 a 180, 254, 341, 342, Código: EQQXXXYLXZT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 346, 433, 680 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; 1698, 1712, 2314 y siguientes, 2329 del Código Civil, artículo 108, 172 N°2, 197 N°2, 174 y 200 de la Ley N°18.290, se declara que: Se acoge, con costas, la demanda interpuesta por don Pedro Antonio Fuentes Araya, en representación de BNP PARIBAS CARDIF SEGUROS GENERALES S.A., en lo principal de presentación de folio 1, y en consecuencia, se condena al demandado don VICTOR RAUL NAVARRO ARZOLA, a pagar la suma de $10.256.918.- (diez millones doscientos cincuenta y seis mil novecientos dieciocho pesos), por concepto de indemnización por daño emergente, como consecuencia del accidente ocurrido en esta ciudad, el día 11 de septiembre de 2022. Suma que deberá incrementarse con los intereses fijados para operaciones de dinero no reajustables, a contar de la notificación de la demanda y hasta el pago efectivo, sin reajustes. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad archívese. Rol C-890-2024 Dictada por Andrea Przybyszewski Jopia, Jueza Suplente. En Antofagasta, a doce de julio del año dos mil veinticuatro, se anotó en el estado diario la presente sentencia de acuerdo con lo previsto en el artículo 162 inciso final del Código de Procedimiento Civil. Código: EQQXXXYLXZT Este documen
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NOMENCLATURA : 1. [40]SENTENCIA. JUZGADO : 2º JUZGADO DE LETRAS CIVIL DE ANTOFAGASTA. ROL : C-890-2024 CARATULADO : BNP PARIBAS CARDIF SEGUROS GENERALES S. A./NAVARRO Antofagasta, a doce de julio del año dos mil veinticuatro. VISTOS: A folio 01 comparece Pedro Antonio Fuentes Araya, abogado, en representación como se acredita de BNP PARIBAS CARDIF SEGUROS GENERALES S.A., persona jurídica de de
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