1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

BERNA/SOCIEDAD INMOBILIARIA, INVERSIONES Y ASESORIAS GREEN S.A

Rol

O-4863-2023

Fecha

9 de agosto de 2024

Materia

Despido injustificado, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos y oídos, que comparece DANIEL GUTIÉRREZ ORLANDI, abogado, cédula de identidad, número 13.998.978-3, Mandatario Judicial, domiciliado en Avenida Circunvalación Américo Vespucio Norte, número 2880, edificio Santiago Norte, comuna de Conchalí, en representación de doña MARÍA BERNA CAYETANO, de nacionalidad peruana, viuda, cédula de identidad, número 26.488.637-6. Interponiendo demanda sobre despido injustificado, nulidad del despido, cobro de prestaciones laborales en procedimiento de aplicación general en contra de SOCIEDAD INMOBILIARIA, INVERSIONES Y ASESORIAS GREEN S.A, Rut 76.087.948-7. ADMNISTRADORA DE SUPERMERCADOS EXPRESS LTDA., Rut 76.134.946-5. FALABELLA RETAIL S.A., Rut 77.261.280-K. Y UNIVERSIDAD SAN SEBASTIÁN SEDE BELLAVISTA, Rut 71.631.900-8. Todos ellos individualizados en el libelo prensor. Por las consideraciones realizadas a lo largo de la presente sentencia y en conformidad a lo establecido en los artículos 1, 2, 3, 5, 7, 9, 32, 33, 41 y siguientes, 54, 58, 63, 67, 73, 162, 163, 163 bis, 168, 171, 172, 173, 420 y siguientes, 440 a 462, 506 y 507 del Código del Trabajo, se resuelve que: I. Se acoge la demanda interpuesta por doña MARIA BERNA CAYETANO, cédula de identidad para extranjeros número 26.488.637-6, en contra de su SOCIEDAD INMOBILIARIO, INVERSIONES Y ASESORÍA GREEN S.A., rol único tributario 77.197.306-K, declarando que: a. Que el despido del actor acaecido el 29 de junio de 2023, fue carente de causa legal por tanto deberá pagar las siguientes prestaciones: 1. $483.231, por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo; 2. $1.932.924 por concepto de indemnización por años de servicio; 3. $ 966.462.-, por incremento de un 50% por sobre la indemnización por años de servicios; b. La demandada no pagó las cotizaciones de AFP Modelo, Fonasa y AFC Chile de la demandante correspondientes al mes de abril de 2023 II. Que se acoge la nulidad del despido y se condena a la Empresa al pago de las remuneraciones devengadas desde el 29 de j

