2º Juzgado Civil de Chillán

REYES/

Rol

V-238-2023

Fecha

9 de julio de 2024

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 15 de noviembre de 2023, siendo las 19:15 horas, don Matías Lewin Urzúa, chileno, casado, abogado, CNI N°12.021.202-8, en representación de don DANIEL ELEAZAR REYES FIGUEROA, chileno, casado con separación de bienes, Ingeniero Civil Industrial, CNI:14.293.491-4, ambos domiciliados para estos efectos, en Avenida José Rabat 10670, Los Alerces 11, Colina, Santiago; presentó pedimento minero a fin de constituir concesión minera de exploración denominada “URRA II”, de 100 hectáreas. SEGUNDO: Que, con fecha 07 de diciembre de 2023, el pedimento minero se inscribió a fojas 71 vuelta bajo el N° 39 del Registro de Descubrimientos Mineros del Conservador de Minas de Chillán, del año 2023.- TERCERO: Que, con fecha 14 de diciembre de 2023, el pedimento minero se publicó en el Boletín Oficial de Minería. CUARTO: Que, a folio 9, rola informe favorable del Servicio Nacional de Geología y Minería de Concepción, de fecha 28 de marzo de 2024. QUINTO: Que las coordenadas U.T.M. de cada uno de los vértices del perímetro de la concesión, expresadas en metros, son las siguientes: VERTICES NORTE (Mts.) ESTE (Mts.) PUNTO MEDIO (PM) 5.943.800,00 766.200,00 V1 5.944.300,00 765.700,00 V2 5.944.300,00 766.700,00 V3 5.943.300,00 766.700,00 V4 5.943.300,00 765.700,00 SEXTO: Que las coordenadas U.T.M. de cada uno de los vértices del perímetro de la Concesión, están referidas al Datum Provisorio Sudamericano La Canoa 1956, Elipsoide Internacional de Referencia 1924, Huso 19. Y TENIENDO PRESENTE, lo dispuesto en los artículos 57 y 87 del Código de Minería,

Fallo

SE DECLARA: I) QUE SE APRUEBA EL PLANO y queda constituida la Concesión de Exploración denominada “URRA II”, ubicada en Región de Ñuble, Provincia de Diguillín, comuna de CHILLÁN, con una superficie total de 100 hectáreas a favor de DANIEL ELEAZAR REYES FIGUEROA, Código: HCTXXXQRYXR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 CNI: 14.293.491-4, domiciliado para estos efectos, en Avenida José Rabat 10670, Los Alerces 11, Colina, Santiago. II) Extráctese la presente sentencia constitutiva tal como lo prescribe el artículo 90 del Código de Minería y publíquese. III) Inscríbase la sentencia constitutiva y archívese el plano correspondiente en el Conservador de Minas de Chillán, en su oportunidad dése copia autorizada al solicitante para tales efectos. IV)Hágase entrega al interesado de copia de esta sentencia y original del plano para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 inciso primero del Reglamento del Código de Minería. V) Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Chill ná , nueve de Julio de dos mil veinticuatro. Código: HCTXXXQRYXR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-07-09T12:42:01-0400

Texto Completo (Preview)

RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Chill nº á CAUSA ROL : V-238-2023 CARATULADO : REYES/ Chillán, nueve de Julio de dos mil veinticuatro. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 15 de noviembre de 2023, siendo las 19:15 horas, don Matías Lewin Urzúa, chileno, casado, abogado, CNI N°12.021.202-8, en representación de don DANIEL ELEAZAR REYES FIGUEROA,

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