SCOTIABANK CHILE S. A./BAEZ
Rol
C-13081-2023
Fecha
4 de julio de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: A folio 1 compareci ó Felipe Hern n Fr as Jones, abogado, mandatarioá í judicial y en representaci n convencional de ó Scotiabank, sociedad an nimaó bancaria, cuyo representante legal es Diego Patricio Masola, contador p blico, con domicilio para estos efectos en Agustinas N 1291, Oficina G,ú º piso 6 , comuna y ciudad de Santiago, quien interpuso demanda ejecutivaº de cobro de pagar en contra de é Daniela Alejandra B ez C ceresá á , ignora profesi n u oficio, domiciliado en Rodrigo De Quiroga 0947,ó Villa/Poblaci n Confraternidad, comuna y ciudad de San Bernardo. ó A folio 9 se tuvo por interpuesta la demanda, despach ndoseá mandamiento de ejecuci n y embargo.ó A folio 16 compareci el ejecutado, quien dentro de plazo opuso a laó ejecuci n las excepciones contempladas en los numerales 14 y 7 deló ° ° art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil. í ó A folio 18 se tuvo por opuestas las referidas excepciones, confiri ndoseé traslado de ellas al ejecutante. A folio 19 compareci el ejecutante evacuado el traslado que le fueseó conferido y solicitando el rechazo de las excepciones opuestas, con costas, en virtud de los argumentos contenidos en su presentaci n, los cuales se tienenó por reproducidos. A folio 20 se tuvo por evacuado el traslado conferido a la ejecutante. Acto seguido se declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibió Código: HXSCXXJRXVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-13081-2023 Foja: 1 la causa a prueba, fij ndose los hechos substanciales, pertinentes yá controvertidos, sobre los cuales sta debi recaer; resoluci n interlocutoriaé ó ó de prueba que consta debidamente notificada a ambas partes a folios 21 y 23. A folio 26 se cit a las partes para o r sentencia. ó í Y
Fundamentos
Considerando: Primero: Que compareci ó Felipe Hern n Fr as Jones, abogado,á í mandatario judicial y en representaci n convencional de ó Scotiabank, quien interpuso demanda ejecutiva de cobro de pagar en contra de é Daniela Alejandra B ez C ceresá á , todos ya individualizados, solicitando se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra por la cantidad deó 330,8129 UF, equivalente en pesos al d a 17 de julio de 2023, por la sumaí de $11.936.275.- pagaderas seg n valor de la unidad de fomento al d a delú í pago, por concepto de capital, m s los intereses pactados, devengados y losá que se devenguen hasta el d a del exacto e ntegro pago de la obligaci n,í í ó requerir de pago a la deudora y disponer se siga adelante con esta ejecuci nó hasta que a su representado se le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. Expuso que interpone demanda ejecutiva en virtud de ser la deudora vencida de los siguientes pagar s, suscritos con fecha 7 de julio de 2023 yé con vencimiento el 17 de julio de 2023: 1.- Pagar por el monto equivalente a é 33,0813 unidades de fomento. 2.- Pagar por el monto equivalente a 297,7316 unidades deé Fomento. Dichos pagar s fueron suscritos por el representante del Banco ené virtud de la cl usula d cimo quinta y d cimo sexta del Contrato deá é é Apertura que acompa a, a la orden de Scotiabank.ñ La sumatoria de los montos de capital, ya referidos, asciende a 330,8129 UF.- En los documentos antes referidos se estipul que el capital adeudadoó devengar a a contar deí la fecha de vencimiento y hasta la fecha de su pago Código: HXSCXXJRXVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-13081-2023 Foja: 1 efectivo, intereses a la tasa de inter s m ximo convencional vigente paraé á operaciones de cr dito de dinero reajustables en moneda nacional.é Asimismo, se estipul que en caso de mora o simple retardo en eló pago del capital adeudado, se devengar un inter s penal igual al inter sá é é m ximo convencional que sea permitido estipular para operaciones ená moneda nacional reajustables, que se encuentre vigente a la fecha en que se produzca la mora o simple retardo o la que se encuentre vigente al momento del pago de la obligaci n adeudada en virtud de estos pagar s. Eló é inter s penal se calcular sobre el capital adeudado y comenzar a regiré á á desde la mora o simple retardo hasta la fecha de pago efectivo de lo adeudado. Se deja constancia que los pagar s se encuentran garantizados con laé Garant a Estatal del Fisco de Chile, en conformidad a las disposiciones de laí Ley 20.027, que establecen normas para el financiamiento de estudios superiores, Ley 20.634, y los correspondientes Decreto N 182 de fecha 07º de septiembre de 2005, Decreto N 266, de fecha 24 de mayo de 2011,º Decreto N 403, de fecha 29 de agosto de 2009, todos ellos del Ministerioº de Educaci n.ó Las partes pactaron que la obligaci n es indivisible para los herederosó y/o
Fallo
se declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibió Código: HXSCXXJRXVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-13081-2023 Foja: 1 la causa a prueba, fij ndose los hechos substanciales, pertinentes yá controvertidos, sobre los cuales sta debi recaer; resoluci n interlocutoriaé ó ó de prueba que consta debidamente notificada a ambas partes a folios 21 y 23. A folio 26 se cit a las partes para o r sentencia. ó í Y Considerando: Primero: Que compareci ó Felipe Hern n Fr as Jones, abogado,á í mandatario judicial y en representaci n convencional de ó Scotiabank, quien interpuso demanda ejecutiva de cobro de pagar en contra de é Daniela Alejandra B ez C ceresá á , todos ya individualizados, solicitando se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra por la cantidad deó 330,8129 UF, equivalente en pesos al d a 17 de julio de 2023, por la sumaí de $11.936.275.- pagaderas seg n valor de la unidad de fomento al d a delú í pago, por concepto de capital, m s los intereses pactados, devengados y losá que se devenguen hasta el d a del exacto e ntegro pago de la obligaci n,í í ó requerir de pago a la deudora y disponer se siga adelante con esta ejecuci nó hasta que a su representado se le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. Expuso que interpone demanda ejecutiva en virtud de ser la deudora vencida de los siguientes pagar s, suscritos con fecha 7 de julio de 2023 yé
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C-13081-2023 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 23 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-13081-2023 CARATULADO : SCOTIABANK CHILE S. A./BAEZ Santiago, cuatro de Julio de dos mil veinticuatro Visto: A folio 1 compareci ó Felipe Hern n Fr as Jones, abogado, mandatarioá í judicial y en representaci n convencional de ó Scotiabank, sociedad an nimaó bancaria, cuyo representante legal
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