GARCÍA/AC SECURITY LIMITADA
Rol
M-199-2024
Fecha
8 de agosto de 2024
Materia
Costas, Feriado proporcional, Reajustes e intereses
Resultado
No especificado
Hechos
hechos de la demanda Contestación de la demanda Se efectúa contestación de la demanda en audiencia solo por la demandada solidaria; respecto del demandado principal se tiene por contestada en rebeldía. Conciliación Efectuado el llamado a conciliación y proponiendo el Tribunal bases concretas, ésta se da por frustrada. Observaciones: El Tribunal propone verificar un pago de $200.000.- y poner término a la causa sin perjuicio del derecho a repetir que podría eventualmente ejercer el demandado presente respecto del rebelde. La demandada no cuenta con instrucciones de conciliar en esta audiencia. El Tribunal deja constancia de que no se produce conciliación. La parte demandante solicita el apercibimiento establecido en el artículo 453 N°1 inciso séptimo del Código del Trabajo respecto del demandado rebelde. El Tribunal se pronunciará en sentencia definitiva. Hechos pacíficos 1. Entre el demandante y el demandado principal rebelde, existió una relación laboral del 23 de abril de 2022 y que se extendió hasta el 6 de enero de 2024, que concluye por renuncia. 2. Que el actor prestó servicios como guardia de seguridad. 3. La base del cálculo de su remuneración mensual de $615.000.- pesos. 4. Que a la fecha se le adeuda un feriado proporcional de $303.732.- pesos. Recepción de la causa a prueba y hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos a probar. 1. Lugar de prestación de los servicios del actor respecto de la demandada principal. En su, caso tiempo en el cual prestó servicios en supermercado A Cuenta. 2. Hechos que configuran el régimen de subcontratación entre demandadas. En tal caso, extensión temporal o vigencia de dicho régimen. Recursos: No se deducen. OFRECIMIENTO E INCORPORACION DE PRUEBAS PRUEBA DE LA DEMANDANTE Documental 1. Acta de comparendo de conciliación celebrada en la Inspección del Trabajo. De fecha 27 de febrero 2024. 2. Contrato de trabajo de fecha 23 de abril de 2022 entre demandante y demandada AC Security Ltda. 3. Acta de presen
Fundamentos
considerandos constan íntegramente en el registro de audio, de la audiencia única, las que se dan por expresamente reproducidas por economía procesal). Por todo lo anterior y de conformidad con lo que regulan los artículos 1, 7, artículo 63, 67, 71, 73 y siguientes, 183A y siguientes del Código del Trabajo artículo 446 y siguiente, 496 y siguiente, todos del Código del Trabajo;
Fallo
SE RESUELVE: En cuanto al los incidente pendiente de resolver: I. Que se da lugar a la petición de la parte demandante de hacer efectivo el apercibimiento legal del artículo 453, número 1, inciso séptimo, Código del Trabajo, en contra del demandado principal, sin costas. II. Que el tribunal acoge la solicitud de la parte demandante de hacer efectivo el apercibimiento legal del artículo 453, número 5 del Código del Trabajo, en contra de ambas demandadas, sin costas. En cuanto al fondo: III. Que se da lugar a la demanda interpuesta por Ignacio Andrés García Maldones, en contra de AC Security Ltda. representada legalmente por Wendolyne Oyarzun Villalobos, y en contra de Abarrotes Económicos S.A. (Supermercados A Cuenta), representada legalmente por Rodrigo Cruz Matta, todos ya individualizados, en cuanto a establecer: 1. Que se declara la relación laboral entre el demandante y el demandado principal, que se extendió en forma ininterrumpida del 23 de abril de 2023 al 6 de enero del 2024, ambos días inclusive, 2. Que la base de cálculo de la remuneración mensual del actor era equivalente a $615.000.- 3. Que esta relación laboral era de tipo indefinida. 4. Que la prestación de los servicios del actor para el demandado principal se concretó a través de un régimen de subcontratación, en virtud de la cual existía responsabilidad y vinculación respecto de la demandada solidaria. 5. Que a consecuencia de lo anterior se condena a las demandadas de forma solidaria al pago de la suma d
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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA Talca, siete de agosto de dos mil veinticuatro Juzgado de Letras del Trabajo de Talca RUC 24-4-0565763-1 RIT M-199-2024 MAGISTRADO Carlos Andrés Gajardo Ortiz ACTA Soledad Yáñez Morales SALA 4 HORA DE INICIO 11:40 horas HORA DE TÉRMINO 12:37 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2440565763-1-1341 PARTE DEM
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