Fundamentos

Fundamentos serán expuestos en sentencia definitiva. Déjese su resolución para definitiva. Testimonial (Se desiste): Exhibición de documentos: A la demandada principal SOCIEDAD INMOBILIARIO, INVERSIONES Y ASESORÍA GREEN S.A, exhiban bajo apercibimiento del artículo 453 Nº 5 del Código del Trabajo, los siguientes documentos: 1. Contrato de trabajo y anexos de contrato debidamente suscritos por la actora desde el 17 de enero de 2019 2. Carta de Aviso de término de contrato con su respectiva remisión a la Dirección del Trabajo y al domicilio de mí representada. 3. Comprobante de feriado legal y proporcional. 4. Contratos civiles, mercantiles o de la naturaleza que fueren suscritos con la demandada solidaria ADMINISTRADORA DE SUPERMERCADOS EXPRESS LTDA, que hubieren estado vigentes por el periodo comprendido desde enero de 2019 a abril de 2023. 5. Contratos civiles, mercantiles o de la naturaleza que fueren suscritos con la demandada solidaria FALABELLA RETAIL S.A, que hubieren estado vigentes por el periodo comprendido desde enero de 2019 a abril de 2023 6. Contratos civiles, mercantiles o de la naturaleza que fueren suscritos con la demandada solidaria UNIVERSIDAD SAN SEBASTIAN- SEDE BELLAVISTA, que hubieren estado vigentes por el periodo comprendido desde enero de 2019 a abril de 2023 7. Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Previsionales, denominado F30. Se desiste de los documentos 4 al 7, dado que las solidarias ya concluyeron su participación en el juicio. Atendida la no exhibición de documentos de la demandada, la parte demandante solicita hacer efectivo el apercibimiento legal. El tribunal resuelve: Se hace lugar al apercibimiento solicitado. Fundamentos serán expuestos en sentencia definitiva. Déjese su resolución para definitiva. OBSERVACIONES A LA PRUEBA. Constan íntegramente en audio. DICTACIÓN Y NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA. El tribunal procederá a dictar sentencia en este acto y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 62 inciso 3° del acta 71 de la Excelentísima Corte de Suprema, se transcribirá solo la parte resolutiva, constando la sentencia en su integridad en el registro de audio. En Santiago a nueve de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos y oídos, que comparece DANIEL GUTIÉRREZ ORLANDI, abogado, cédula de identidad, número 13.998.978-3, Mandatario Judicial, domiciliado en Avenida Circunvalación Américo Vespucio Norte, número 2880, edificio Santiago Norte, comuna de Conchalí, en representación de doña MARÍA BERNA CAYETANO, de nacionalidad peruana, viuda, cédula de identidad, número 26.488.637-6. Interponiendo demanda sobre despido injustificado, nulidad del despido, cobro de prestaciones laborales en procedimiento de aplicación general en contra de SOCIEDAD INMOBILIARIA, INVERSIONES Y ASESORIAS GREEN S.A, Rut 76.087.948-7. ADMNISTRADORA DE SUPERMERCADOS EXPRESS LTDA., Rut 76.134.946-5. FALABELLA RETAIL S.A., Rut 77.261.280-K. Y UNIVERSIDAD SAN SEBASTIÁN SEDE BELLAVISTA, Rut 71.631.900-8. Todos ellos individualizad

Fallo

se resuelve que: I. Se acoge la demanda interpuesta por doña MARIA BERNA CAYETANO, cédula de identidad para extranjeros número 26.488.637-6, en contra de su SOCIEDAD INMOBILIARIO, INVERSIONES Y ASESORÍA GREEN S.A., rol único tributario 77.197.306-K, declarando que: a. Que el despido del actor acaecido el 29 de junio de 2023, fue carente de causa legal por tanto deberá pagar las siguientes prestaciones: 1. $483.231, por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo; 2. $1.932.924 por concepto de indemnización por años de servicio; 3. $ 966.462.-, por incremento de un 50% por sobre la indemnización por años de servicios; b. La demandada no pagó las cotizaciones de AFP Modelo, Fonasa y AFC Chile de la demandante correspondientes al mes de abril de 2023 II. Que se acoge la nulidad del despido y se condena a la Empresa al pago de las remuneraciones devengadas desde el 29 de junio de 2023 hasta el 14 de diciembre del año 2023, última fecha en la cual se declaró la liquidación forzosa de la demandada principal en razón de una remuneración mensual de $483.231 III. Se condena al demandado al pago del feriado legal adeudado por la suma de $ $338.261pesos IV. Se condena al demandado al pago del feriado proporcional por la suma de 80.538 V. Se condena al demandado al pago de la remuneración adeudada por 628.200 VI. Que, las sumas ordenadas pagar se reajustarán y devengarán los intereses previstos en el artículo 173 del Código del Trabajo; VII. Que, no se condenará en costas a la

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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO Ordinario (Audiencia remota) FECHA 09/08/2024, Santiago RUC 23- 4-0497972-8 RIT O-4863-2023 CARATULADO BERNA/SOCIEDAD INMOBILIARIA, INVERSIONES Y ASESORIAS GREEN S.A MAGISTRADO ALEX RENÉ SAMUEL AYALA PAJARITO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Benjamín Esteban Hernández Guerrero HORA DE INICIO 13:06 HORA DE

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