12º Juzgado Civil de Santiago

TANNER SERVICIOS FINANCIEROS S.A/ENERSIDE ENERGY SPA

Rol

C-19618-2023

Fecha

2 de julio de 2024

Materia

FACTURA, NOTIFICACIÓN DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 1 compareció Francisco Bañados Geywitz, abogado, en representación convencional de TANNER SERVICIOS FINANCIEROS S.A., sociedad del giro mercantil, cuyo representante legal es Derek Charles Sasson, economista; e interpuso demanda ejecutiva de cobro de factura en contra de ENERSIDE ENERGY SPA, del giro de instalaciones eléctricas, representada legalmente por Ignacio Andrés Fernández Orellana, ambos domiciliados en Avenida Apoquindo N°4.499, oficina 801, Las Condes. Fundó su demanda en las siguientes facturas, emitidas por la sociedad SEGURIDAD PRIVADA VANGUARD CHILE SpA: 1) Factura Electrónica N°408, emitida con fecha 8 de marzo de 2023, por la suma total de $9.163.000. 2) Factura Electrónica N°411, emitida con fecha 9 de marzo de 2023, por la suma total de $9.163.000. 3) Factura Electrónica N°414, emitida con fecha 14 de marzo de 2023, por la suma total de $9.163.000 4) Factura Electrónica N°415, emitida con fecha 14 de marzo de 2023, por la suma total de $9.163.000. 5) Factura Electrónica N°448, emitida con fecha 2 de mayo de 2023, por la suma total de $3.692.966. 6) Factura Electrónica N°449, emitida con fecha 2 de mayo de 2023, por la suma total de $9.163.000. 7) Factura Electrónica N°450, emitida con fecha 2 de mayo de 2023, por la suma total de $5.997.600. 8) Factura Electrónica N°451, emitida con fecha 2 de mayo de 2023, por la suma total de $9.163.000. 9) Factura Electrónica N°456, emitida con fecha 24 de mayo de 2023, por la suma total de $8.004.624. 10) Factura Electrónica N°457, emitida con fecha 24 de mayo de 2023, por la suma total de $9.163.000. Código: PYSXXXZHVRN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-19618-2023 Foja: 1 11) Factura Electrónica N°462, emitida con fecha 30 de mayo de 2023, 6, por la suma total de $9.163.000. 12) Factura Electrónica N°463, emitida con fecha 30 de mayo de 2023, por la suma total de $9.163.000. Explicó que, dichas facturas fueron de

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, TANNER SERVICIOS FINANCIEROS S.A. interpuso demanda ejecutiva de cobro de factura en contra de ENERSIDE ENERGY SPA, todos previamente individualizados, solicitando se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra, en los términos ya descritos en lo expositivo de este fallo, que se dan por reproducidos. SEGUNDO: Que, la parte ejecutada opuso a la ejecución las excepciones de los números 9 y 7 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil; y, la parte Código: PYSXXXZHVRN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-19618-2023 Foja: 1 ejecutante solicitó su rechazo; todo, por las razones de hecho y derecho expuestas precedentemente. TERCERO: Que, consta en autos que, notificada judicialmente la entidad ejecutada (folio 8 del cuaderno de gestión preparatoria), con fecha 16 de febrero de 2024, ésta no alegó las circunstancias establecidas en la letra d) del artículo 5° de la ley 19.983, encontrándose vencido el plazo para hacerlo (certificado de folio 12 del cuaderno de gestión preparatoria). CUARTO: Que, la parte ejecutante, a fin de acreditar los fundamentos de su acción, acompañó al proceso, entre otros, los siguientes documentos: A folio 1 cuaderno de gestión preparatoria: 1) Facturas objeto del proceso (12). 2) Registros de aceptación o reclamo de las 12 facturas, emanados del Servicio de Impuestos Internos. 3) Certificados de anotación en el registro de las 12 facturas, emanados del Servicio de Impuestos Internos. A folio 16: 4) Factura electrónica N°407, emitida con fecha 8 de marzo de 2023, por la sociedad SEGURIDAD PRIVADA VANGUARD CHILE SpA., dirigida a la empresa ejecutada (ENERSIDE ENERGY SPA), por la suma total de $9.163.000, junto con el respectivo certificado de anotación en el Registro Público Electrónico de Transferencias de Créditos y el Registro de Aceptación o Reclamo asociado. 5) Factura electrónica N°454, emitida con fecha 11 de mayo de 2023, por la sociedad SEGURIDAD PRIVADA VANGUARD CHILE SpA, por la suma total de $9.163.000, dirigida a la empresa ejecutada (ENERSIDE ENERGY SPA), junto con el respectivo certificado de anotación en el Registro Público Electrónico de Transferencias de Créditos y el Registro de Aceptación o Reclamo asociado. 6) Imagen de pantalla titulado: “Informe de acreedores”, que, según la ejecutante es un comprobante de imputación de pago parcial respecto de la factura electrónica N°454, emitida con fecha 11 de mayo de 2023. La imputación es por un total de: $4.593.203, en capital. Aparece que la fecha de pago es el 28/09/2023. 7) Documento titulado “PLANILLA LIQUIDACIÓN PAGO DEUDOR” que dice relación con pagos realizados por ejecutada con fecha de pago: 27 de junio de 2027, respecto de las facturas números 407, 408, 411, 414, 415, 448, 449, 450, y 451 (planilla liquidación pago deudor, sin firmas). A estas 9 facturas se les imputa el pago por un valor de $1.850.000, $1.850.000, $1.850.000, $1.850.

Fallo

En mérito de lo expuesto y de conformidad a las normas legales que cita, solicitó tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de ENERSIDE ENERGY SpA, representada legalmente por Ignacio Andrés Fernández Orellana, ambos ya individualizados, ordenando despachar mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $100.162.190, más intereses y reajustes y disponer se siga adelante con la ejecución, hasta hacer a su representada, entero y total pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. Con fecha 2 de abril de 2024, se notificó la demanda según consta a folio 4 del cuaderno principal y, según consta a folio 2 del cuaderno de apremio, con fecha 3 de abril de 2024 se le requirió de pago. A folio 5, compareció Marcelo Andrés Calderón Ramírez, abogado, en representación de la ejecutada, ENERSIDE ENERGY SpA y opuso las excepciones contempladas en los números 9 y 7 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, esto es, el pago de la deuda, y, la falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que el título tenga fuerza ejecutiva sea absolutamente, sea en relación con el demandado. La excepción del N°9 la fundó en que las facturas N°450 y 451, se encuentran pagadas, y, por razones que desconoce, no ha sido reconocido por la demandante al momento de la presentación de la demanda ejecutiva de autos. La excepción del N°7 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, la fundó en que, salvo las facturas que efectivament

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C-19618-2023 Foja: 1 FOJA: 24 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 12 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-19618-2023 CARATULADO : TANNER SERVICIOS FINANCIEROS S.A/ENERSIDE ENERGY SPA Santiago, dos de Julio de dos mil veinticuatro VISTOS: A folio 1 compareció Francisco Bañados Geywitz, abogado, en representación convencional de TANNER SERVICIOS FINANCIEROS S.A., sociedad del giro me

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