27º Juzgado Civil de Santiago

GENERAL MOTORS FINANCIAL CHILE SOCIEDAD ANÓNIMA/TRANSPORTES RAMON LEONARDO DUARTE SANCHEZ EIRL

Rol

C-1705-2022

Fecha

2 de julio de 2024

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: ऀCon fecha 8 de marzo de 2022, comparece Francisca Espejo, abogada, en representación de General Motors Financial Chile, sociedad anónima, representada por Romualdo Araos, abogado, domiciliados en calle Fanor Velasco 85, Santiago, quien deduce demanda ejecutiva en contra de Transportes Ramón Leonardo Duarte Sánchez E.I.R.L., representada por Ramón Duarte, cuya profesión ignora, y contra de este último en calidad de codeudor solidario, domiciliados en calle Los Corchos 2539, Quilpué. ऀCon fecha 28 de febrero de 2024, la demandada se opuso a la ejecución en virtud de la excepción del artículo 464 número 17 del Código de Procedimiento Civil. ऀCon fecha 4 de marzo de 2024, la ejecutante evacuó el traslado conferido, allanándose a la excepción. ऀCon fecha 1 de abril de 2024, se citó a las partes a oír sentencia. ऀ

Fundamentos

CONSIDERANDO: ऀPRIMERO: Que, la demandante al evacuar el traslado conferido se allanó a la excepción deducida, razón por la cual, además de verificarse en los hechos los requisitos para que opere la prescripción, se acogerá la misma. SEGUNDO: Que, atendido que la demandante tuvo motivo plausible para deducir su demanda ejecutiva, se le eximirá del pago de las costas en consideración a su calidad de acreedora insatisfecha que no logró emplazar a su contraria durante la vigencia de su acción. Código: BKPXXXNXXLN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl

Fallo

Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto por los artículos 1698, 2514 y siguientes del Código Civil; 160, 170, 434 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; Ley N°18.092, se resuelve que: I. Se acoge la excepción del número 17 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por la demandada en su presentación de 28 de febrero de 2024 y se rechaza la demanda ejecutiva. II. Cada parte pagará sus costas. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol: C-1.705-2022.- Dictada por Julio Ernesto Ramírez Zolezzi. Juez Suplente del Vigésimo Séptimo Juzgado Civil de Santiago. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, dos de Julio de dos mil veinticuatro Código: BKPXXXNXXLN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-07-02T12:54:44-0400

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NOMENCLATURA??: 1. [40]Sentencia?? JUZGADO ???: 27º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL???: C-1705-2022 CARATULADO??: GENERAL MOTORS FINANCIAL CHILE SOCIEDAD ANÓNIMA/TRANSPORTES RAMON LEONARDO DUARTE SANCHEZ EIRL Santiago, dos de Julio de dos mil veinticuatro ????????            ऀVISTOS: ऀCon fecha 8 de marzo de 2022, comparece Francisca Espejo, abogada, en representación de General Motors Financi

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